Ayuda en interpretación BNR 04-2024

IronicBCN

Miembro
Sere breve,, la redacción es penosa,, para infundir una vez mas..miedo con su ambiguedad, son unos terroristas en sus comunicados...siempre asustando..y lo peor es que lo saben.. entre el redactado de las altas y el redactado de las practicas curriculares, extracurriculares etc.. nos tendremos que fumar unos canutillos para hacer flow....
 

IVO

Miembro activo
Yo entiendo que se van a poder hacer las altas y bajas durante todo el mes de abril y el siguiente hasta confimarse los SS pero los efectos seran desde el dia que se mecaniza no? por lo que igualmente habria que pedir pro CASIA que pongan en plazo los efectos del alta o baja
 

MarLo

Miembro conocido
Yo entiendo que se van a poder hacer las altas y bajas durante todo el mes de abril y el siguiente hasta confimarse los SS pero los efectos seran desde el dia que se mecaniza no? por lo que igualmente habria que pedir pro CASIA que pongan en plazo los efectos del alta o baja
No, precisamente la intención es evitar que mandes casia, aceptando la fecha que pones... pero... iría fuera de plazo igual. El motivo: liberar funcionario y liberar espacio en servidores (como bien explicó Cachilipox) para otros menesteres (intercambio info con AEAT)
 

EstefaníaMJ

Miembro conocido
No, precisamente la intención es evitar que mandes casia, aceptando la fecha que pones... pero... iría fuera de plazo igual. El motivo: liberar funcionario y liberar espacio en servidores (como bien explicó Cachilipox) para otros menesteres (intercambio info con AEAT)
Sin olvidar que recaudan con ello.
 

IVO

Miembro activo
No, precisamente la intención es evitar que mandes casia, aceptando la fecha que pones... pero... iría fuera de plazo igual. El motivo: liberar funcionario y liberar espacio en servidores (como bien explicó Cachilipox) para otros menesteres (intercambio info con AEAT)
pero la coletilla de que no modifica los efectos de las altas y bajas...
 

bombero

Miembro
Os remito la respuesta de la Dirección Provincial de la TGSS a la consulta del Colegio de Graduados Sociales de Aragón que nos han remitido por correo electrónico:

Estimados compañeros/as,

Os remitimos contestación que nos han enviado desde la Dirección Provincial de la TGSS, en relación a nuestra solicitud de aclaración al contenido del último Boletín de Noticias RED 04/2024:

Los plazos para comunicar las altas y las bajas no se modifican: Las altas siguen siendo previas y las bajas tienen 3 días naturales para presentarlas. no se modifican tampoco los efectos de las altas y bajas, ni de las presentadas en plazo ni de las presentadas fuera de plazo.

Lo único que se cambia a partir de abril es que hasta ahora para la presentación fuera de plazo había 60 días, y ahora se deja hasta la confirmación de la liquidación. No obstante, si se ha consolidado la liquidación, pero nos encontramos dentro del mes de plazo reglamentario, se puede reabrir la liquidación, anotar el dato, y volver a presentar la liquidación. Solo en el caso de que ya hubiera transcurrido el plazo reglamentario de presentación de liquidaciones debería solicitarse por CASIA.



Esperando que la información sea de vuestro interés, recibid un cordial saludo,


La Comisión de Asuntos Profesionales.




COLEGIO OFICIAL DE GRADUADOS SOCIALES DE ARAGON
 

EstefaníaMJ

Miembro conocido
Os remito la respuesta de la Dirección Provincial de la TGSS a la consulta del Colegio de Graduados Sociales de Aragón que nos han remitido por correo electrónico:

Estimados compañeros/as,

Os remitimos contestación que nos han enviado desde la Dirección Provincial de la TGSS, en relación a nuestra solicitud de aclaración al contenido del último Boletín de Noticias RED 04/2024:

Los plazos para comunicar las altas y las bajas no se modifican: Las altas siguen siendo previas y las bajas tienen 3 días naturales para presentarlas. no se modifican tampoco los efectos de las altas y bajas, ni de las presentadas en plazo ni de las presentadas fuera de plazo.

Lo único que se cambia a partir de abril es que hasta ahora para la presentación fuera de plazo había 60 días, y ahora se deja hasta la confirmación de la liquidación. No obstante, si se ha consolidado la liquidación, pero nos encontramos dentro del mes de plazo reglamentario, se puede reabrir la liquidación, anotar el dato, y volver a presentar la liquidación. Solo en el caso de que ya hubiera transcurrido el plazo reglamentario de presentación de liquidaciones debería solicitarse por CASIA.



Esperando que la información sea de vuestro interés, recibid un cordial saludo,


La Comisión de Asuntos Profesionales.




COLEGIO OFICIAL DE GRADUADOS SOCIALES DE ARAGON
Muchísimas gracias, ahora si, ya lo he entendido por fin.
 

IronicBCN

Miembro
Sigo pensando que esta pijada....esta mal explicada... como de costumbre, tanto tiempo perdido para semejante incapacidad de comunicación
 

MarLo

Miembro conocido
Sigo pensando que esta pijada....esta mal explicada... como de costumbre, tanto tiempo perdido para semejante incapacidad de comunicación
y tanto... "el actual plazo de 60 días que existe para la presentación de altas y bajas fuera de plazo" a ver... :rolleyes:
 

MarLo

Miembro conocido
Han vuelto a hacer la gran jaimitada. Hoy en el mismo mensaje de fecha 25/06/2024 han puesto un añadido para no tener que hacer dos aclaraciones seguidas, y ya entonces, no lo han mejorado mucho más..., o sí, o ya no sé... 🙃

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Tronchacadenas

Miembro conocido
Bueno aunque entran en un bucle espaciotemporal infinito yo me lo guiso yo me lo como que no soy capaz de entender donde quieren llegar, al menos hacen mencion al "plazo reglamentario", asunto que creo que ya tenemos claro que no existe ninguna variación
 

CC2019

Miembro activo
Pero vamos a ver, entonces entiendo que va a ser exactamente como hasta ahora, si se hace pasado el día del comienzo de la prestación de servicios el alta saldrá con fecha de efectos ese día y fuera de plazo, no?
 

PEDRO

Miembro conocido
Existe la posibilidad de hacer un CTP con caracter retroactivo, los tres primeros días de cada mes y refenciarlos al mes anterior desde el día 1. Como dices, es una herramienta muy útil para caterings con eventos, yo la uso, documentándolo en el contrato y notificándolo al trabajador. Es un movimiento en plazo y correcto no sancionable que aparece en Boletines red
Marlo, una duda, el sistema permite las variaciones como dices hacerlas los 3 primeras días del mes siguiente con efectos del día 1 del anterior, pero ¿Te lo permite hacer con otro fecha mas adelante?
Me refiero a que tengo que hacer una variación de un coeficiente con fecha del 09-05-24 e iba a esperar al 1 de junio ¿Te lo permite el sistema? ¿Es fuera de plazo?
 
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