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No la acabo de entender ¿entonces no se paga nada si solo lo utilizas para recibir notificaciones y organizar los certificados? Esto último de organizar los certificados me interesa mucho porque me vuelvo loca buscando cada vez.
En mi opinión no se debe hacer proporcional a los días trabajados, sino íntegramente sobre el sueldo percibido ese mes. Las cantidades del prorrateo de pagas extras y vacaciones no disfrutadas percibidas en finiquito, tienen la consideración de salario, y como tal, para su embargo se aplicaran...
Mirar esta noticia, no se quien dijo en otro hilo que veía el fin de los partes físicos, pues podría ser que sí, porque a estos si les harán caso, a nosotros no, pero a estos seguro que sí...
Pues yo estoy como Argi. Yo pensaba como MarLo de que sólo cuando pretendes hacer contratos de sustitución 15 días antes de la causa, pero ahora con la aclaración de la aclaración me asaltan las dudas de si no lo solicitarán en todos los casos. ¿Tenéis certeza de que sólo lo solicitan en esos casos?
He actualizado java pensando que iba a estar la actualización de siltra ya y me encuentro con que no, que no esta todavía, así que de momento la he fastidiado!
El mes pasado hice una consulta a CASIA porque tengo 1 trabajador en una empresa con dos categorías, una de ellas limpieza con peculiaridad cotización G. Entonces como no se puede hacer 2 altas de un mismo trabajador en la empresa pregunte a CASIA como proceder. Te copio y pego la respuesta...
Pues tengo la duda de si un pacto con el propio trabajador pueda sustituir el pacto con la RLT, en caso de no existir. Entiendo más bien que sería más apropiado un pacto con todos los trabajadores de la empresa y no particularmente con el trabajador que realiza ducha jornada.
Me piden hacer un contrato en hostelería de 10 horas continuadas, sábados de 17:00H. a 03:00 de la mañana, ¿lo veis posible? Supera las 9 hora diarias, pero estamos hablando de que a partir de las 24:00h ya es domingo, ¿o al iniciarse la jornada en sábado formaría parte esas horas también del...
Personalmente sigo pidiendo los partes de baja, alta y confirmación a la empresa, pues el art. 10.2 de la Orden ESS/1187/2015 de 15 de junio sigue en vigor y porque no me fio de los FIE.
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