y ahora.... el registro salarial!!!

Nana

Miembro conocido
Hola Fernando

¿Que A3 usas tú?

A3Nom no tiene esa opción 🤔, o yo no lo veo 😅
 

InmaRase

Miembro activo
Hola!!!

El registro salarial en A3NOM se saca GESTION en Comparación Salarial por Sexos verdad?
Es anual verdad?
 

msalem

Miembro
InmaRase dijo:
Hola!!!

El registro salarial en A3NOM se saca GESTION en Comparación Salarial por Sexos verdad?
Es anual verdad?

si, del A3 plus se saca de ahí, del A3 profesional no se saca de ningún lado  :mad:
con la que está cayendo, lo caro que cobra A3, clientes que no pagan, otros cerrando,... y A3 pretendiendo el sobre coste de la versión plus....no me lo creo!! :'(
 

Nana

Miembro conocido
Seamos positivos

Hay que pensar que a finales de marzo se darán cuenta de lo que nos putean y nos querrán ayudar  ;), o eso espero  ;D
 

msalem

Miembro
Nana dijo:
Seamos positivos

Hay que pensar que a finales de marzo se darán cuenta de lo que nos putean y nos querrán ayudar  ;), o eso espero  ;D

pues invoquemos a la magia de tu unicornio ;) porque si no, mal vamos, el asuntito es un marrón como pocos...
 

FERNANDO

Miembro conocido
Pero, a ver, si eso no se ha de presentar, tampoco veo tanto miedo. No creo que vengan ahora a inspeccionar con temas como ese.
 

Nikki_sp

Miembro conocido
Yo estuve en la inspección de trabajo la semana pasada con 2 subinspectores, le pregunte un par de dudas del registro salarial y me dijeron "registro horario, querras decir", no tenían ni idea....
 

msalem

Miembro
eso me ha hecho hasta gracia...pero mucho me temo que a la hora de la verdad, se pondrán al día enseguida, si hoy no saben que es el registro salarial, cuando les interese, lo aprenderán sobre la marcha...
 

Iker

Miembro
Cierto, cuando les interese a los, "de arriba", harán un curso específico para ello y venga a recaudar. Le damos a la maquinita del dinero. Cursos que, por cierto, se los dan a todos los funcionarios pero no a nosotros. ¿Acaso pensáis que muchos de inspección sabían lo de las comunicaciones previas a ITSS de los ERTES?. Estoy casi seguro que, subinspectores, se cuentan. Normalmente los ERTEs que he tramitado con anterioridad a este desastre, han sido revisados por inspectores superiores. Pues los han formado "ex profeso", a casi todos ellos.

Nosotros, mientras tanto, con la espada de Damocles encima de nuestras cabezas. Cuántos RDL habéis visto desde Marzo?, Cuántos NOTIRED?, Cuándos BOE en Sábado y Domingo?, Alguien nos ha formado?, Alguien nos ha instruido?. Estamos con ansiedad generalizada, muchos están de baja, otros ni siquiera pueden cogerla, simplemente a tratamiento (creo que todos conocemos a alguien). La responsabilidad que nos han impuesto de forma unilateral es tan grande que, puede que alguno de nosotros termine de la peor forma posible y, entonces que?. Quién es el responsable?. El estado?. Los órganos de inspección que siguen las directrices que les marcan?. Todos ellos?. Nos utilizan como la excusa perfecta. Culpables de todo y colaboradores de nada.
 

valky

Miembro activo
Buenos días,
En A3 ya huelen sangre (Euros) y están informando de webinars para explicarnos gratuitamente (ya lo pagaremos después) los beneficios de la versión plus, principalmente en el registro salarial.
 

pajarillo

Miembro conocido
Recordad que si existe una diferencia mayor del 25% en los salarios promediados entre hombres y mujeres, hay que anexar al registro una justificación de dicha diferencia (si es que existe justificación en base a motivos que no sean arbitrarios, claro).

En mi caso, el 1º registro salarial que saqué con a3 plus en una empresa salía en una categoría que los hombres cobran un 33% más que las mujeres, pero se pudo justificar en atención a que el hombre era un viajante que residía y trabajaba en la zona de Madrid, y la mujer era una viajante que residía y trabajaba en la zona de Murcia, en base a que el coste de la vida y el coste de desenvolverse laboralmente en Madrid es incomparablemente más alto que en Murcia.

Desde luego, puede haber discriminación en materia salarial aunque no se supere el umbral del 25%, tampoco nos confiemos con esto.

Ojo también con los los salarios de los directivos y de los dueños. Suelen ser los únicos de la empresa con su categoría, con lo que es fácil que si los trabajadores acceden al registro, conozcan lo que se está pagando su jefe. En caso de aportar el registro directamente a los trabajadores que lo exijan por no existir RLT en la empresa, dicho registro al que accede el trabajador debe contener únicamente las variaciones porcentuales, no importes ni medias ni medianas.
 

Cachilipox

Miembro conocido
"En caso de aportar el registro directamente a los trabajadores que lo exijan por no existir RLT en la empresa..."

Pues la norma solo contempla que los trabajadores accedan a dicho registro "a través" de la RLT, si la hubiere.

Una cosa es la obligación de llevanza de dicho registro, incluida las debidas razones y justificaciones de las diferencias, si se aprecian, y otra que eso sea información abierta a cualquier pepe que se pase por la oficina.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Cachilipox dijo:
"En caso de aportar el registro directamente a los trabajadores que lo exijan por no existir RLT en la empresa..."

Pues la norma solo contempla que los trabajadores accedan a dicho registro "a través" de la RLT, si la hubiere.

Una cosa es la obligación de llevanza de dicho registro, incluida las debidas razones y justificaciones de las diferencias, si se aprecian, y otra que eso sea información abierta a cualquier pepe que se pase por la oficina.

No es del todo así, Cachilipox. Lo que te dice la norma es que si hay RLT, quien accede al registro es la RLT, y acceden a la versión íntegra del registro. Pero si no hay RLT, los trabajadores en general (cualquiera de ellos), si lo solicitan, se les debe dar también acceso, aunque en ese caso en lugar de importes medios, lo que se facilitará serán diferencias porcentuales.

No es propiamente "información abierta a cualquiera que se pase por la oficina" pero sí accesible y en ese formato o contenido para cualquier trabajador en plantilla que lo solicite.

Lee bien el art. 5.3 del RD 902/2020.

Saludos
 

Cachilipox

Miembro conocido
Buen matiz, que no contempla el ET, pero si el RD:

"la información a facilitar se limitará a las diferencias porcentuales que existieran en las retribuciones promediadas de hombres y mujeres"

O sea, un extracto de parte del informe, donde no se muestre ni enseñe datos en valor absoluto, sino meros % de diferencia, si lo hubiese.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Cachilipox dijo:
Buen matiz, que no contempla el ET, pero si el RD:

"la información a facilitar se limitará a las diferencias porcentuales que existieran en las retribuciones promediadas de hombres y mujeres"

O sea, un extracto de parte del informe, donde no se muestre ni enseñe datos en valor absoluto, sino meros % de diferencia, si lo hubiese.

Exacto.
 

Ferinho

Miembro activo
Tengo una duda con este tema: voy a  emitir los registros salariales que genera mi programa y los puedo generar solo del año natural. Es decir, puedo generar ahora el año natural de 2020 ya que es el año completo. ¿Es este ejercicio el que debemos de tener ahora  para el 14 de abril?

El RD 920/2020 dice El periodo temporal de referencia será con carácter general el año natural, sin perjuicio de las modificaciones que fuesen necesarias en caso de alteración sustancial de cualquiera de los elementos que integran el registro, de forma que se garantice el cumplimiento de la finalidad prevista en el apartado 1

De ahí yo entiendo que año natural siempre es el año anterior completo del 01/01 al 31/12. No nos pedirán tener el registro de los meses del 2021 no?
 
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