Comento la otra incidencia en la que acabo de reparar y que, parece, ya he resuelto (pero no como me gustaría ya que me obliga a hacer cálculos manuales cuando no tengo a un trabajador dado de alta todo el mes).
Antes comentaba la cuestión de evitar la doble cotización en casos en los que durante una parte del mes (si es el mes completo no hay problema) se haya estado en situación de IT, maternidad, etc. (si en la base de cotización durante esos periodos ya tengo incluidos estos conceptos en especie, no puedo cotizar adicionalmente el importe íntegro mensual por haber estado de alta, aunque sea un sólo dia, el resto del mes.
En fin, lo he solucionado parametirzando esos concpetos de forma que los prorratee en casos de IT, maternidad, etc.
Bien, pues justo luego me he dado cuenta de esto otro:
Hay ciertos conceptos en especie, que ahora cotizan, y que independientemente de los días de alta en el mes (estoy pensando en casos de trabajadores que causen alta o baja de la empresa durante el mes) la empresa incurre en el gasto de la prima total mensual.
Por ej, un seguro médico, al menos en nuestro caso, la aseguradora no prorratea la prima mensual por los dias de alta. Si quiero que alguien tenga el seguro, aunque sólo sea por un día, nos facturan la prima mensual total (tambien es cierto que aunque el trabajador cause baja en cualquier fecha del mes, le mantienen la cobertura de la póliza hasta final de mes).
En fin, otros lo podrán haber negociado de otra manera, pero nosotros lo tenemos así.
Y al final se trata de imputar al trabajador el importe total del gasto incurrido por la empresa.
Al revisar el finiquito de alguien que causaba baja de la empresa, si, justo ése que al haber estado de IT unos días me hizo reparar en esa doble cotización si no cambiaba los parámetros de estos conceptos, vi que no me cuadraba la base de los días de alta (los días en los que no ha estado de IT).
Os detallo un poco más el ejemplo:
Febrero. Causa baja de la empresa el día 11. Durante este mes ha estado 8 días de IT. La prima mensual del seguro médico es de 50. Aunque cause baja el 11, tiene cobertura del seguro todo el mes y me van a facturar el importe total de la prima mensual.
Si la prima se ajustara a los días de alta, lo tendría parametrizado para que me imputara únicamente el importe correspondiente a los días de alta. Pero no, como el importe es fijo, es decir, prima mensual total, indpendientemente de los días de alta en el mes, tenía parametrizado ese concepto de forma que no me ajuste el importe en función de los días de alta.
Por tanto, debo hacerle cotizar por esos 50 (pero ni en euro más ni un euro menos, justo el gasto incurrido y siempre considerando los topes mínimos y máximos de cotización.
Por un lado, durante esos 8 días de IT ya ha cotizado por este concepto al estar incluido en la base reguladora (en enero ya cotizó y por el mismo importe). Los 13,33 (8/30 s/50) que corresponden a esos 8 días ya están incluídos en la base de IT de este mes
Como, aunque febrero tenga 28 días, tengo que tomar como referente 30, para la base de cotización correspondiente al periodo de alta, y aunque sean sólo 3 días (11 de alta en la empresa - 8 días de IT) tengo que imputar el importe correspondiente a 22/30 de 50 (36,66). Con esto habré con seguido que entre la base de IT y la de alta, acabe cotizando los justo 50 que es el coste incurrido.
El caso es que, aunque aparentemente el resultado es ese (yo veo en nómina, y por la parte de los días de alta, que le imputa justo esos 36,66), como decía, no me cuadra la base de cotización. Al revisar el detalle del cálculo desde el programa de nóminas, y aunque vuelvo a confirmar que los cálculos de la base de IT y de la de alta me coinciden, al final veo que por los días de alta me esta consideranto otro importe, y sensiblemente superior.
Al final reparo que esos 3 días de alta (repito, baja de la empresa el 11 pero con 8 días de IT), a efectos de cotización me los convierte en 22, si, justo los 22 por los que estoy calculando el importe de la prima del seguro médico a imputar (ya que tengo que imputar la prima mensual total y 8 días ya están incluídos en la base de IT) y está haciendo jugar la base mínima de cotización correspondiente a esos 22 días, con lo que me da un importe superior. Eso no es el resultado que pretendía.
Al final no me ha quedado otra que parametrizar el concepto de seguro médico de forma que se prorratee por los días de alta en el mes. En los casos de alta durante todo el mes el resultado es el mismo, pero no me sirve el importe que me imputa en los casos de altas y bajas de la empresa dentro del mes (porque repito, me facturan igualmente el total de la prima mensual) pero evito que me prolongue por más días la cotización.
Y como al final también quiero que me acabe imputanto el importe total de la prima mensual (en este caso no sólo los 3/30 por los 3 días de alta más lo incluido en la base de IT) no me queda más remedio que forzar el importe calculandolo manualmente.
Tendré que hacer algo similar en todos los finiquitos y en todas las nóminas del mes de alta cuando tenga una nueva incorporporación
El caso es que esta incidencia sólo se da cuando justo en ese mes que se ha causaso baja de la empresa (e imagino que sucederá lo mismo si es el mes en el que se ha causado alta) existe, además, un periodo de IT. Con los parámetros anteriores (es decir, sin ajustar el importe a los días de alta en la empresa), si no había un periodo de IT no me generaba essa incidencia (me imputaba el importe total de la prima mensual, que, repito, es lo correcto en nuestro caso, pero sin hacerme cotizar por más días que los que realmente el trabajador ha estado de alta en la empresa). Es por ello que no lo evidenciamos el mes pasado ya que no me encontré con ningún finiquito con un periodo de IT en el mismo mes.
Bueno, en todo caso, prefiero que estas cosas me vayar surgiendo ahora que más adelante. Si en algun caso tengo que reclacular nóminas anteriores, dento de lo malo, mejor en febrero que en diciembre, je,je.
Todo esto me ha pasado con A3Nom. Además de las particularidades de cada empresa (en este caso, como ya he dicho, una podría ser que la prima del seguro médico siempre sea la correspondiente al todo el mes, aunque no se haya permanecido en la empresa durante todo el periodo), pueden existir las peculairidades de cada programa de nómina. En la medida en que coincidan este tipo de particularidades, es bueno que las vayamos compartiendo.
Saludos