Resultados de búsqueda

  1. C

    PERIODO OBLIGATORIO MATERNIDAD Y LACTANCIA ACUMULADA

    Parece que se está regulando "casuísticamente" vía convenios. Aquí por ejemplo (https://gomezcordoba.com/permiso-lactancia-farmacias/), respecto del convenio Farmacias, hablan que según cuando y como sea la formula de la petición, la cosa varía entre 21 días y 30 días naturales. La verdad es que...
  2. C

    PERIODO OBLIGATORIO MATERNIDAD Y LACTANCIA ACUMULADA

    Estamos obviando un detalle importante: ¿Qué dice el convenio de aplicación al respecto? En caso de indefinición o ausencia de regulación en el convenio, la cosa pasa por un mutuo acuerdo trabajador-empresa. No es un asunto ni de automatismos, ni de unilateralidades.
  3. C

    Denegar excedencia voluntaria

    Es una estupidez de la empresa. La trabajadora, por ahora, quiere dejar de trabajar. Y pide una excedencia. Esa situación la pone en no tener derecho a desempleo, y no tener asegurado en reingreso, pues no tiene reserva de puesto de trabajo. La empresa, por joder, pues no hay otra explicación...
  4. C

    INDEMNIZACION EN RELACION LABORAL Y POSTERIOR DE ALTA DIRECCION

    "con contrato laboral" Eso es oneroso. Si está "manchado" por la onerosidad (sea por lo de administrador, o por cualquier otra relación de tipo laboral), va a RGA.
  5. C

    miembro consejo administracion

    No es así. Una cosa es la contratación (las obligaciones mutuas "privadas"), y otra, derivada del asunto pero no necesariamente consustancial, el régimen de afiliación y encuadramiento (las obligaciones "públicas" derivadas). Puedes tener contratos laborales cuyo encuadramiento sea el RETA, por...
  6. C

    miembro consejo administracion

    Si ejerce las funciones de dirección y gerencia, que son propias y específicas del órgano de administración, una de dos: .- O todo el consejo es ejecutivo .- O el consejo es deliberativo y ha delegado en ella las funciones ejecutivas (por tanto, es "consejera", y "delegada", = "consejera...
  7. C

    INDEMNIZACION EN RELACION LABORAL Y POSTERIOR DE ALTA DIRECCION

    ¿Estás segura? Repasa lo de "título lucrativo", en relación a otros impuestos. Adquisiciones, por ejemplo: Título oneroso: TPO Título lucrativo: ISD El administrador a título lucrativo y sin control efectivo no es supuesto de encuadramiento. Título lucrativo: Lo hace gratis, la sociedad se...
  8. C

    AUTONOMO MAL ENCUADRADO

    Una cosa es ejercer, y otra cosa es recibir una retribución (hacerlo a título oneroso). Si se ejerce a título lucrativo, solo es supuesto de encuadramiento si tienes "control efectivo". Que exista alguien al frente de la nave, no implica, necesariamente, que deba existir un encuadramiento y...
  9. C

    AUTONOMO MAL ENCUADRADO

    JUAN: .- si no tiene "control efectivo" por titularidades directas, indirectas, circunstanciales o convivenciales, no corresponde RETA. .- si recibe algún tipo de remuneración por la causa o razón que sea, por ser trabajador, director-gerente, o administrador, corresponde RGA .- en cualquier...
  10. C

    Prácticas académicas externas

    De momento, y por ahora, sigue todo igual. A partir de septiembre, parece ser quizás tal vez así lo han anunciado....... Todo becario en alta. Y deshaciendo lo que habían hecho, vuelven a poner lo de un CCC específico para estas situaciones.
  11. C

    CONTRATO TEMPORAL

    El temporal previsible NO es que pueda durar hasta 90 días, sino que la empresa puede utilizar ese tipo de contratos por hasta 90 días calendario anuales, PERO NO SEGUIDOS. En el límite, un contrato temporal previsible no podría durar más de 89 días (entre periodo inicial y posible prórroga)...
  12. C

    Irpf relaciones relaciones laborales de carácter especial

    En artistas si ha bajado el tipo de retención mínima, pero en profesionales taurinos (o resto de RLCE), creo que sigue siendo al 15 % mínimo.
  13. C

    Renta 2022

    TODO. El IRPF no va "por partes". O no estás en la obligación de presentar declaración, o si lo estás, entonces debes declarar y están sujetas TODAS TUS RENTAS UNIVERSALES. Es un o todo o nada.
  14. C

    No incorporación al trabajo, ¿pago desplazamiento?

    A ver, una cosa es lo que se hace, y otra cosa es lo que sería legal. El contrato de trabajo NO ES POR HACER UN TRABAJO, es por poner un tiempo a disposición de la empresa. Es una especie de contrato de alquiler temporal. Que luego se rinda y se produzca, o no se rinda ni se produzca (por...
  15. C

    INDEMNIZACION EN RELACION LABORAL Y POSTERIOR DE ALTA DIRECCION

    ¿A título oneroso o lucrativo? Además de administradores "con mando en plaza" (directores-gerentes), ¿Desarrollan alguna otra labor o tarea laboral? No hay un algoritmo único (salvo leerse y releerse los literales del 136 y el 305 de la LGSS). Pero.. Administradores a título lucrativo: RETA...
  16. C

    INDEMNIZACION EN RELACION LABORAL Y POSTERIOR DE ALTA DIRECCION

    Un administrador NO es Alta Dirección. Puede ser Administrador (vínculo orgánico) y además, Alta dirección (vínculo laboral). Si era administrador (vínculo orgánico), pero no tenía "control efectivo", y además, recibía algún tipo de remuneración (por administrador o por trabajador), entonces...
  17. C

    INDEMNIZACION EN RELACION LABORAL Y POSTERIOR DE ALTA DIRECCION

    En alta dirección se cotiza en RG normal. Por eso tiene derecho a desempleo. Si por la causa que fuera cotizó por RGA, está excluido de protección por desempleo.
  18. C

    Vacaciones después de incapacidad

    Bueno, la TGSS lo que ha resuelto en este caso concreto y particular es que tras 545 días de baja IT, cesa la obligación de cotizar. Por tanto, incluso en el supuesto de que tras los 545 días se siguiesen devengando vacaciones, éstas no son cotizables. Así que lo que han exigido son sus...
  19. C

    OTRA DE ENCUADRAMIENTO

    Es que no es administrador. No tiene un vínculo orgánico con la sociedad. No puede convocar a la junta de socios. No puede firmar las cuentas y depositarlas en el registro. No es la sociedad quien lo apodera, sino el administrador. Por tanto, su vínculo es respecto de otro que sí es...
  20. C

    BASE DE COTIZACION SUPERIOR AL BRUTO

    En el convenio de educación infantil también se puede dar (legalmente) esa casuística de BC superiores al bruto legal de convenio.
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