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De acuerdo con Toni, solo en caso de contratos de duración inferior a un año... fijos discontinuos por ejemplo, a esos le pongo 2% mínimo, el resto lo que le sale si es 0 pues 0, salvo que soliciten por escrito un importe superior.
Hola, al régimen general si que le he aplicado el SMI y bases mínimas y máximas, aunque no se han publicado aún, pero en el caso de las empleadas de hogar, no se si será mejor esperar y regularizar todo en la nómina de Febrero.... cómo van a hacer ustedes? :cool:
Buenos días :coffee:,
Pero es que no existe clave por despido improcedente .... salvo que a mi se me escape, dejas la inicial, disciplinario, objetivo, fin de contrato.... la que hayas indicado.
Hola Niema, que fecha de finalización estás poniendo. A mi me pasó la semana pasada con un RECEMA también y yo estaba calculando mal el final del permiso, comprueba que el cálculo sea de las 16 semanas exactas, si las va coger completas desde el principio, fecha fin debe ser 16/04/2024
Hola, aunque es un poco antiguo ya el hilo, ¿al final por qué programa se decidieron? Tenemos que cambiar el nuestro si o si, no llevamos demasiadas empresas, solo 10 y unas 120 nóminas. Gracias
El contrato de sustitución de maternidad, si es correcto, pero pierdes la bonificación si esa persona ya sustituyó la enfermedad, y sí ahora son solo 366 € bonificados,
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