SUBROGACION TRABAJADORES

toni

Miembro conocido
A los de CASIA les hacia yo una subrogacion, pero a la cola del paro...

Antes se hacia un escrito al SEPE, antiguo INEM, indicando que la empresa tal se subroga los trabajadores de la empresa tal. Indicabas nombre, dni, fecha y numero de contrato. Con ese escrito sellado por el SEPE, antiguo INEM, ibas a la TGSS (que tiempos aquellos en los que te dejaban ir), con un TA8, el escrito sellado y cualquier otra informaccion que quisieras aportar de ambas empresas. Ademas, si la empresa subrogante no tenia ccc, ademas del TA8 presentabas tambien un TA6. Ahora y segun mi criterio (ojo, es mi criterio que no significa que sea el correcto), con la puesta en marcha del SISTEMA RED y CONTRAT@ no es necesario gastar tanto papel, que ya no quedan arboles y reciclamos poco.
Fuera bromas, yo no lo hago, pero como digo mas arriba el que quiera que lo haga, no cuesta nada.
 

DANI ML

Miembro conocido
Te contesto a la pregunta FIC... Si.
Gracias! Empiezo a pensar que lo del TA8 es correcto no presentarlo. Que es un trámite creado para que sea la propia Tesorería la que de forma masiva haga el traspaso, pero que es opcional, y que la opción de hacerlo directamente sin presentar TA8 es correcta. De todos modos espero respuesta de Casia
 

fundación

Miembro conocido
Las última que hice hace un tiempo me dijeron de afiliación que sin TA8, deduzco que presentarlo les da trabajo a ellos.
 

PEDRO

Miembro conocido
Yo hice una subrogación en marzo y me dijeron desde la TGSS que no tenía que presentar el TA8 ni nada la respecto. Si es importante en el momento del alta de los trabajadores indicar le FIC.
 

IronicBCN

Miembro
En mi caso la hice el 1 de mayo, sin ta8, anotando fic especifico, y recomiendo sacar un IDC de la empresa subrogada actualizado un poco antes de la subrogacion, para que el fic especifico sea el último y no otro y evitaros errores. Acordaros de comunicarlo por CONTRAT@ también. Por cierto acepta cualquier tipo de contrato con el FIC especifico.
 

BELEN

Miembro conocido
Yo todas las que he hecho no he presentado el TA8, pero porque me han dicho que ni me lo cogerían!!! la última vez que he preguntado ha sido para 01/01/22 ....ojalá ... porque se supone que con este impreso vuelcan al nuevo CCC los trabajadores que les indiques (o todos) , pero como dice @fundación : esto les da mucho trabajo a ellos....
 

MarLo

Miembro conocido
Como me tocó hacer hoy una subrogación... padre que se jubila y continua hijo sin interrupción de actividad y con mismos trabajadores, y tenía presente este hilo, procuré información fresquita de mi casia de cabecera para saber si tenía que preseetnar un ta8 o no, y para el caso concreto que expongo me contestaron que no. bajas 54 y altas en el nuevo ccc del hijo con fic específico. No sé yo si en otras situaciones más complicadas (fusión, absorción de empresas...) o las que van fuera de plazo... podría ser necesario...

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nayade

Miembro activo
Rescato este hilo, para hacer una consulta sobre subrogaciones.
Es la primera vez que me toca hacer una, de momento he hecho la baja y alta con fic específico en S/S, sin TA8. Hasta ahí todo bien.
Ahora me vienen las dudas:
- En contrata, qué hay que hacer?
- En el finiquito se incluye solo la proporcional de las pagas extra??? las vacaciones las disfrutaran más adelante las que les correspondan
- se debe enviar un certificado de empresa al SEPE? si es así con qué causa?
 

Mc

Miembro activo
Hola . Sobre contr@ta , me pasaron este resumen del sepe que adjunto ... Con respecto a certific@2 si tengo acceso a las 2 empresas no lo envio , si no entonces sí pido que lo hagan por si acaso .
 

Archivos adjuntos

  • proc. subrogacion Contr@ta.pdf
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Christian

Miembro activo
Buenos días,

Tengo que hacer una subrogación de trabajadores, y tengo alguna duda.

Estos son los pasos que creo que hay que hacer:

  • Primero, baja con código 55
  • Alta con fecha del día siguiente, marcando FIC especifico y poniendo Fecha inicio contrato (fecha alta de empresa subrogada)
  • Y luego en contrat@ te vas a Gestión de subrogación empresa.
Mi duda principalmente es:

¿Hay que presentar Modelo TA8 o no es necesario?

Es que me da cosa que al dar el alta marcando FIC específico y fecha inicio contrato, me de error y sea necesario presentar el dichoso TA8 para que me lo tome.



Muchas Gracias.
Buenas,

retomo este tema para hacer la siguiente pregunta, todos los contratos que tiene la empresa son fijos-discontinuo ya que es de temporada, en la fecha e inicio de contrato pongo la del primer contrato o la del último llamamiento? realmente creo que yo mismo me estoy contestando.
 

Cristi

Miembro activo
Buenas,

retomo este tema para hacer la siguiente pregunta, todos los contratos que tiene la empresa son fijos-discontinuo ya que es de temporada, en la fecha e inicio de contrato pongo la del primer contrato o la del último llamamiento? realmente creo que yo mismo me estoy contestando.
FIC fecha de inicio contrato.
 
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