Sentencia. Devolver paro en un despido disciplinario por faltas no justificadas

MARTALCAB

Miembro activo
Pues a mi justo esta sentencia, que me parece magnífica, es precisamente lo que me tranquiliza.
Porque estamos en el eterno debate, lo hemos comentado muchas veces, típico caso, por "consejo de cuñao", por el motivo que sea, quiero vivir un tiempo sin dar palo al agua y a costa del erario público (que sufragamos todos y que está para lo que está y como los recursos no son infinitos, luego pagan justos por pecadores, con prestaciones más precarias de lo que deberían ser para los que realmente están en la situación prevista y lo necesitan), "desaparezco unos días, paso de los requerimientos para reincorporarme y nada, le empresa me acaba despidiendo y ya tengo el paro (y, ojo!, porque, según cómo lo hayan hecho, igual reclamo la improcencia y saco algún dinerillo estra a cargo de la empresa que me ha puesto en bandeja de plata conseguir el paro)"
Y así nos va. Y más allá del tema moral, lo que a mi me preocupa, más allá del propio impacto del caso concreto, es el predecente y el "efecto llamada que puede tener" si el resto de la plantilla sabe (porque estas cosas se acaban sabiendo) que la empresa (conscientemente o no) está facilitando la labor de conseguir el paro cuando me interesa.

Es por ello que, cuando se plantea el tema, yo siempre soy partidario de mantener la firmeza, no ceder tan fácilmente ante este tipo de artimañas, ir por la vía de la baja voluntaria por abandono del puesto de trabajo (sin paro), pero consciente también, y siempre lo advierto, de la importancia de hacer las cosas, bien, el tiempo y trámites que eso puede llevar (al final se trata, por supuesto, no de dar de baja voluntaria al espabiladillo prófugo a las primeras de cambio, pero, siendo el objetivo que quede de forma suficientemente evidente la voluntad por parte del trabajador de desvincularse de la empresa, a falta de una manifestación expresa por su parte, puede evidenciarse de una forma tácita, pero, por desgracia, es algo que no está expresamente regulado, es muy casuístico, y toca acudir a jurisprudencia, artículos doctrinales... y, como digo, eso normalmente requiere de tiempo, acciones... no un simple aviso o requerimiento, advertencias muy claras, formales, normalmente varias, plazos prudenciales, no de hoy para mañana...). Sé que en ocasiones eso requiere un esfuerzo titánico y no siempre exento de riesgos y que, además, yo siempre hablo desde la prespectiva directamente de la empresa (parte especialmente interesada y con una visión que suele ir más allá del caso concreto, como digo, pensando también en el precedente, etc.). Ya imagino, y sobretodo pensando en clientes, riesgos... la tentación de ir por la vía, aparentemente, más fácil, rápida y "segura" (ojo con eso, la seguridad la puede dar la confianza de que el trabajador probablemente no reclamará porque es justo eso lo que busca, es su "premio", pero ya sabéis, que se entienda que hay connivencia por parte de la empresa...) puede ser grande.
Ante eso yo también siempre suelo hacer referencia a que en ocasiones (normalmente casi siempre), el mantener esa linea clara y ya de inicio, suele tener efecto disuario (al ver el trabajador que la empresa no está por la labor de ponérselo tan fácil) y no es necesario hacer ese esfuerzo titánico, incluso no llegaremos a dar de baja por abandono de puesto (el trabajador acaba "apareciendo", ante lo que la empresa puede adoptar las medidas disciplinarias que considere oprtunas y que no necesariamente han de ser justo el "premio" esperado, que es el despido o simplemente comunicando ya de forma expresa, su decisión de causar baja voluntaria y, por otro lado, como ya he comentado, esa actitud firme de la empresa puede ser disuasoria de cara a los que en el futuro puedieran tener esa misma tentación. Por tanto, ese esfuerzo ante un caso concreto, al final, tal vez no requiera de tanto esfuerzo (y riesgos) y nos evite situacione futuras (por tanto, acabe siendo rentable).

Por eso, sentencias como estas me resultan de un gran alivio (despido pero sin el premio del paro). Pero ojo, por lo que parece, en ese caso la empresa, no ha optado por hacer ese esfuerzo titánico y no exento de riesgos de ir por la vía de la baja voluntaria por abandono de puesto de trabajo, ha ido por la del despido, pero se ha cuidado muy bien de poner al corriente de ello a la Inspección ("que sepa que despido a este trabajador, fulanito de tal, con DNI tal, por ausencias justificadas, pero teniendo constancia de que lo que pretende es obtener la prestación de desempleo, forzando a la empresa, que no tenia ninguna intención previamente en este sentido, a exinguir la relación laboral por despido").
Así sí, olé por esa empresa, olé por el inspector de turno y olé por los magistrados que han dictado tal sentencia.
Así sí que estupendo de ir por la vía del despido. Pero, ojo! no todas las empresas que en casos así optan por la vía del despido, actúan exactamente como esta empresa.

Perdón por el ladrillo, pero, en resumen, que la sentencia, pero en primer lugar, la forma en que lo ha resuelto esta empresa (y es que las dos cosas van ligadas) me parece genial.

Saludos.
Yo moralmente estoy totalmente de acuerdo contigo, tienes toda la razon, pero en la practica me reafirmo lo que he dicho, y te puedo decir que en ocasiones he intentado hacer todo eso que relatas, pero al final llego a la conclusion de que aun encima si sale mal ya te digo quien tiene la culpa.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Es una sangría esto de "arreglar" los papeles. Nos está pasando a todos, yo ahora mismo tengo una que no viene a trabajar pero que se los arreglemos, y claro como cuenta Sadie, no lo haces y te "pilla" una baja.
Asi que un burofax para pedir que "vuelva", pasan 24 horas y despido.
Haced lo que hizo esa empresa, despedid, si queréis ir por la vía rápida, evitar que acuda a la estratagema de "coger" la baja (sí, porque ya sabemos que en la práctica, las bajas "se cogen" y cuando a uno va bien, ya sabemos, dolor de espalda, ansiedad..., obviamente hay casos reales, pero esos son el "comodín del público"), especialmente si tenéis alguna evidencia de que os ha pedido que "le arregleis el paro", esto es, poned al corriente a la Inspección.
Y es que, cuestiones morales a parte, existe el riesgo comentado de que la empresa pueda ser acusada de connivencia para conseguir de forma fraudulenta la prestación de desempleo. Vamos, empresas que desapareces un día y con un simple aviso, al día siguiente te despiden, sospecharía totalmente de que, intencionadamente o no, son "cómplices necesarios" del fraude.
A además, que se entere el resto de la plantilla, que "tonterías, las justas" con esta empresa, y así se les pasan las ganas al resto de intentarlo.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Yo moralmente estoy totalmente de acuerdo contigo, tienes toda la razon, pero en la practica me reafirmo lo que he dicho, y te puedo decir que en ocasiones he intentado hacer todo eso que relatas, pero al final llego a la conclusion de que aun encima si sale mal ya te digo quien tiene la culpa.
Obviamente, y ya lo he reconocido, desde la perspectiva de asesor externo de una empresa cliente (y que a lo mejor es el único empleado de ese cliente y tampoco le preocupan mucho los precedentes...) puede ser distinto.
Pero repito lo dicho, y no digo que sea así la forma como actúas (seguro que das plazos, etc), pero pensemos en el riesgo (y yo creo que estas cosas cada vez se mirarán más y me parece muy bien) de despedir a las primeras de cambio, con dos o tres dias de ausencia, de que se pueda presumir connivencia por parte de la empresa.
 

PEDRO

Miembro conocido
Haced lo que hizo esa empresa, despedid, si queréis ir por la vía rápida, evitar que acuda a la estratagema de "coger" la baja (sí, porque ya sabemos que en la práctica, las bajas "se cogen" y cuando a uno va bien, ya sabemos, dolor de espalda, ansiedad..., obviamente hay casos reales, pero esos son el "comodín del público"), especialmente si tenéis alguna evidencia de que os ha pedido que "le arregleis el paro", esto es, poned al corriente a la Inspección.
Y es que, cuestiones morales a parte, existe el riesgo comentado de que la empresa pueda ser acusada de connivencia para conseguir de forma fraudulenta la prestación de desempleo. Vamos, empresas que desapareces un día y con un simple aviso, al día siguiente te despiden, sospecharía totalmente de que, intencionadamente o no, son "cómplices necesarios" del fraude.
A además, que se entere el resto de la plantilla, que "tonterías, las justas" con esta empresa, y así se les pasan las ganas al resto de intentarlo.
Creo que es algo que hemos comentado muchas veces Nando y te entiendo, pero ¿cómo demuestras la voluntariedad del trabajador? lo veo dificil, y al final se vuelve en contrato de uno.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Creo que es algo que hemos comentado muchas veces Nando y te entiendo, pero ¿cómo demuestras la voluntariedad del trabajador? lo veo dificil, y al final se vuelve en contrato de uno.
Efectivamente, y ya lo he dicho, es un tema que hemos comentado en muchas ocasiones, "un debate eterno", aunque para mi sentencias así abren otras vías (en el fondo, confirmar alguna opción que también hemos comentado, esto es, y reportar a la Inspección las intenciones del trabajador).
Lo que te estaba sugirendo (y desde la "comodidad de ver los toros desde la barrera", lo sé) es que, y si sobretodo tenéis evidencias de que la trabajadora está tratando de forzar el despido, de que, si, como parece es el caso, os ha pedido que "le arregléis el paro", etc. lo reportéis a la insepección y entonces, si prefieres ir por esa via, despedir, pero con ese reporte y que trata de alertar a quien corresponda (imagino que la Inspección, a su vez, lo acabará poniendo en conocimiento del SEPE...) y que la empresa en ningún caso pretende colaborar en ese propósito fraudulento de esa trabajadora, pero que dada la situación (y por la inseguridad que le genera el optar por darla de baja por abandono de puesto de trabajo, es decir, baja voluntaria y tal y tal) vais a proceder a su despido.

Lo que en todo caso no haría es lo que, al menos en términos literales indicas "burofax para pedir que vuelva, pasan 24 horas y despido". No, la via del abandono de puesto de trabajo, sin duda puede ser más larga, más trámites, plazos, etc, pero la del despido tampoco puede ser desapareces, te digo que vuelvas y si no lo haces ni dices nada, al día siguiente te despido (más allá de que, problamente, al menos hasta ahora, en la mayoría de casos en los que se hace así, no pasa nada, pero esto parece que va a cambiar, y espero sea así).
 

PEDRO

Miembro conocido
Efectivamente, y ya lo he dicho, es un tema que hemos comentado en muchas ocasiones, "un debate eterno", aunque para mi sentencias así abren otras vías (en el fondo, confirmar alguna opción que también hemos comentado, esto es, y reportar a la Inspección las intenciones del trabajador).
Lo que te estaba sugirendo (y desde la "comodidad de ver los toros desde la barrera", lo sé) es que, y si sobretodo tenéis evidencias de que la trabajadora está tratando de forzar el despido, de que, si, como parece es el caso, os ha pedido que "le arregléis el paro", etc. lo reportéis a la insepección y entonces, si prefieres ir por esa via, despedir, pero con ese reporte y que trata de alertar a quien corresponda (imagino que la Inspección, a su vez, lo acabará poniendo en conocimiento del SEPE...) y que la empresa en ningún caso pretende colaborar en ese propósito fraudulento de esa trabajadora, pero que dada la situación (y por la inseguridad que le genera el optar por darla de baja por abandono de puesto de trabajo, es decir, baja voluntaria y tal y tal) vais a proceder a su despido.

Lo que en todo caso no haría es lo que, al menos en términos literales indicas "burofax para pedir que vuelva, pasan 24 horas y despido". No, la via del abandono de puesto de trabajo, sin duda puede ser más larga, más trámites, plazos, etc, pero la del despido tampoco puede ser desapareces, te digo que vuelvas y si no lo haces ni dices nada, al día siguiente te despido (más allá de que, problamente, al menos hasta ahora, en la mayoría de casos en los que se hace así, no pasa nada, pero esto parece que va a cambiar, y espero sea así).
Mira Nando, si la gente hace eso, es porque la administración quiere. Cuando tenemos jueces que te dicen que si das de baja voluntaria a una persona que se va sin firmar documento alguno es despido, que tenemos una inspección de trabajo que pasa de todo, o mejor dicho que solo se dedica tonterias de registro salaria o cupos de no se que... porque yo no soy quien para ir a denunciar nada porque son ello los primeros que pasan de todo. Un dia denuncié a uno que aparecía en facebook trabajando y me dijo la inspectora, allí, en vivo y en directo señándole las fotos, que lo hiciera por escrito y lo mas cojo...o es que me estaba inspeccionando una empresa en la que trabajaba esa persona que la denunció. Cuando tienes inspección medica que denuncias a un tio de baja el cual aparece en el periodico participando en las regatas de Gijon y te responden que lo demandes ante el juzgado.
No, mira, no, no puedo perder tanto tiempo en haciendo el trabajo de otros, si hay fraude es porque quieren.
Perdón si ofendo, pero me tiene frito con bajas medicas, despidos, y rollos.
 

Sadie

Miembro conocido
Tras alta el día 2 de Octubre de inspección médica por propuesta de la mutua, nuevo proceso de baja con fecha 4 de Octubre. Cuándo va a terminar esto? Al final vamos a tener que acceder a despedirle?? Esto es desesperante
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Mira Nando, si la gente hace eso, es porque la administración quiere. Cuando tenemos jueces que te dicen que si das de baja voluntaria a una persona que se va sin firmar documento alguno es despido, que tenemos una inspección de trabajo que pasa de todo, o mejor dicho que solo se dedica tonterias de registro salaria o cupos de no se que... porque yo no soy quien para ir a denunciar nada porque son ello los primeros que pasan de todo. Un dia denuncié a uno que aparecía en facebook trabajando y me dijo la inspectora, allí, en vivo y en directo señándole las fotos, que lo hiciera por escrito y lo mas cojo...o es que me estaba inspeccionando una empresa en la que trabajaba esa persona que la denunció. Cuando tienes inspección medica que denuncias a un tio de baja el cual aparece en el periodico participando en las regatas de Gijon y te responden que lo demandes ante el juzgado.
No, mira, no, no puedo perder tanto tiempo en haciendo el trabajo de otros, si hay fraude es porque quieren.
Perdón si ofendo, pero me tiene frito con bajas medicas, despidos, y rollos.
Que sí, Pedro, que esto está muy mal montando y nosotros enmedio, y también he reconocido que yo hablo desde el perspectiva de la propia empresa y que, más allá de caso concreto, piensa en el precedente, etc (y también más allá de lo que nos pueda parecer que alguien trate de abusar del sistema, entiendo que, problemas morales a parte, uno trata de ser práctico, ponderando riesgos, etc.).
Pero ya que, por todo lo que indicas, vas a actuar por esa línea (despido disciplinario por ausencias injustificadas), y aunque ya imagino que no actuarás conforme al literal exacto de su afirmación, de lo que pretendía alertar es de no "despedir tras 24 horas de burofax pidiéndolo que vuelva" (salvo que ese burofax sea el definitivo tras otras acciones anteriores) y es que, alerto a la vez del riesgo, creo que cada vez mayor, de que puede entenderse que ha existido connivencia por parte de la empresa para que el trabajador consiga por esta vía la prestación de desempleo.
Y es que hemos visto lo ocurrido en esta sentencia, que es de hace pocos meses, pero hace ya años que tengo noticia de denegaciones por parte del SEPE de la prestación por desempleo por despidos de este tipo y que, a la vez, puede suponer para la empresa ese riesgo de connivencia que comento (y si se trata, por ser prácticos, de evitar riesgos...).

En el caso de de sentencia, la empresa es muy "proactiva", y acude a la vía del despido, pero tras haber reportado el caso a la Inspección. Puede ser una opción.
Otra, sin duda, la que tú sueles seguir, la del despido improcedente, pero, eso sí, con medidas y plazos que vayan más allá de un mero "burofax pidiendo que vuelva y a las 24 horas, despido". Como ya he dicho, imagino que se trata de un mero literal pero que no te limitas exactamente a eso (de lo contrario, más allá de poner, aparentemente -porque ya vemos que luego tal vez se lo acaben denegando-, tan fácil las cosas al que pretende conseguir el paro por esta vía, entiendo que sí habría cierto nivel de riesgo de que se aprecie o presuma connivencia por parte de la empresa).
Pero hay otras, por ejemplo la que se explica en este artículo de Garrigues (creo que ya lo hemos sacado en alguno de los periódicos debates que tenemos sobre el tema), que, como vemos, es ya de hace unos pocos años, ahí ya tenemos ejemplos de denegación de la prestación por desempleo por parte del SEPE en algunos de estos despidos con esta causa y de la advertencia a las empresas de que se les acuse de esa posible connivencia (según como hayan hecho las cosas), y que consisten dar de baja voluntaria al trabajador "desaparecido" (por abandono de puesto de trabajo) y, al mismo tiempo, y de forma subsidiaria, notificar su despido disciplinario, para el caso de que no resulte efectiva la primera opción, siendo una medida que han ido aceptando nuestros tribunales. Es decir, por un lado, no le ponemos las cosas tan fáciles al defraudador (porque considero que es un defraudador quien pretende obtener esta prestación por esta vía), pero nos curamos en salud, con la medida subsidiaria, al tiempo que, quede como quede el asunto, puede ser una medida de refuerzo para evitar el riesgo de que pueda entenderse que hay connivencia por parte de la empresa.

¿Que es más complicada?, de acuerdo, pero si resulta que estamos primando (por encima de, por ejemplo, cuestiones morales, precedentes, etc, que entiendo y respeto) evitar riesgos... tengamos claro que lo "aparentemente más fácil y rápido" no necesariamente es lo más seguro.

Ahí va el enlace a este artículo. A final estamos consiguiendo recopilar un buen catálogo de opciobnes sobre cómo actuar en estos casos.

 

PEDRO

Miembro conocido
Que sí, Pedro, que esto está muy mal montando y nosotros enmedio, y también he reconocido que yo hablo desde el perspectiva de la propia empresa y que, más allá de caso concreto, piensa en el precedente, etc (y también más allá de lo que nos pueda parecer que alguien trate de abusar del sistema, entiendo que, problemas morales a parte, uno trata de ser práctico, ponderando riesgos, etc.).
Pero ya que, por todo lo que indicas, vas a actuar por esa línea (despido disciplinario por ausencias injustificadas), y aunque ya imagino que no actuarás conforme al literal exacto de su afirmación, de lo que pretendía alertar es de no "despedir tras 24 horas de burofax pidiéndolo que vuelva" (salvo que ese burofax sea el definitivo tras otras acciones anteriores) y es que, alerto a la vez del riesgo, creo que cada vez mayor, de que puede entenderse que ha existido connivencia por parte de la empresa para que el trabajador consiga por esta vía la prestación de desempleo.
Y es que hemos visto lo ocurrido en esta sentencia, que es de hace pocos meses, pero hace ya años que tengo noticia de denegaciones por parte del SEPE de la prestación por desempleo por despidos de este tipo y que, a la vez, puede suponer para la empresa ese riesgo de connivencia que comento (y si se trata, por ser prácticos, de evitar riesgos...).

En el caso de de sentencia, la empresa es muy "proactiva", y acude a la vía del despido, pero tras haber reportado el caso a la Inspección. Puede ser una opción.
Otra, sin duda, la que tú sueles seguir, la del despido improcedente, pero, eso sí, con medidas y plazos que vayan más allá de un mero "burofax pidiendo que vuelva y a las 24 horas, despido". Como ya he dicho, imagino que se trata de un mero literal pero que no te limitas exactamente a eso (de lo contrario, más allá de poner, aparentemente -porque ya vemos que luego tal vez se lo acaben denegando-, tan fácil las cosas al que pretende conseguir el paro por esta vía, entiendo que sí habría cierto nivel de riesgo de que se aprecie o presuma connivencia por parte de la empresa).
Pero hay otras, por ejemplo la que se explica en este artículo de Garrigues (creo que ya lo hemos sacado en alguno de los periódicos debates que tenemos sobre el tema), que, como vemos, es ya de hace unos pocos años, ahí ya tenemos ejemplos de denegación de la prestación por desempleo por parte del SEPE en algunos de estos despidos con esta causa y de la advertencia a las empresas de que se les acuse de esa posible connivencia (según como hayan hecho las cosas), y que consisten dar de baja voluntaria al trabajador "desaparecido" (por abandono de puesto de trabajo) y, al mismo tiempo, y de forma subsidiaria, notificar su despido disciplinario, para el caso de que no resulte efectiva la primera opción, siendo una medida que han ido aceptando nuestros tribunales. Es decir, por un lado, no le ponemos las cosas tan fáciles al defraudador (porque considero que es un defraudador quien pretende obtener esta prestación por esta vía), pero nos curamos en salud, con la medida subsidiaria, al tiempo que, quede como quede el asunto, puede ser una medida de refuerzo para evitar el riesgo de que pueda entenderse que hay connivencia por parte de la empresa.

¿Que es más complicada?, de acuerdo, pero si resulta que estamos primando (por encima de, por ejemplo, cuestiones morales, precedentes, etc, que entiendo y respeto) evitar riesgos... tengamos claro que lo "aparentemente más fácil y rápido" no necesariamente es lo más seguro.

Ahí va el enlace a este artículo. A final estamos consiguiendo recopilar un buen catálogo de opciobnes sobre cómo actuar en estos casos.

Gracias Nando, pero te soy sincero, me canso de luchar contra molinos. Todo lo que me dices está muy bien y es lo que deberíamos hacer, pero en la práctica se lo dices la cliente, y como lo hagas así, y se quede el trabajador de baja, tienes al cliente que te come ¿Y que quieres que te diga? se lo explico, y al final que tome el la decisión, peleo con el trabajador, peleo con el cliente y encima he de guardarme la espalda porque tengo al cliente detrás, pues como que no, que si el decide hacerlo así, lo hacemos.
Gracias por tu aportación.
 
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