buenas tardes, al hilo del contrato de relevo, tengo el siguiente caso: se va a suscribir un contrato de relevo con una persona que se encuentra dada de alta y cotizando en la Mutualidad de la Abogacía por lo que no estaría dada de alta en el sistema de seguridad social. Al no figurar en alta en seguridad social, el Sepe la reconoce como inscrita como demandante de empleo y asi lo acredita mediante certificado donde figura como desempleada. A pesar de estar en alta, cotizando y ejerciendo como abogada en su propia mutualidad, cumpliría el requsito para la suscripcion del contrato de relevo, teniendo así el certificado del Sepe que la reconoce como desempleada?
Me crea dudas que el ET habla de persona desempleada y en la teoría esta persona figura inscrita y segun sepe desempleada, pero siendo muy puristas esta persona muy desempleada no está. Es más, se da el caso que ha hecho algun trabajo como abogada para esta misma empresa, emitiendole sus facturas con retención.... y puede llegar a darse la circunstancia que, en el supuesto de que opten por esta persona, figure en el modelo 190 del mismo ejercicio con clave G y clave A, ......no canta esto un poco??
gracias de antemano