SIgNIFER dijo:
Black Mamba dijo:
El problema es que si de primeras lo pongo como 32 y exento, puede haber errores, no? En el manual pone que es un concepto incluido.
Estoy de acuerdo. 0032 solo esta previsto para ser 0032I no para 0032E
Creo que sería mejor no incluir EL PLUS DE TRANSPORTE por el que no se cotizó, en el primer CRA enviado y luego, hecha la liquidación complementaria, enviar la rectificación del CRA con 0032I y tipo actuación C.
Salvo mejor opinión.
Saludos
Efectivamente, el 032 no lo puedes poner como exento.
No incluirlo..., en principio en el CRA tienes que incluir todo (cotice o no, se esté en topes o no, se cotice por tarifa plana o no, etc, es decir, todo, todo, eso sí, procurando codificar correctamente cada concepto, indicando si cotiza o no, etc).
¿No podrías incluirlo ya en el CRA que presentas ahora como 032 y luego eso ya será consistente con la liquidación complementaria de diciembre que acabarás presentando y en la que ya lo harás cotizar?
Por cierto, y volviendo a diciembre pasado y respecto a conceptos como el plus transporte, ¿que harás? ¿qué haréis?, ¿cotizar la parte proporcional del importe menusal (1/3)? ¿el impotete total mensual? ¿únicamente por los días en que efectivamente lo ha devengado y comprendidos dentro del periodo del 22 al 31 de diciemebre?
Obviamente, lo que indiques en el CRA también deberá ser coherente con eso (lo comento por si te planteas incluirlo ya en el CRA mejor que vayas pensando en el tratamiento que le vas a dar cuando presentes la liquidación complementaria de diciembre.
Saludos