Debe abonarse y cotizarse, como si el alta "ordinaria" siguiera vigente, el descanso semanal generado y no disfrutado, al igual que sucede con las vacaciones, pero en este caso no hay forma de "separarlo" del alta vigente, al contrario que con la SAA 001 que se comunica en el movimiento de baja. Aquí, entre otra mucha literatura (basta con indagar mediante "finiquito descanso semanal").Que hacéis cuando el últimos día de trabajo, es viernes, tramitáis baja viernes o domingo? Alguna sentencia que sepáis? Gracias
Hay sentencias, sí, y en el sentido de que ya se ha devengado el descanso semanal retribuido completo. Y nosotros aceptamos sin problemas (de hecho, incluso lo sugeriemos cuando el trabajador, sin reparar en ello, indica como día de baja un viernes y, por otro lado, nunca fijamos como fecha de efecto de un despido los viernes, cuando ese es el último dia, la fijamos en el domingo posterior) bajas voluntarias con fecha de efecto domingo (con jornada de lunes a viernes, claro).Que hacéis cuando el últimos día de trabajo, es viernes, tramitáis baja viernes o domingo? Alguna sentencia que sepáis? Gracias
Efectivamente, es otro tema recurrente, aunque ese post se centraba en el caso concreto de fin de contrato en viernes (y si te fijas, en forma de bucle, a su vez hace referencia a otro debate de 13 años antes...).Buff!!! tema debatido en el foro y entre ellos el amigo @Nando_bcn y el gran Mr. White...
Entre otros:
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baja por fin contrato ( en viernes)
buenos dias, nos surge la duda siguiente: hemos dado de baja a un trabajador por fin de contrato el 25/02/2022 (viernes), y pagandole 6 dias de vacaciones ( del 26/02/2022 al 03/03/2022), y me dice el trabajador que la fecha de baja por fin de contrato deberia de ser el 27/02/2022 ( por el...foros.elasesorlaboral.com
¡Gracias! No es IA estimado compañero... Únicamente eshayss que manera de repetir las cosas. Pero me quedo con el Wastu. claro conciso y breve. Que no tengo tiempo de mas. Sin menospreciar a nadie.
Este Wastu tiene una IA acojonante. Ya te ire preguntandpo cosillas colega que los pobres no podemos tener IA de las guapas.![]()
Usa el Adoon de Asesoría laboral de Chat GPT, yo la uso y no va mal, redacta los escritos mejor que yo jajajahayss que manera de repetir las cosas. Pero me quedo con el Wastu. claro conciso y breve. Que no tengo tiempo de mas. Sin menospreciar a nadie.
Este Wastu tiene una IA acojonante. Ya te ire preguntandpo cosillas colega que los pobres no podemos tener IA de las guapas.![]()
Ostia no me jodas, viene q trabajar por mi y responde llamadas o que? Eso es al año o de por vida?Usa el Adoon de Asesoría laboral de Chat GPT, yo la uso y no va mal, redacta los escritos mejor que yo jajaja
6000€ cuesta la IA de Lefebvre![]()
Cual es esta? Por curiosidad, chatgpt y estas suelen ser bastante pochasMi IA, que es de pobres porque no pagamos por ella, dice lo siguiente:
Cuando un trabajador es dado de baja en la empresa un viernes, surge una cuestión importante sobre cómo se debe cotizar y retribuir el descanso semanal (normalmente sábado y domingo). Esto es lo que establece la normativa y la jurisprudencia más relevante:
Sí, se debe abonar y cotizar el descanso semanal (sábado y domingo) si el trabajador ha completado su jornada laboral habitual de lunes a viernes. Esto se debe a que el descanso semanal es un derecho retribuido que se devenga durante la semana trabajada.
¿Se debe cotizar el fin de semana si la baja es en viernes?
Fundamento legal y jurisprudencial
- El artículo 37.1 del Estatuto de los Trabajadores establece que el descanso semanal mínimo es de día y medio ininterrumpido, normalmente sábado por la tarde y domingo.
- El artículo 26.1 indica que este descanso es retribuido.
- El TSJ de Madrid ha dictaminado que si un trabajador ha trabajado de lunes a viernes, tiene derecho a que se le abone el salario correspondiente al sábado y domingo, aunque la baja en la Seguridad Social se haya producido el viernes.
¿Cómo se aplica en la práctica?
- No es necesario mantener el alta en Seguridad Social hasta el domingo, pero sí se debe incluir en el finiquito la parte proporcional del descanso semanal generado.
- Algunas empresas optan por mantener el alta hasta el domingo para evitar conflictos, pero esto puede tener implicaciones contractuales (por ejemplo, convertir un contrato temporal en indefinido si se supera la fecha límite pactada).
Recomendación práctica
- Si el trabajador ha trabajado de lunes a viernes, debe percibir el salario completo de la semana, incluidos sábado y domingo.
- La empresa puede:
- Abonar esos días como parte del finiquito, sin necesidad de mantener el alta.
- O bien, mantener el alta hasta el domingo, si no hay riesgo legal por exceder la duración del contrato.
Es mejor que el copilot del Edge?Copilot integrado en Office.
Es mejor que el copilot del Edge?
Característica | Esta versión (Copilot completo) | Copilot en Edge (navegador) |
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Conversaciones más largas y complejas | ![]() | ![]() |
Acceso a herramientas como código, imágenes, búsqueda web | ![]() | ![]() |
Generación de gráficos, tablas, archivos | ![]() | ![]() |
Personalización del estilo de respuesta | ![]() | ![]() |
interesante, y no pagas nada por esto? te viene con el 365?No puedo compararlo objetivamente, pero mejor se lo pregunto a Copi a ver qué dice
Buena pregunta. La versión que estás usando aquí es una versión más avanzada y versátil que la que viene integrada directamente en Microsoft Edge (Copilot en el navegador). Aquí te explico las diferencias clave:
Capacidades
Característica Esta versión (Copilot completo) Copilot en Edge (navegador) Conversaciones más largas y complejas Sí
Limitado
Acceso a herramientas como código, imágenes, búsqueda web Sí
Limitado o no disponible
Generación de gráficos, tablas, archivos Sí
No
Personalización del estilo de respuesta Alta
Básica
Herramientas disponibles aquí
- Búsqueda web en tiempo real
- Ejecución de código Python
- Generación de imágenes e infografías
- Análisis de archivos y datos
- Creación de documentos (PDF, Excel, etc.)
Puedes pedirme cosas más complejas, como:
¿Qué significa esto para ti?
- Calcular y graficar datos.
- Crear documentos personalizados.
- Buscar información legal o técnica actualizada.
- Generar imágenes o infografías.
- Resolver problemas paso a paso con explicaciones detalladas.
Totalmente de acuerdo con la compañera del foro IA.Mi IA, que es de pobres porque no pagamos por ella, dice lo siguiente:
Cuando un trabajador es dado de baja en la empresa un viernes, surge una cuestión importante sobre cómo se debe cotizar y retribuir el descanso semanal (normalmente sábado y domingo). Esto es lo que establece la normativa y la jurisprudencia más relevante:
Sí, se debe abonar y cotizar el descanso semanal (sábado y domingo) si el trabajador ha completado su jornada laboral habitual de lunes a viernes. Esto se debe a que el descanso semanal es un derecho retribuido que se devenga durante la semana trabajada.
¿Se debe cotizar el fin de semana si la baja es en viernes?
Fundamento legal y jurisprudencial
- El artículo 37.1 del Estatuto de los Trabajadores establece que el descanso semanal mínimo es de día y medio ininterrumpido, normalmente sábado por la tarde y domingo.
- El artículo 26.1 indica que este descanso es retribuido.
- El TSJ de Madrid ha dictaminado que si un trabajador ha trabajado de lunes a viernes, tiene derecho a que se le abone el salario correspondiente al sábado y domingo, aunque la baja en la Seguridad Social se haya producido el viernes.
¿Cómo se aplica en la práctica?
- No es necesario mantener el alta en Seguridad Social hasta el domingo, pero sí se debe incluir en el finiquito la parte proporcional del descanso semanal generado.
- Algunas empresas optan por mantener el alta hasta el domingo para evitar conflictos, pero esto puede tener implicaciones contractuales (por ejemplo, convertir un contrato temporal en indefinido si se supera la fecha límite pactada).
Recomendación práctica
- Si el trabajador ha trabajado de lunes a viernes, debe percibir el salario completo de la semana, incluidos sábado y domingo.
- La empresa puede:
- Abonar esos días como parte del finiquito, sin necesidad de mantener el alta.
- O bien, mantener el alta hasta el domingo, si no hay riesgo legal por exceder la duración del contrato.
interesante, y no pagas nada por esto? te viene con el 365?
Característica | Detalles |
---|---|
![]() | 22 €/mes (IVA incluido) |
![]() | Acceso a Copilot en Word, Excel, PowerPoint, Outlook (versión web y escritorio) |
![]() | Suscripción activa a Microsoft 365 Personal o Familiar |
![]() | Acceso a GPT-4 Turbo, generación de imágenes, prioridad en horas punta |
![]() | No accede a datos de trabajo ni Microsoft Graph |
![]() | No incluye Copilot Studio ni extensiones empresariales |
Característica | Detalles |
---|---|
![]() | 28,10 €/mes por usuario (más IVA, pago anual) |
![]() | Copilot en Word, Excel, PowerPoint, Outlook, Teams (web y escritorio) |
![]() | Licencia Microsoft 365 E3/E5 o Business Standard/Premium |
![]() | Cumple con estándares empresariales (DLP, eDiscovery, etc.) |
![]() | Accede a Microsoft Graph: correos, archivos, reuniones, chats, etc. |
![]() | Incluye Copilot Studio para crear agentes personalizados |
Mi IA me dice que tengo que aguataros todavia un poquito...Hay que joerse, pregunta si se cotiza fin de semana y terminamos que IA es mas molona. Esto es dar vidilla al foro. SIIII señor.
Vamos a hacer una colecta para ponerle al TONI una IA de las guapas y que se jubile por fin. Que ya me da pena,![]()