Tronchacadenas
Miembro conocido

La Audiencia Nacional obliga a patronales a reconocer el incremento salarial del 6,5% para trabajadoras de Dependencia
La Audiencia Nacional ha dictado una sentencia por la que da la razón a CCOO y obliga a...
Entiendo que al igual que ocurre con las revisiones salariales en todo convenio se actualizarán todos los conceptos con el porcentaje.¿6,5% a cuenta convenio a la espera que se publiquen las tablas o lo pondréis en el salario base?
Muuuchas gracias, no la encontabamos, vamos a leerla, merci de nuevo
¿Vosotros creéis que vana publicar las tablas? Para eso tendrían que reunirse sindicatos y patronal, y está que en el momento que hay una sentencia sería de obligado cumplimiento.yo pondría un cuenta convenio y esperaría a publicación de tablas.
Así lo he hecho yoyo pondría un cuenta convenio y esperaría a publicación de tablas.
Me contesto a mi mismo, dado que como no leo así "me luce el pelo" de bien. Acabo de leer la sentencia y en el fallo dispone:¿Vosotros creéis que vana publicar las tablas? Para eso tendrían que reunirse sindicatos y patronal, y está que en el momento que hay una sentencia sería de obligado cumplimiento.
Otra opción es esperar y lo peor que puede pasar es el 20 % sobre las cotizaciones… (los atrasos deben pagarse igualmente ) si no tiene dinero….es una forma de financiación (cuando no hay otra mejor)En las fecha que estamos, entiendo que si las asociaciones empresariales no han anunciado recurso, la sentencia ya es firme y por lo tanto ya podemos proceder a liquidar los atrasos.
¿Qué opináis vosotros?. Lo digo porque hablé con un cliente y me dice que espere para liquidar los atrasos, que no tiene dinero. Le he respondido que no es cuestión de su voluntad, si no desde cuando sea firme la sentencia, la cual si no es recurrida habría que paga atrasos ahora en junio y liquidar cotizaciones en julio.
Estuve leyendo la sentencia y dispone en el fallo que se publiquen nuevas tablas, así que voy a esperar a que lo hagan para liquidar las diferencias de salarios y por ende de las cotizaciones.Otra opción es esperar y lo peor que puede pasar es el 20 % sobre las cotizaciones… (los atrasos deben pagarse igualmente ) si no tiene dinero….es una forma de financiación (cuando no hay otra mejor)
salu2
y es de esperar que sea la publicación de las tablas las que marquen la fecha de control para pagar los atrasos sin recargoEstuve leyendo la sentencia y dispone en el fallo que se publiquen nuevas tablas, así que voy a esperar a que lo hagan para liquidar las diferencias de salarios y por ende de las cotizaciones.