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En ese caso, el único que puede conceder una baja médica es el INSS. Hasta que no tengas nada, nada tiene que hacer la empresa. El trabajador cobraría, nuevamente, por cobro delegado, menos los 15 primeros 15 días, a cargo de la empresa.
De hecho, en la demanda por despido ya se debe hablar del convenio aplicable, pues de él depende la indemnización (no sería acumulación indebida). Si en la sentencia ya se reconoce que el convenio es el que tú aduces, ya tienes ganado el juicio por cantidades por el efecto positivo de la cosa...
A ver, si las tablas son más beneficiosas pide las diferencias mediante una reclamación de cantidad (procedimiento ordinario y una vía independiente, pues la acción no se puede acumular a la de despido). Asimismo, pide al juzgado que la empresa aporte CNAE, IAE o cualquier otro documento para...
Mételo todo en la misma papeleta (porque todo lo solicitado, se puede acumular a la demanda por despido: improcedencia, preaviso y vacaciones). En cuanto a lo del FOGASA yo siempre lo incluyo como parte demandada y así te aseguras que esté informado del procedimiento.
Según los años de cotización que tenga ya se podría jubilar anticipadamente, con coeficiente reductor, claro.
Se puede jubilar parcialmente, siempre que tenga una cotización de 38,5 años
La reducción entre un 25 % y un 50%. 75% si el contrato del relevista es a tiempo completo e indefinido
El...
a) Se pueden pedir independientemente, pues son dos regímenes diferentes. Puedes descansar en uno y hacerlo a tiempo parcial en el otro.
b) Entiendo que sí, pues se puede disfrutar del permiso a tiempo parcial.
A ver, en principio la legislación a la que debe remitirse es la que se diga en el contrato. Si nada se dice, pues se aplicaría la del país de residencia. Pero aún y remitirse la ley de aplicación a la del contrato, se deben de respetar leyes imperativas del país de residencia, con lo que las...
Simplemente haced una carta con cargos. Escuchad tanto a trabajador como a RLT y sección sindical si la hay. Levantad acta de todo lo dicho y, finalmente, tomar una decisión que quede por escrito, entregándola a trabajador y RLT.
En el fondo no deja de ser una chorrada.
Es un expediente donde debe ser escuchado el trabajador y la RLT, así como los delegados sindicales en que esté afiliado el trabajador. Se le exponen los cargos, él y la RLT dice la suya y, finalmente la empresa llega a una conclusión.
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