No carguemos culpas contra la TGSS, que dentro de los perpetros, dislates y burradas varias, es quizás el único organismo que intenta hacer las cosas con un poquito de sentido común, lógica y coherencia.
Sobre norma con rango de Ley:
RDL 13/2022 (tiene rango de Ley)
Artículo Primero
Cinco Modificación del artículo 308 de la LGSS
Tal que....
RDL 8/2015; Art. 308 c)
Regla 1ª ".....el rendimiento computable será el rendimiento neto, incrementado en el importe de las cuotas de la Seguridad Social y aportaciones a mutualidades alternativas del titular de la actividad...."
Regla 2ª "A los rendimientos indicados en la regla anterior se les aplicará una deducción por gastos genéricos del 7 por ciento...."
O sea, una norma con rango de Ley, que modifica otra norma con rango de Ley, y nuestra querida TGSS se hace eco y aplica ya dicha norma legal y publica en su portal (Importass) la aplicación de la misma.
Por poner un ejemplo numérico sencillo con un caso tipo de RG:
Nómina de 2.000 € brutos
Cotizas por 2.000 € (o sea 127 €)
Retención IRPF 2 % sobre 2.000 € (o sea, 40 €)
Cobras un neto de 1.833 €
Llega la declaración, y tributas no por 2.000 € (el salario bruto), ni siquiera por 1.833 € (el salario neto), sino por 1.873 € (el salario bruto menos las cotizaciones).
Utilizas 2.000 € para calcular cotizaciones SS y retenciones IRPF.
Utilizas 1.873 € para calcular tributación final declaración IRPF.
Utilizas 1.833 € efectivamente cobrados para vivir.