Estás utilizando un navegador obsoleto. Puede que este u otros sitios no se muestren correctamente. Debes actualizarlo o utilizar un navegador alternativo.
a partir de 545 el inss debe o dar de alta o iniciar DE OFICIO la evaluación del expediente de incapacidad permanente... en este último caso la prolongación del pago mientras tanto es automático o el trabajador tiene que pedirlo expresamente... no me queda claro??
Ningún problema con esto siempre que se trate de bajas legítimas... todos los días el altgoritmo me pone una noticia del estilo "...despido improcedente de no se quien que estaba trabajando en otro sitio pero la empresa no comunico o nose que requisito, ayuntamiento contrata detectives etc...
el coste difícilmente va a ser menor salvo que los enfermos tengan unos complementos personales barbaros... hay que formar en los puestos, hay que cumplir los requisitos de prevención de riesgos (reconocimientos etc..), hay que seleccionar, hay que pagar generalmente 2 seguros sociales, hay que...
Por si sirve de algo...contrato por circunstancias para cubrir vacaciones de trabajadores (si son continuadas) hago un solo contrato y especifico muy bien en el contrato correlación de fechas vacaciones y nombre de los sustituidos.. luego las variaciones en afiliación si proceden y el sepe un...
incluso con la combinación circunstancias/interinidad y con causa válida (porque el altgoritmo no sabe si la causa es válida) puedes recibir cartita de aviso de conversión si los contratos se extienden en el tiempo
Esta la típica situación marronera que no se establecen protocolos claros de como actuar... creo que lo suyo es intentar hablar con el trabajador para confirmar la recepción de la denegación y tramitar el alta el día anterior a la incorporación efectiva
+ smi, smi en dos turnos + smi independiente de los complementos salariales previos + reconcimiento medico empleados de hogar + email corporativo obligatorio para asuntos laborales + 10 dias en caso de enfermedad...etc ..etc...etc...
yo hago uno solo imprevisible para las dos asuntos reflejandolo en el contrato.... se pueden hacer dos pues obligatorio no es contratar a la misma persona..claro que esto es una opinion para este momento pues quien sabe si dentro de un rato publican un notired o un decreto cambiandolo todo y...
>como que "comunicación interna" si lo están mandando fuera.. ahora pertenecemos a la TGSS???
> verificación inmediata??... desde cuando te meten prisa
>area TGSS..cual es la otra área??
Tiene pinta de correo estafa IA
si ese correo trae enlaces yo no pincharía ahí ni loco.... en todo caso...
si ya se han compensado, la it (entendiendo que se interpreta it como tiempo efectivo de trabajo y teniendo en cuenta que hay por ahí una sentencia que dice que se aplica la proporcionalidad pues la it no puede generar exceso de horas a compensar que las que corresponden por la jornada anual)...
Sin entrar a valorar los cálculos que realizas...opino que
> la empresa dispone de un % de distribución irregular de la jornada
> mi preferencia compensar en el año y no trasladar a ejercicios posteriores
> mi preferencia es calcular el exceso de jornada a principio de año y distribuirla a...
hacer una copia de seguridad con la utilidad que tiene la propia aplicación y guardar esa copia en la nube/usb/otro ordenador distinto de la red eso y la copia de seguridad el programa de nóminas, hace años tuve un percance informático y aprendí que 5 minutos me pueden ahorrar un trabajo enorme
Entonces como ves este supuesto
1.- trabajador de baja desde 2025
2.-2026 sigue de baja todo el año
3.-el 01/01/2026 se aprueba incremento de tablas salariales con efectos del 01/26
se actualiza todo?
aunque conserve el nif la modificación de determinados cambios como son domicilio social y denominación obliga a cambiar el 036(desconozco que tipo de falta será)......y por ende seguramente ss, registro mercantil, etc... las nóminas podrán seguir emitiendose con normalidad pero tarde o...
Hola...es que no entiendo el escrito que dice que "ha agotado la duración máxima y su prorroga" cosa que según la fechas no lo entiendo ya que no se ha agotado nada.. veo el escrito confuso..y me refiero al régimen general claro
no entiendo el escrito pero discreporrr
>hasta los 545 se paga ss y pago delegado (salvo que el INSS haga otra cosa)
>hasta los 545 no se puede tramitar la baja y ya no se paga nada
>no se liquidan vacaciones pues se trata de una suspension no de una extinción hasta que el inss diga algo
Utilizamos cookies para ayudar a personalizar el contenido, adaptar la experiencia, y si estás registrado, a mantenerte conectado.
Al continuar utilizando este sitio, estás dando tu consentimiento a nuestra utilización de cookies.