Resultados de búsqueda

  1. F

    Baja Agotamiento IT

    Entiendo que lo mejor es esperar a que llegue la resolución del INSS en que concedan -o no- la invalidez. Hasta el momento, parados. Por cierto, entiendo que no pagar vacaciones por superar un tiempo desde que finalizó el año natural de disfrute, entiendo va en contra de lo que dice el TJSCE...
  2. F

    despido pareja hecho

    VEo difícil que el SEPE encuentre nada, al no coincidir apellidos....
  3. F

    Pago directo IT

    La ley habla que estás en pago delegado hasta el último día del mes en que te llega la resolución. O sea, que si la IT comienza el 15-9-20, el pago directo del INSS (en este caso mutua) comienza el 1-10-2021
  4. F

    Pago directo IT

    Trabajador de baja por contingencias comunes, que lleva un año ahora en septiembre. Entiendo que finaliza la obligación de pago directo al año y que la empleada pasa a cobrar de la mutua.
  5. F

    despido pareja hecho

    No veo problema alguno.
  6. F

    INSPECCIÓN: ALTA DE OFICIO SIN ACTA NI CITACIÓN

    En todo caso, la LRJAP habla de que t odo acto administrativo debe ser comunicado al interesado en el plazo de 10 días en que sea dictado. De lo contrario, el acto debe ser nulo.
  7. F

    modificacion sustancial y rescision de contrato

    - No, ninguno. Que le pague los 20 días y punto. - No, no se ha de ir a CEMAC. - Entiendo que sí, un año.
  8. F

    Apertura centro de trabajo. Dudo si procede o no.

    En el primer caso, el centro de trabajo es la central de la empresa. En el segundo, en estos casos, al ser obras de construccion, el centro de trabajo solo lo tiene que dar el contratista principal, no subcontratistas ni promotor.
  9. F

    ACUERDO TRANSACCIONAL

    Ni cotiza ni tributa.
  10. F

    Duda RG o régimen del mar.

    Réigmen general, sin duda.
  11. F

    Solicitar devolución de material de la empresa

    Pues hombre, eso no es legal, para empezar. Díselo al trabajador y punto, sin que quede constancia.
  12. F

    Retribucion voluntaria: consolidable?

    A ver, como te digo debes pagar como jornada completa, dado que no se puede cambiar un contrato a tiempo completo por uno a tiempo parcial. Si el trabajador ya percibe salario por encima de convenio, pues entonces es correcto y ya habría pasado el plazo de 20 días hábiles para impugnar. Eso sí...
  13. F

    Retribucion voluntaria: consolidable?

    Pues, según sentencia del TS de 21-4-21, el plazo para impugnar la medida es de 20 días hábiles desde que es comunicada por escrito la modificación sustancial. En este caso, cambio de categoría. En cuanto al cambio de horas, ojo, porque no se considera cambio a tiempo parcial, sino que las 36...
  14. F

    Retribucion voluntaria: consolidable?

    Entiendo que todo está prescrito. Si no se comunicó por escrito, el plazo es de un año.
  15. F

    Retribucion voluntaria: consolidable?

    Entiendo que, si no se notificó por escrito, hay un año, por lo que ya nada podría pedir el trabajador.
  16. F

    FRUSTRADA con la perdida de tiempo (gestion de incidencias y nóminas)

    Pues si estás así, felicidades. Pocos a tu edad pueden decir lo mismo.
  17. F

    FRUSTRADA con la perdida de tiempo (gestion de incidencias y nóminas)

    Las condiciones son buenas, Toni. Poca gente de aquí gana lo que tú (y ninguna trabaja lo que tú, imagino). Por tanto, adelante. Tú y sólo tú debes decidir.
  18. F

    Contrato obra y servicio

    Sí, cachilipox, pero en una empresa de encuestas que las hace todo el año, es difícil delimitar las tareas que no repitan en fechas ciertas)… A no ser que haya campañas que se repitan, más o menos, cada año...
  19. F

    FRUSTRADA con la perdida de tiempo (gestion de incidencias y nóminas)

    Yo trabajaba en asesoría al principio. desde 1998, en empresa final. Y no hay color. Ganaba más y con la mitad de trabajo. Eso sí, trabajar 24/7 es inhumano, según mi punto de vista. Tienes el derecho a desconectar. Por otro lado, en nuestra profesión el tema de administración es una mierda...
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