Pues a mi justo esta sentencia, que me parece magnífica, es precisamente lo que me tranquiliza.
Porque estamos en el eterno debate, lo hemos comentado muchas veces, típico caso, por "consejo de cuñao", por el motivo que sea, quiero vivir un tiempo sin dar palo al agua y a costa del erario público (que sufragamos todos y que está para lo que está y como los recursos no son infinitos, luego pagan justos por pecadores, con prestaciones más precarias de lo que deberían ser para los que realmente están en la situación prevista y lo necesitan), "desaparezco unos días, paso de los requerimientos para reincorporarme y nada, le empresa me acaba despidiendo y ya tengo el paro (y, ojo!, porque, según cómo lo hayan hecho, igual reclamo la improcencia y saco algún dinerillo estra a cargo de la empresa que me ha puesto en bandeja de plata conseguir el paro)"
Y así nos va. Y más allá del tema moral, lo que a mi me preocupa, más allá del propio impacto del caso concreto, es el predecente y el "efecto llamada que puede tener" si el resto de la plantilla sabe (porque estas cosas se acaban sabiendo) que la empresa (conscientemente o no) está facilitando la labor de conseguir el paro cuando me interesa.
Es por ello que, cuando se plantea el tema, yo siempre soy partidario de mantener la firmeza, no ceder tan fácilmente ante este tipo de artimañas, ir por la vía de la baja voluntaria por abandono del puesto de trabajo (sin paro), pero consciente también, y siempre lo advierto, de la importancia de hacer las cosas, bien, el tiempo y trámites que eso puede llevar (al final se trata, por supuesto, no de dar de baja voluntaria al espabiladillo prófugo a las primeras de cambio, pero, siendo el objetivo que quede de forma suficientemente evidente la voluntad por parte del trabajador de desvincularse de la empresa, a falta de una manifestación expresa por su parte, puede evidenciarse de una forma tácita, pero, por desgracia, es algo que no está expresamente regulado, es muy casuístico, y toca acudir a jurisprudencia, artículos doctrinales... y, como digo, eso normalmente requiere de tiempo, acciones... no un simple aviso o requerimiento, advertencias muy claras, formales, normalmente varias, plazos prudenciales, no de hoy para mañana...). Sé que en ocasiones eso requiere un esfuerzo titánico y no siempre exento de riesgos y que, además, yo siempre hablo desde la prespectiva directamente de la empresa (parte especialmente interesada y con una visión que suele ir más allá del caso concreto, como digo, pensando también en el precedente, etc.). Ya imagino, y sobretodo pensando en clientes, riesgos... la tentación de ir por la vía, aparentemente, más fácil, rápida y "segura" (ojo con eso, la seguridad la puede dar la confianza de que el trabajador probablemente no reclamará porque es justo eso lo que busca, es su "premio", pero ya sabéis, que se entienda que hay connivencia por parte de la empresa...) puede ser grande.
Ante eso yo también siempre suelo hacer referencia a que en ocasiones (normalmente casi siempre), el mantener esa linea clara y ya de inicio, suele tener efecto disuario (al ver el trabajador que la empresa no está por la labor de ponérselo tan fácil) y no es necesario hacer ese esfuerzo titánico, incluso no llegaremos a dar de baja por abandono de puesto (el trabajador acaba "apareciendo", ante lo que la empresa puede adoptar las medidas disciplinarias que considere oprtunas y que no necesariamente han de ser justo el "premio" esperado, que es el despido o simplemente comunicando ya de forma expresa, su decisión de causar baja voluntaria y, por otro lado, como ya he comentado, esa actitud firme de la empresa puede ser disuasoria de cara a los que en el futuro puedieran tener esa misma tentación. Por tanto, ese esfuerzo ante un caso concreto, al final, tal vez no requiera de tanto esfuerzo (y riesgos) y nos evite situacione futuras (por tanto, acabe siendo rentable).
Por eso, sentencias como estas me resultan de un gran alivio (despido pero sin el premio del paro). Pero ojo, por lo que parece, en ese caso la empresa, no ha optado por hacer ese esfuerzo titánico y no exento de riesgos de ir por la vía de la baja voluntaria por abandono de puesto de trabajo, ha ido por la del despido, pero se ha cuidado muy bien de poner al corriente de ello a la Inspección ("que sepa que despido a este trabajador, fulanito de tal, con DNI tal, por ausencias justificadas, pero teniendo constancia de que lo que pretende es obtener la prestación de desempleo, forzando a la empresa, que no tenia ninguna intención previamente en este sentido, a exinguir la relación laboral por despido").
Así sí, olé por esa empresa, olé por el inspector de turno y olé por los magistrados que han dictado tal sentencia.
Así sí que estupendo de ir por la vía del despido. Pero, ojo! no todas las empresas que en casos así optan por la vía del despido, actúan exactamente como esta empresa.
Perdón por el ladrillo, pero, en resumen, que la sentencia, pero en primer lugar, la forma en que lo ha resuelto esta empresa (y es que las dos cosas van ligadas) me parece genial.
Saludos.