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Pero claro tal y como has dicho si fuera mensual, el caso es que el alta va a ser de 1 semana y dos días por lo que debe de cotizar y cobrar por la equivalencia de la jornada completa. @fundación la inspección nunca se va a meter en eso a no ser que el trabajador vaya a por eso específicamente...
Teniendo en cuenta 40 horas a la semana
Del 17 al 25 es: 1 Semana y 2 Días
1 Semana = 40h
2 Días = 40H/7días = 5,72horas al días * 2 días= 11,44 Horas
Jornada completa en 1 semana y 2 días = 51,44 horas
51,44_________________100
24____________________X
46,65 = 46,7%
@ASTRO ¿Qué actividad/convenio es? ¿La jornada completa es?. Si me aclaras las horas semanales por convenio te puedo decir la parcialidad que usaríamos nosotros y decirte como la encontramos
@Laboral24 nosotros también lo hacemos así con trabajadores que son irregulares. @ASTRO dale sin miedo que puedes hacerlo. De todas formas si te tranquiliza envía casia y que te lo digan ellos por escrito. Pero puedes hacerlo sin miedo, ¡Ojo! siempre que los trabajadores sean consciente de esos...
Si lees bien he dicho que a la empresa le hemos dicho que sí que se lo dé... sin más.
Totalmente aparte de eso, sin la empresa afectada de por medio - nosotros como personas si la empresa fuera nuestra lo pelearíamos.
El respeto por delante, pero estas afirmando que nosotros inducimos malas...
Nosotros hacemos fijos discontinuos, y en el caso de que hagamos eventual siempre imprevisible y que salga el sol por Antequera, aunque siempre avisamos a la empresa de que lo pueden pasar a indefinido de oficio. Aún así no solemos hacerlos porque pagar casi 29 eurazos de recargo no nos parece...
Mientras no salga en boletín red esa aclaración no pueden sancionar a la empresa o a los autorizados por ello. Ya te digo que nosotros lo hacemos en la empresas con cuadrantes de turno y sin problemas (antes nos hacia el cambio la seguridad social). Hemos ido a inspecciones y nunca nos han dicho...
Si el alta es del 01/03/2023 por sistema red se puede realizar la prorroga. En el caso de que llegue el 01/03/2024 y no se haya comunicado ya no se puede hacer y pierde el derecho... No voy a decir lo que pienso al respecto porque me enciendo. :devilish:
Aunque seas un autónomo al realizar actividad laboral se considera empresa. Entiendo que la misma asesoría que le hace los impuestos deben tener departamento laboral y que tendrán su autorizado a red. Otra opción es buscar una asesoría laboral en su ciudad que estudien su caso y le den presupuesto.
Es relativo, ya que una mudanza no te imponen el día como por ejemplo la cita de un especialista médico. Es el trabajador el que decide que día realiza la mudanza. Hablando entre todos los compañeros vamos a decirle que se lo dé y ya, pero todos hemos dicho lo mismo, si la empresa fuera nuestra...
3 días para cursar las bajas, pero salió boletín RED (7/2021) permitiéndonos los cambios de jornada hasta el cierre de los seguros sociales. Nosotros los realizamos que trabajan por cuadrante de turnos y sin problemas hasta el día de hoy.
Puedes hacer el cambio en red sin problema siempre que no estén los seguros sociales cerrado, aún así, los podría abrir hacer el cambio y volver a cerrar. Aún podemos hacer cambios desde el 1 enero si los SS.SS están abiertos.
Estoy de acuerdo con @Mafaldasur2, debe consultarlo con su asesor laboral, conociendo su empresa, su actividad, trabajo y trabajadores podrán asesorarlo. Lo único que puedo aconsejarle es que acuda a la citación con un graduado social o abogado.
Buenos días,
Hoy un cliente no ha realizado una pregunta de las que están en el limbo esperando una contestación que no hemos sabido darle.
Contexto:
Trabajadora solicita baja voluntaria en la empresa porque cambia de trabajo a otra ciudad. Cumple preaviso etc y para el traslado quiere...
Definitivamente inspección ha visto viable modificar la fecha fin de contrato, ya que el trabajador no era consciente realmente de su duración y la empresa en ningún momento ha actuado a mala fe. Ha levantado acta para que TGSS nos retrotraiga la baja y posteriormente rectificar contrat@...
Con acta de inspección te cambian todo lo que inspección diga. Y quitando algunas veces que nos traen por la calle de la amargura, en más de una ocasión nos han ayudado bastante estando fuera de plazo. Depende mucho de la administración que te corresponda...
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