ULTIMA HORA - HORAS EXTRAS - SENTENCIA DEL SUPREMO

Aslasa

Miembro
Yo voy a seguir diciendo a los clientes que sigan registrándola hasta que se pronuncie la ITSS, no obstante entiendo que en las próximas reformas nos lo metan en el estatuto igual que los tiempos parciales
 

Raquelcs

Miembro activo
Perdón, pero seguimos aquí dándole vueltas al tema... ¿esta sentencia crea jurisprudencia? si viene un inspector a alguna empresa y no tienen las hojas de registro de horas, ¿la empresa podría alegar que no hace falta en base a esta sentencia?
 

DANIEL

Nuevo miembro
A ver, en realidad, el Estatuto de los Trabajadores es bastante claro... en realidad dice que hay que hacerlo.  Creo que la sentencia del TS es errónea, aunque la celebro.
De lo que no hay duda es de que esto no afecta a los de tiempo parcial, en los que hay que hacerlo sí o sí.
El resumen mensual SÍ HAY QUE ENTREGARLO. 
Y en cualquier caso: 1) Seguro que la inspección lo va a seguir pidiendo.  2) Conviene hacerlo porque ante posibles reclamaciones de los trabajadores, no llevarlo puede invertir la carga de la prueba
 

Mr. White

Miembro activo
La LRJS no dice nada sobre que se invierta la carga de la prueba en horas extras por no llevar un registro que el Supremo ha dicho que no es obligatorio.

Eso, lo de la inversión de la carga de la prueba, lo han dicho cuatro juzgados contados aprovechando la dinámica de la inspección y de la AN para simplificar su juicio, pero no tiene recorrido procesal desde que el Supremo ha dicho lo que ha dicho y, en mi opinión, con perfecto razonamiento. La norma dice lo que dice y no dice lo que dice la norma de los contratos parciales, que es por donde iba AN e Inspección haciendo una interpretación extensiva no, lo siguiente.

La inspección hará lo que vea conveniente, pero el Supremo en su sentencia ya les envía otro recadito, no es obligatorio, y además, su incumplimiento sería una leve, no una grave como venía entendiendo la inspección equiparando incumplir normativa sobre jornada con incumplir obligaciones formales, son cosas muy distintas hacer 120 horas extras al año (grave) que no llevar un registro (leve) y lo saben, pero hay  que hacer caja y meterlo todo en grave...
 

BSK

Miembro activo
FERNANDO dijo:
No la crea, pues sólo es una. Inspección, legalmente, puede seguir obrando como hasta ahora.

Una pregunta Fernando, ¿por qué se pregunta sobre la validez momentánea o no de la sentencia del Tribunal Supremo debido a la jurisprudencia y se lleva a misa y cumplimiento estricto la de la Audiencia Nacional cuando condenaba a Bankia y por extensión a todos a llevar registros? ¿El Tribunal Supremo es una entidad superior a la Audiencia Nacional o no?.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Pues se lleva a misa, porque inspección de trabajo, porque le da la gana, así lo decide. Y como una sentencia no crea jurisprudencia sino que, de momento, no es más que un criterio de un tribunal ,por muy superior que sea éste, pues siguen estando en su derecho, pues aún no transgreden norma ni jurisprudencia alguna.
 

Mr. White

Miembro activo
Hombre, es la sala del Supremo en pleno Fernando, yo creo que eso debe ser suficiente para la Inspección para no mantener su criterio, porque el Supremo no va a modificar el suyo salvo, como decía en la propia sentencia, que se cambie la norma...el legislador, no el Supremo ni la inspección...
 

Noviembre

Miembro
Ayer fui a una inspección de trabajo, y aprovechando el "paseo" le pregunté  al inspector qué opinaba la inspección de la sentencia, su respuesta fue clara:en Inspección consideran que es una sentencia sola que no crea jurisprudencia, que es de un caso concreto y que ellos consideran que las empresas deben llevar el registro de horas de trabajo de todos los trabajadores.
Eso al menos en la provincia de Pontevedra.
 

PEDRO

Miembro conocido
Acabo de recibir una citación de la Inspección de trabajo de aquí de Asturias, pide solo los registros horarios de los trabajadores a tiempo parcial, pero me encuentro con que pide los el resumen de horas extraordinarias realizadas desde 2016 a fecha...
Al parecer no piden los registro horarios de los trabajadores a tiempo parcial pero parece que abren nueva "brecha" con los resúmenes de horas extras.
Por cierto, alguien me puede decir ¿que pasa si no tienes registros de horas extras? Vamos que la empresa no hace horas y por lo tanto no los entrega al trabajador.
 

PEDRO

Miembro conocido
¿Así...Mr. White? ¿Tan fácil? ¿llegar y decirles a la cara que no hay partes de horas...?
Ya verás como nos "zurran", están "quemados por la sentencia y nos van a dar. Nunca pedían parte de horas y ya veras como nos obligan a que tenemos que hacer un parte todos los meses declarando si hay o no horas. Al tiempo.
 

Mr. White

Miembro activo
Vaya derrotismo, compañero. Es la inspección, no Donald Trump o Bud Spencer.

En fin, si no tienes registro, no lo tienes, no hay más tu tía. Y si te sancionan por no tenerlo, yo lo impugnaría, tienes una sentencia del Pleno del Supremo - o sea, que  no van a cambiar de criterio- diciendo que no hay que llevar registro de jornada, solo de horas extras si las hay.
 
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