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Me estoy acordando de aquellos maravillosos años en los que me llegaban los regalitos de fin de año de las mutuas. Que bien recibidos. COMO HEMOS CAMBIADO.( Ya lo cantaba Sole Jimenez)
Después de volverme loca durante 2 días para comunicar un cambio de domicilio de actividad de un autónomo a través de sist Red, me dicen en el 901502050 que algunas funcionalidades no van. El próximo lunes 9 esperan tener todo solucionado. A ver si los reyes han hecho su trabajo
Pero la sanción no es segura ehhh que yo tuve un caso a .editados de diciembre. La alta era del 7 y la hice el 8 , hablé con tesorería y sistema red y no tuve problema.
Yo entiendo que no. Si solicitas una excedencia para cuidado de un menor tiene sus implicaciones (todo el periodo se entiende cotizado al 100%) por lo tanto si lo que quieres es seguir trabajando pero en otra empresa u organismo donde tengas unas condiciones de trabajo más favorables para ti...
Si mejor así, ya que va a saltar que el curso se bonificó antes de su término. De todas formas yo intentaría hablar con ellos igual te Dan la opción de devolverlo de manera voluntaria sin que lo reclamen de oficio con el consiguiente recargo.
Entiendo que cuando el organismo interesado es de ámbito nacional rige el calendario de la adm. gen. del estado y cuando las competencias del organismo están delegadas a la comunidad concreta se tienen en cuenta como inhábiles los festivos de la comunidad correspondiente.
Confirmo lo que dice campus34. La fecha de la baja efectiva va a misa a efectos de mantenimiento de los trabajadores en la empresa. Si quitas una vida laboral de la empresa en el rango de fecha que te interesaban lo van a ver mejor.
MUCHAS GRACIAS CHICOS, estoy que hecho humo. Solita estoy en la oficina, las chicas de fiscal y contabilidad ( me han pedido vacas las 2 hasta el día 9) y como tienen niños procuro no molestarlas. Cuando hay plazo se lo dejo para ellas pero en este caso me urge porque es un caso de subrogación...
Tengo un alta de actividad con fecha 01/01/2023 y resulta que ahora el cliente cambia de opinión y quiere la alta con fecha 31/12/2022. LLevo desde el lunes intentando hablar con hacienda y nada . Las chicas de fiscal están de vacas y no se como proceder. Se puede anular o hay que hacer un...
Pues ya lo contesto yo. LA JUBILACION solicitada en fecha 31 de diciembre tiene efectos a partir del 1 de enero por lo que no podrá aprovechar los beneficios de jubilarse anticipadamente durante el 2022.
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