A vueltas con las empleadas de hogar

FERNANDO

Miembro conocido
Han subido el SMI, y hay que actualizar a las empleadas de hogar. Y la coña de siempre: ampliada: para hacer la rectificación, resulta que me obligan a poner si lka señora es externa o interna. Y, claro, si pongo interna, pueda pagar SMI prorrateado, pero, claro, me pueden decir que, al dormir en la casa, hay que pagar especie. Mandan cojones. si pongo externo, a los 7,43 euros por hora. Pero, hay más en mi caso; cuando marco externa o interna, me cuenta como nuevo contrato y resulta que el empresario se acogió a la jubilación activa al 100% en el periodo de tiempo que permitieron tener a una empleada de hogar a cargo para cobrar dicho 100% n lugar del 50%. Ahora temo que, al cambiar a la empleada de hogar y poner nuevo contrato, le vayan a retirar el 50% restante al autónomo.

Estoy de la Yolanda Díaz y de la TGSS hasta los mismísimos. Me alegro del escrache que le hicieron los de Frente Obrero a esa arpía.
 

Nikki_sp

Miembro conocido
a las empleadas de hogar y convenios ppr debajo smi les cae bien la señora diaz. Es lo que tiene vivir en españistan
 

AFG

Miembro
A la Seguridad Social, para cobrar la Pensión en Jubilación Activa, lo único que quiere es que se tenga un empleado en Alta.
Da igual el tiempo de jornada, puede ser a tiempo parcial y no dice cuantas horas ha de trabajar.
Tampoco exige que sea la misma trabajadora.
Yo he cambiado la trabajadora y no he tenido ningún problema
Me dijeron que conectan con la Tesorería y siempre tiene que haber alguien de Alta
 

Nikki_sp

Miembro conocido
nunca entendere esa parte de la ley que desvincula trabajador de la actividad economica con jubilacion activa
 

Saralaboral2

Miembro activo
Fernando y resto por si os sirve
Esto nos lo dijo un director del TGSS
1- Si haces alta por Sistema Red
Externo , igual mensual
Interno, se abona salario por horas

2- sede electrónica, Tu Importas.
2.1 Régimen interno o externo, no se refiere a las horas sino si duerme o no.
2.2 Le vas a pagar por horas? Pagas por horas o mensual, es lo que determina la base.
 

Saralaboral2

Miembro activo
Tengo una pregunta, porque he evitado en pagar especie, pernocta, ...
Y ahora tengo un caso de pernocta, como valoráis el importe? No se si indicar 100 euros sino la base se incrementa mucho.
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver si me aclaro: yo pago mensualmente una cantidad. Por tanto, pago mensual. Y todas son externas (ninguna duerme).
 

Saralaboral2

Miembro activo
A ver si me aclaro: yo pago mensualmente una cantidad. Por tanto, pago mensual. Y todas son externas (ninguna duerme).
Si, lo que él nos quería dar a entender que los conceptos de s.red y sede electrónica son diferentes, lo que da confusión.
Que no se entiende, bueno si para marear el personal.
 

Argi

Miembro conocido
¿Pero si la subida del SMI no afecta al tramo de cotización es necesario actualizar datos?
 

msalem

Miembro
buenas, este documento lo pasó un compañero en este foro hace un tiempo y a mi me aclaró muchas cosas sobre los externos e internos y es lo que sigo ahora como la biblia;)
 

Archivos adjuntos

  • REV seg social 2021.pdf
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PEDRO

Miembro conocido
Fernando y resto por si os sirve
Esto nos lo dijo un director del TGSS
1- Si haces alta por Sistema Red
Externo , igual mensual
Interno, se abona salario por horas

2- sede electrónica, Tu Importas.
2.1 Régimen interno o externo, no se refiere a las horas sino si duerme o no.
2.2 Le vas a pagar por horas? Pagas por horas o mensual, es lo que determina la base.
Saralaboral, el régimen interno y externo no se refiere a si duerme o no. Va referido a la retribución del empleado.
 

SHGOROEL

Miembro conocido
En Red no pone nada de internos... Pone "Trabajador por horas régimen externo": que sólo es para los de tiempo parcial y sólo hay que indicar si o no. Y es sí si trabaja por horas, y no cuando no trabaja por horas y entiendo que la retribución es proporcional al SMI.
 

msalem

Miembro
Interesante msalem. Lo malo es que es de Vizcaya, y yo soy de Barcelona.
bueno Fernando, a mi me queda aún mas lejos que soy de las palmas de gran canaria :D... pero supongo que los criterios de lo que debe entenderse por internos y externos sean iguales para todos, o al menos deberían de ser así. A más aún, en un escrito que tuve que presentar en la Administración de mi provincia para acreditar porque pagaba un salario u otro en un tema de empleadas de hogar, adjunte este archivo para justificar lo que se le estaba pagando a una trabajadora en función de si era interna o externa, no sé si le hicieron mucho caso pero ahí que lo presenté;)... no recuerdo que compañero fue el que nos lo pasó en el foro pero a mi me ayudó bastante.
 

Saralaboral2

Miembro activo
Saralaboral, el régimen interno y externo no se refiere a si duerme o no. Va referido a la retribución del empleado.
Es la explicación que nos dio el director de Hospitalet, para que entiendaramos que los conceptos cambiaba si lo hacíamos desde SRed o sede electrónica.
 

msalem

Miembro
Es que de verdad, lo de la regulación de los empleados del hogar está hecha de p... pena, vamos .... como para que no la entienda ni Dios:mad:
 
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