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Si no me equivoco, la prórroga como tal no existe a no ser que lo indique el convenio o el trabajador lo hubiera indicado en la solicitud inicial. Deberá realizar una nueva excedencia.
Me informaré, pero he tenido una maternidad al mes de inactividad y le envié el certificado de empresa a la trabajadora para llevarlo al INSS, ahora me tocará reincorporarla y le preguntaré si estaba o no cobrando del INSS porque yo daba por hecho que si.
Yo cuando he hecho algún alta que después hemos anulado el mismo día, al trabajador le han cortado el paro. Vamos que para lo que quieren bien que se pasan los datos y nosotros tenemos que meter los datos por duplicado y triplicado en todas las administraciones.
Pero la tendra que poner en el día correspondiente, no por cotizaciones que no se generan, por si el trabajador cobrara paro se cortaría en la fecha correcta o si hubiera que cotizar vacaciones pendientes en una IP
Yo es q he tenido varios casos hace poco, uno grabaron ellos la inactividad y otro me dijeron alta y baja con inactividad en la fecha que quiera y ellos la ponían en la fecha correcta.
Así que nunca tienen un criterio concreto.
Si son varios trabajadores, los periodos de contrato deben coincidir dentro del periodo de esos 90 dias para no pasarte.
No se puede pasar de los 90 días si es previsible, si es imprevisible puede ser mas tiempo, y si no un FD.
Se cuenta todo el periodo que está de alta, al igual que al que trabaje de lunes a viernes le contarán los fines de semana.
De todas formas ten en cuenta que no podrán ser los 90 dias seguidos, máximo seguido pueden ser 89.
A mi en otro caso que tuve igual, en CASIA me dijeron lo del movimiento de alta y baja con fecha anterior a la resolución, pero que no era necesario ponerlo en plazo porque no generaba cotización y las vacaciones se podían cotizar normal.
Alta y baja el 31 de julio con inactividad Z, como no te dejará porque la liquidación de la empresa la tendrás confirmada, en CASIA te dirán que la hagas los movimientos con la fecha actual anotando las vacaciones y ellos te ponen el alta y baja a fecha 31 de julio. A partir de ahí cotizas L13...
Yo te confirmo al 100% que las vacaciones van al día siguiente ya que he tenido 2 casos este año y uno de ellos lo he cotizado en este mes. El día del alta y baja sin cotización es un movimiento en afiliación que aparece pero solo indica que no cotizas ese día, a partir de esa baja anotas las...
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