Recién acabada una webinar sobre el tema, os digo que vosotros me sacáis más de dudas que esos profesionales que se dedican a hacer charlas y la mitad de las preguntas no saben contestarlas o directamente pasan de hacerlo. Lo único que me ha quedado claro es que esto solo es el principio... después de convenio de la construcción vendrán otros, así hasta que implementen el plan de pensiones en todos.
Alguien sabe si un trabajador que tiene el contrato suspendido por agotamiento de prestación IT se le tiene que seguir liquidando el plan este de las narices? Y si esta de baja IT el plan se liquida completo? En unos días hay que hacer nóminas y no sé como hacerlas porque tampoco han salido salarios de Barcelona del año 2024.
Me surgen mil dudas y solo tengo una constructora con tres trabajadores.
A tu pregunta (OJO, porque pone IT con hospitalización pero si en la enfermedad común no hay? cómo en el 95% de los casos....)
Respecto a los salarios yo también trabajo con el de Barcelona, y he aplicado el 1% en las tablas del 2021 provinciales y el 0,25 en las tablas del 2023 provinciales.
Lo que no me queda claro es sí el importe es por día efectivamente trabajado o mensual... pero por las excepciones a la interrupción según la diapositiva no tendría sentido lo del día trabajado... creo yo.