Audiencia Nacional: aplicación 6,5% incremento salarial Convenio estatal atención dependencia

BELEN

Miembro conocido
Los míos desde enero empezaron a pagar un 2,5% a cuenta...les convencí. Ahora supongo que querrán esperar a que sea firme y no se recurra....no sé cómo está el tema.
 

PEDRO

Miembro conocido
Pues sí, habrá que estar al tanto si la sentencia es firme o no, aunque no se yo si tendrá mucho mas curso la cosa.
 

Argi

Miembro conocido
¿6,5% a cuenta convenio a la espera que se publiquen las tablas o lo pondréis en el salario base?
 

PEDRO

Miembro conocido
¿6,5% a cuenta convenio a la espera que se publiquen las tablas o lo pondréis en el salario base?
Entiendo que al igual que ocurre con las revisiones salariales en todo convenio se actualizarán todos los conceptos con el porcentaje.
 

PEDRO

Miembro conocido
En las fecha que estamos, entiendo que si las asociaciones empresariales no han anunciado recurso, la sentencia ya es firme y por lo tanto ya podemos proceder a liquidar los atrasos.
¿Qué opináis vosotros?. Lo digo porque hablé con un cliente y me dice que espere para liquidar los atrasos, que no tiene dinero. Le he respondido que no es cuestión de su voluntad, si no desde cuando sea firme la sentencia, la cual si no es recurrida habría que paga atrasos ahora en junio y liquidar cotizaciones en julio.
 

PEDRO

Miembro conocido
yo pondría un cuenta convenio y esperaría a publicación de tablas.
¿Vosotros creéis que vana publicar las tablas? Para eso tendrían que reunirse sindicatos y patronal, y está que en el momento que hay una sentencia sería de obligado cumplimiento.
 

PEDRO

Miembro conocido
¿Vosotros creéis que vana publicar las tablas? Para eso tendrían que reunirse sindicatos y patronal, y está que en el momento que hay una sentencia sería de obligado cumplimiento.
Me contesto a mi mismo, dado que como no leo así "me luce el pelo" de bien. Acabo de leer la sentencia y en el fallo dispone:

- Suscribir e instar la publicación de las tablas salariales correspondientes al ejercicio de 2022 con base en lo dispuesto en dicho precepto convencional.

Por lo que entiendo que hay que hacer los que publicáis, poner un a cuenta convenio y esperar a que sean publicadas las tablas para el pago de los atrasos y liquidación de las cotizaciones.
 

VILA100

Miembro conocido
En las fecha que estamos, entiendo que si las asociaciones empresariales no han anunciado recurso, la sentencia ya es firme y por lo tanto ya podemos proceder a liquidar los atrasos.
¿Qué opináis vosotros?. Lo digo porque hablé con un cliente y me dice que espere para liquidar los atrasos, que no tiene dinero. Le he respondido que no es cuestión de su voluntad, si no desde cuando sea firme la sentencia, la cual si no es recurrida habría que paga atrasos ahora en junio y liquidar cotizaciones en julio.
Otra opción es esperar y lo peor que puede pasar es el 20 % sobre las cotizaciones… (los atrasos deben pagarse igualmente ) si no tiene dinero….es una forma de financiación (cuando no hay otra mejor)
salu2
 

PEDRO

Miembro conocido
Otra opción es esperar y lo peor que puede pasar es el 20 % sobre las cotizaciones… (los atrasos deben pagarse igualmente ) si no tiene dinero….es una forma de financiación (cuando no hay otra mejor)
salu2
Estuve leyendo la sentencia y dispone en el fallo que se publiquen nuevas tablas, así que voy a esperar a que lo hagan para liquidar las diferencias de salarios y por ende de las cotizaciones.
 

BELEN

Miembro conocido
Estuve leyendo la sentencia y dispone en el fallo que se publiquen nuevas tablas, así que voy a esperar a que lo hagan para liquidar las diferencias de salarios y por ende de las cotizaciones.
y es de esperar que sea la publicación de las tablas las que marquen la fecha de control para pagar los atrasos sin recargo
 

BELEN

Miembro conocido
Yo en cualquier caso voy a ver si ahora les convenzo para comenzar a poner el A cuenta de convenio en el 6,5% y así ir evitando atrasos si se retrasa la publicación de las tablas
 
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