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Joer, esto ya es desempleo a la carta, no le preocupa encontrar trabajo, no, solo que alguien le haga el favor de contratarla para devengar una nueva prestación.
Pero en este caso, suponiendo como se está diciendo, que se complementa a BC o Base reguladora, que es lo mismo, si luego se le paga la extra completa se le paga dos veces (por el periodo de IT, claro está)
Es salarial desde noviembre o diciembre de 2014 si no me falla la memoria, por consiguiente, a mi entender, el convenio puede decir misa, pero no puede modificar las normas de cotización.
Nunca lo había buscado, pero he visto que se me queda guardado en SILTRA> RED> VIPTC2> CCRA Se seleccionas por orden fe fecha te salen ordenados.
No sé si en tu caso será la misma ruta, dependerá de la configuración que le hayas dado, pero lo tienes que tener.
Yo en cierta ocasión lo pregunté al del Registro que da las charletas anuales en el Colegio y me dijo que no, más o menos lo que han contestado los compañeros, pero que ¿para qué? me dijo. Y por supuesto que no las inscribo. En cuanto a deducir las BIN, así lo hago, no tendría sentido no...
Las comisiones bancarias yo las considero gastos bancarios y las llevo a las 626. Los gastos financieros (66x) son todo lo que pueda asimilarse a los intereses, además, fiscalmente puede haber restricciones en función de la cuantía, así que mejor llevar a gastos financieros sólo los que lo sean...
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