YA ME CONTESTADO CASIA

Sergei

Miembro conocido
Estoy flipando... Siempre he entendido que el hecho de hacer la DR antes de enviar los seguros era para el correcto cálculo de su programa informático y no para conceder o no exoneraciones, manda HUEVOS que ahora se agarren a eso para decir que no se tiene derecho a una exoneración. No hay por donde cogerlo ley en mano, porque las instrucciones de los boletines red que yo sepa no tienen rango normativo.
Te han respondido eso y se quedan tan anchos y ala, a pagar...
Intenta enfocarlo como dice Nana en la textualidad del boletín red para abrir el caso indicando que la DR está hecha y muestra de ello es que el RLC adjunto se aplicaron las bonificaciones.
Podría ser que hicieras una primera DR antes del día 9 y enviaras las remesas y por lo que fuera el 16 anularas y volvieras a presentar las DR? Es la única explicación que se me ocurre.
 

DANI ML

Miembro conocido
De entrada te diría que repases en la aplicación Siltra todos los envíos de cotización que realizaras en junio por los CCC afectados. Ellos admiten que el 16 de junio presentaste la DR. También dicen que el 9 de junio presentaste los ficheros de cotización. Eso sí lo puedes verificar por Siltra. Pero verifica también si quizá, después de presentar la DR, volviste a enviar los ficheros, en qué fecha se realizó la confirmación.............. Quién sabe si por ahí sacas un poco más de luz de lo que pasó
 

PEDRO

Miembro conocido
Me estoy leyendo los BRed del año pasado:

- BR 11/2021:
REAL DECRETO-LEY 18/2020: DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE LA SITUACIÓN DE FUERZA MAYOR TOTAL O FUERZA MAYOR PARCIAL DERIVADA DEL COVID-19 El apartado 3 del artículo 4 del Real Decreto-ley 18/2020 establece que para que las exenciones resulten de aplicación la empresa debe comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social que se encuentra: 1. En situación de fuerza mayor total derivada del COVID-19 por estar afectada por las causas referidas en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020 que impidan el reinicio de su actividad, o 2. En situación de fuerza mayor parcial derivada del COVID-19 desde el momento en el que las causas reflejadas en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020 permitan la recuperación parcial de su actividad. Esta comunicación se realizará mediante una declaración responsable en la que concurren las siguientes circunstancias: a) Debe presentarse a través del Sistema RED, y b) Debe presentarse respecto de cada código de cuenta de cotización en el que figuren de alta, a 13-05- 2020, personas trabajadoras con suspensión de su contrato de trabajo o con reducción de jornada conforme a lo establecido en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, es decir, personas trabajadoras respecto de las que haya comunicado previamente los valores V, W o X en el campo TIPO DE INACTIVIDAD, y c) Debe presentarse antes de solicitar el cálculo de la liquidación de cuotas correspondiente. BNR 11/2020 Página 4 de 13 IMPORTANTE: Si la declaración responsable no se presenta conforme a lo indicado anteriormente, las exenciones no resultarán de aplicación.

Es decir, yo, que soy tonta y mi unicornio también, si leemos la frase en negrita entendemos que sin DR, no aplica TGSS exoneraciones, vamos, que es un error achacable a la Administración



sigo leyendo el BR y veo lo siguiente:

Para la aplicación de las exenciones en la cotización durante el mes de mayo, con las condiciones y requisitos establecidos en este Real Decreto-ley, es imprescindible la presentación de las declaraciones responsables a las que se ha hecho referencia en este apartado.

Toni, tu declaraste la DR, aquí no pone si antes, después o durante, así que hasta el final (sí, sé que en el apartado anterior si lo pone, pero es que hecha la Ley hecha la trampa)

¿De esa empresa alguien se reincorporó antes del 12/05? Por si pillaba la exoneración directamente

Vaya :poop::poop::poop::poop:
Jolín vaya lío, me han entrado los nervios visto lo ocurrido a Toni.
Nana estaba revisando el boletín 11/2020 y al final de la pagina 13 en el apartado c) dice que deben presentarse las declaraciones antes de solicitar el cálculo de la liquidación de cuotas correspondiente.
Lo que pasa es que antes cuando presentabas la declaración no había resolución, así que ¿como sabemos si la hicimos antes o después de presentar los seguros sociales?.
 

PEDRO

Miembro conocido
Una d

Resolución del Caso​

Buenas tardes. La sucesiva normativa por la cual se han venido estableciendo exoneraciones en la cotización empresarial a la Seguridad Social para las empresas afectadas por ERTE consecuencia del COVID19, establece que, para que dichas exenciones resulten de aplicación será necesaria la presentación de las declaraciones responsables ANTES de solicitarse el cálculo de la liquidación de cuotas correspondiente al periodo de devengo sobre el que tengan efecto las declaraciones. En el supuesto se presento la liquidación 09/06/20 y la declaración 16/06. Información facilitada en base al art. 53.f LPACAP 39/2015 sobre consultas.


Que hago, los mato? Estoy en blanco, ayudadme a recurrir esta mierda...
Una duda Toni, cuando te llegaron los DCL de tus empresas ¿no te fijaste si venían con la exoneración? Es que no entiendo como te dejaron exonerar si dicen que para hacerlo hay que presentarlo antes.
 

Nana

Miembro conocido
Jolín vaya lío, me han entrado los nervios visto lo ocurrido a Toni.
Nana estaba revisando el boletín 11/2020 y al final de la pagina 13 en el apartado c) dice que deben presentarse las declaraciones antes de solicitar el cálculo de la liquidación de cuotas correspondiente.
Lo que pasa es que antes cuando presentabas la declaración no había resolución, así que ¿como sabemos si la hicimos antes o después de presentar los seguros sociales?.
Sí, en el articulo que he pegado pone lo de comunicarlo antes, solo que no lo he puesto en negrita

Pero es que el quid aquí está en que, si comunicas la DR después de enviar los seguros, te llegan con errores pues hay diferencia de cotización (ya que TGSS no calcula las exoneraciones)

En el caso de toni, él mandó la DR después pero le llegaron correctamente calculados y con la exoneración aplicada

Sinceramente creo que es un tema que a CASIA le queda grande y que terminarán por mandarlo a la DP a que resuelvan ellos, y como ultimo cartucho recurso de alzada y a meter toda la información que se pueda

Voy a seguir investigando, a ver si en una de estas alguien de TGSS me llama por alguna queja que he puesto en CASIA :ROFLMAO: y aprovecho a meter el tenedor ;)
 

PEDRO

Miembro conocido
Sí, en el articulo que he pegado pone lo de comunicarlo antes, solo que no lo he puesto en negrita

Pero es que el quid aquí está en que, si comunicas la DR después de enviar los seguros, te llegan con errores pues hay diferencia de cotización (ya que TGSS no calcula las exoneraciones)

En el caso de toni, él mandó la DR después pero le llegaron correctamente calculados y con la exoneración aplicada

Sinceramente creo que es un tema que a CASIA le queda grande y que terminarán por mandarlo a la DP a que resuelvan ellos, y como ultimo cartucho recurso de alzada y a meter toda la información que se pueda

Voy a seguir investigando, a ver si en una de estas alguien de TGSS me llama por alguna queja que he puesto en CASIA :ROFLMAO: y aprovecho a meter el tenedor ;)
Ya la verdad que es raro, tanta mierda de SILTRA de conciliar seguros sociales y que te llegan los seguros sociales y no te "cante" las diferencias. Pero Toni ¿los confirmó antes de presentar la DR?
 

Caslaboral

Miembro conocido
Tampoco os fieis mucho del BNR 11/2020 ya que ni siquiera se dignaron en corregir errores, la explicación respecto las DR 058 de mayo 2020 está mal, ya que lo cambiaron a última hora.

Lo que parece bastante extraño en este caso es que si ya tenías la liquidación presentada antes de comunicar la DR te aplicaran exoneración en las cuotas. Queda muy claro en el RLD 18/20 y el BNR 12/20 (aclaraciones sobre el 11) que las exoneraciones solo se aplicaran si la DR se presenta ANTES de presentar la liquidación. Lo único que me parece lógico (y considero error suyo claramente) es que en ese momento el sistema no discriminase cuando se presentaba la declaración (como ahora si hace) y simplemente calculara con exoneración si existía DR en el mes, independientemente cuando se comunicase.

Recordemos que la puesta en marcha de las DR fue rápida y mal hecha. Como digo, con información crucial mal explicada en los BRN, y con retrasos en la habilitación de la comunicación (se debía poner en marcha el 01-06-20 y al final se hizo el 06 o el 07). No me extrañaría NADA que hubiese ese tipo de fallos en el sistema.
 

PEDRO

Miembro conocido
Coincido contigo, me parece muy raro que sin presentar la DR te aplicasen las exoneraciones. Yo he revisado los DCL de mayo y en todos tengo dos uno por la parte exonerada y otro por la no exonerada, por lo que el sistema para hacerlo tenía haberla presentado, porque ¿y si no que la calculaba automáticamente la TGSS para todo el mundo?
 

Saralaboral2

Miembro activo
Toni, se que los Colegios no están muy por la labor, pero me consta que Valencia hay gente peleona.
Lo ideal sería poder hablar cara a cara con tu administraccion, y a portar toda la documentación como te dice los compis.
Ánimo.
 
Última edición:

toni

Miembro conocido
Os cuento... He reabierto el CASIA y muy educadamente les he comentado que si bien es cierto que la norma dice que primero la DR y luego las liquidaciones, la misma norma establece que en caso contrario no se tendran en cuenta las exoneraciones. He realizado por SILTRA el seguimiento de dicha liquidacion y el 8 de junio mando las bases. El dia siguiente 9, me llegan 3 DCL, exonerado, no exonerado y el total y yo, al ver que esta todo OK confirmo... Que os parece? Les he dicho en CASIA que es un error de la Administracion, pero bueno. Si me lo rechazan RECURSO DE ALZADA y si me lo rechazan tambien pues nada, al seguro...
 

Sergei

Miembro conocido
Lo veo acertado, a ver si te lo arreglan rapidito que no estamos para tener más cosas en la cabeza como esa.
 

NOEMI

Miembro conocido
toni!! me parece perfecto así es, manda narices, te mandan los DCL con al parte exonerada que narices entonces quieren? por que entonces te calcularon la parte exonerada?
 

PEDRO

Miembro conocido
A esperar respuestra otra vez, es lo que me mata... En fin.
Espero y deseo que prospere tu reclamación, es un sinsentido y lo siempre, ánimo recaudatorio. Tanto hablan de "conciliar" las cotizaciones, te llegan correctas con las exoneraciones y ahora que no. Se pasan.
 

Nana

Miembro conocido
Toni, pues a otra cosa y no lo pienses mas (complicado) hasta que CASIA te diga algo

😘😘
 

AL1978

Miembro conocido
Os cuento... He reabierto el CASIA y muy educadamente les he comentado que si bien es cierto que la norma dice que primero la DR y luego las liquidaciones, la misma norma establece que en caso contrario no se tendran en cuenta las exoneraciones. He realizado por SILTRA el seguimiento de dicha liquidacion y el 8 de junio mando las bases. El dia siguiente 9, me llegan 3 DCL, exonerado, no exonerado y el total y yo, al ver que esta todo OK confirmo... Que os parece? Les he dicho en CASIA que es un error de la Administracion, pero bueno. Si me lo rechazan RECURSO DE ALZADA y si me lo rechazan tambien pues nada, al seguro...
Joder ahora leo el hilo... Me parece perfecto Toni. Y esto debería corregirse y quedarse aquí
 
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