CRA DUDAS

Sergei

Miembro conocido
Supongo que iran adaptando el tema para que salga una especie de tc2 con el listado de lo declarado (si tuvieran dos dedos de frente).
El caso que yo tengo dos envíos del mismo período diferentes y los dos con el ok del envío... A ver si recibo alguna notificación adicional
 

shg

Miembro
Black Mamba dijo:
Por cierto... tengo casos en los que todavía no he cotizado el plus de transporte de diciembre, puesto que tengo plazo hasta mayo. Al ser un concepto exento en aquel momento lo pondríais con código 50?? (Gastos Locomoción). Luego, al hacer los atrasos de cotización lo miraría de cambiar por el 32 (Plus de transporte y distancia).

A mi modo de ver, 32 en ambos casos, solo que el primero (dic) exento y el segundo (atrasos) no exento.
 

signifer

Miembro
Sergei dijo:
Me acaban de llegar las respuestas de los envíos del día 24...

Una cosa que me descoloca:

Hace unos días hice el envío de alguna empresa en pruebas para comprobar si daba error y me dio todo correcto. El caso es que anteayer volvía a hacer el envío pero con todas las empresas (incluidas las ya enviadas) sin indicar que fueran complementarias ni nada y me ha venido la respuesta del CRA sin errores.
En esa situación no debería dar un error el segundo envío puesto que no he indicado que fuese complementario? O pasa como los de cotización que los "machaca" y se dan por no enviados los anteriores?


Saludos

Cuando lleva el campo tipo de actuación en blanco y se vuelve a enviar algo ya enviado, da por hecho que es un tipo de actuación M.

Del Boletín RED 03-14

En los envíos ordinarios, normales, y primeras transmisiones de cada concepto retributivo, el indicador de TIPO DE ACTUACIÓN debe ir en blanco. Con el objeto de posibilitar la corrección de importes remitidos y que deban regularizarse posteriormente, se han creado los indicadores M, B y C en el campo TIPO DE ACTUACIÓN:
o Indicador M –Modificación-: Permite modificar el importe comunicado previamente. Su anotación implicará la sustitución del importe existente hasta ese momento por el nuevo comunicado.
El mismo resultado se obtendrá si, habiendo enviado información de un concepto retributivo abonado, se remite uno nuevo sin contenido en el indicador TIPO DE ACTUACIÓN.
o Indicador B –Baja o Eliminación-: Permite eliminar el importe comunicado previamente. Su anotación implicará dejar el concepto retributivo abonado sin contenido.
o Indicador C –Complemento-: Permitir complementar el importe comunicado previamente. Su anotación implicará el incremento del importe existente hasta ese momento con el nuevo comunicado, de tal forma que el importe resultante en el correspondiente concepto retributivo abonado será la suma de ambos importes.

Saludos
 

signifer

Miembro
Black Mamba dijo:
El problema es que si de primeras lo pongo como 32 y exento, puede haber errores, no? En el manual pone que es un concepto incluido.

Estoy de acuerdo. 0032 solo esta previsto para ser 0032I no para 0032E

Creo que sería mejor no incluir EL PLUS DE TRANSPORTE por el que no se cotizó,  en el primer CRA enviado y luego, hecha la liquidación complementaria, enviar la rectificación del CRA con 0032I y tipo actuación C.

Salvo mejor opinión.

Saludos
 

Sergei

Miembro conocido
Ok, gracias SIgNIFER.
Entonces modifica lo presentado sin más y vale la última presentación.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
SIgNIFER dijo:
Black Mamba dijo:
El problema es que si de primeras lo pongo como 32 y exento, puede haber errores, no? En el manual pone que es un concepto incluido.

Estoy de acuerdo. 0032 solo esta previsto para ser 0032I no para 0032E

Creo que sería mejor no incluir EL PLUS DE TRANSPORTE por el que no se cotizó,  en el primer CRA enviado y luego, hecha la liquidación complementaria, enviar la rectificación del CRA con 0032I y tipo actuación C.

Salvo mejor opinión.

Saludos

Efectivamente, el 032 no lo puedes poner como exento.
No incluirlo..., en principio en el CRA tienes que incluir todo (cotice o no, se esté en topes o no, se cotice por tarifa plana o no, etc, es decir, todo, todo, eso sí, procurando codificar correctamente cada concepto, indicando si cotiza o no, etc).
¿No podrías incluirlo ya en el CRA que presentas ahora como 032 y luego eso ya será consistente con la liquidación complementaria de diciembre que acabarás presentando y en la que ya lo harás cotizar?

Por cierto, y volviendo a diciembre pasado y respecto a conceptos como el plus transporte, ¿que harás? ¿qué haréis?, ¿cotizar la parte proporcional del importe menusal (1/3)? ¿el impotete total mensual? ¿únicamente por los días en que efectivamente lo ha devengado y comprendidos dentro del periodo del 22 al 31 de diciemebre?
Obviamente, lo que indiques en el CRA también deberá ser coherente con  eso (lo comento por si te planteas incluirlo ya en el CRA mejor que vayas pensando en el tratamiento que le vas a dar cuando presentes la liquidación complementaria de diciembre.

Saludos
 

shg

Miembro
Cierto, la T-84 lo dice bien claro.

El problema es que si se presenta ahora como 32I pero realmente fue excluido de la BC, se estaría cometiendo un error.

El sistema no permite importes negativos, sólo positivos.

Se podría enviar (de la parte de diciembre, y en este caso) el importe 32I a CERO, y una vez hecha la l03, enviar un 32I con importe con indicador C ????

Al indicar C, el sistema SUMA ambos importes, tanto del envío anterior como el nuevo.

Buffff...  :eek: :eek: :eek: :eek: ... no sé ... todavía no he llegado al caso que plantea BlackMamba


A parte de esto, que opináis de?:

- Diferencia de convenio, está claro que va en el 9.

- Paga extra (finiquito) al haber sido informada mes a mes a través del CRA 4, no habría que informarla.

?

Cada vez tengo más dudas ...
 

carloslugo

Miembro activo
acabo de hablar con el servicio tecnico de mi programa de nominas y me indican que las "MEJORAS PREST. SS INCAPACIDAD TEMPORAL" , que se informan con la clave 0055 I , yo les indicaba que no me parecía correcto ya que es un concepto exluido de cotización y por tatno tendría que llevar la clave E , pero ellos me indican que está bien así .
 

signifer

Miembro
carloslugo dijo:
acabo de hablar con el servicio tecnico de mi programa de nominas y me indican que las "MEJORAS PREST. SS INCAPACIDAD TEMPORAL" , que se informan con la clave 0055 I , yo les indicaba que no me parecía correcto ya que es un concepto exluido de cotización y por tatno tendría que llevar la clave E , pero ellos me indican que está bien así .

Creo que estás en lo cierto. Mejora de prestación de IT seria 0055E si se pone 0055I debería generar error, según las especificaciones técnicas.

Saludos
 

signifer

Miembro
Nando_bcn dijo:
SIgNIFER dijo:
Black Mamba dijo:
El problema es que si de primeras lo pongo como 32 y exento, puede haber errores, no? En el manual pone que es un concepto incluido.

Estoy de acuerdo. 0032 solo esta previsto para ser 0032I no para 0032E

Creo que sería mejor no incluir EL PLUS DE TRANSPORTE por el que no se cotizó,  en el primer CRA enviado y luego, hecha la liquidación complementaria, enviar la rectificación del CRA con 0032I y tipo actuación C.

Salvo mejor opinión.

Saludos

Efectivamente, el 032 no lo puedes poner como exento.
No incluirlo..., en principio en el CRA tienes que incluir todo (cotice o no, se esté en topes o no, se cotice por tarifa plana o no, etc, es decir, todo, todo, eso sí, procurando codificar correctamente cada concepto, indicando si cotiza o no, etc).
¿No podrías incluirlo ya en el CRA que presentas ahora como 032 y luego eso ya será consistente con la liquidación complementaria de diciembre que acabarás presentando y en la que ya lo harás cotizar?

Por cierto, y volviendo a diciembre pasado y respecto a conceptos como el plus transporte, ¿que harás? ¿qué haréis?, ¿cotizar la parte proporcional del importe menusal (1/3)? ¿el impotete total mensual? ¿únicamente por los días en que efectivamente lo ha devengado y comprendidos dentro del periodo del 22 al 31 de diciemebre?
Obviamente, lo que indiques en el CRA también deberá ser coherente con  eso (lo comento por si te planteas incluirlo ya en el CRA mejor que vayas pensando en el tratamiento que le vas a dar cuando presentes la liquidación complementaria de diciembre.

Saludos

Desde luego es un problema mandar el CRA con los conceptos que cambiaron sin que en diciembre se hubiese hecho el cambio.

De cara a modificarlo luego, quizá sea aceptable mandar 032I 0 para luego mandar 032I el importe C

Saludos
 

signifer

Miembro
Cómo informaríais un concepto retributivo que llevé incluida la parte proporcional de  las pagas extras?.

En principio el concepto iría a 0001I, pero se me plantea la duda, el programa no lo puede hacer, de que la parte proporcional de paga extra incluida en el concepto tuviese que ir a 0004I.

Creo que esto de los CRA nos va a volver locos.

Saludos
 

Nando_bcn

Miembro conocido
A ver, en nuestro caso ya procuramos presentar la liquidación de diciembre de entrada aplicando ya las novedades en cotización, y ahora el CRA es coherente con esa liquidación (no tenemos plus trasnporte, pero sí, por ej. vales-comida, que sólo hicimos cotizar los realmente devengados del 22 al 31 de diciembre, que no necesariamente es un tercio del importe total mensual, ya que lo vinculamos a jornadas de mañana y tarde realmente trabajadas dentro de ese periodo de 10 días naturales y que en algún caso fue 0).
En ese sentido, lo tenemos ya resuelto (aunque me hubiera venido bien disponer ya entonces del CRA ya que hay cosas que hubiera parametrizado o resuelto de otra manera. Ahora he de cambiar algunas cosas aunque sea para acabar obteniendo el mismo resultado, ya que a efectos de cotización, de momento, no hemos detectado la necesidad de presentar ninguna complementaria)

Ahora, si resulta que me planteo hacer cotizar algo, pero apurando a mayo, vía complementaria (sí, y sin recargo, tal como la propia norma me permite) de diciembre pasado, pero resulta que ahora debo de presentar el CRA y detecto esa incongruencia (ahora tengo claro que tal concepto, al menos una parte de lo liquidado ese mes, cotiza, incluso tengo ya los importes), probablemente pueda hacerlo sin más problemas como indican SIgNIFER (no lo incluyo ahora pero ya enviaré una modificación cuando presente la complementaria) o Black (de momento lo meto por otro concepto y luego, cuando presente la complementaria,  ya lo cambiaré), pero... ¿no es posible hacerlo bien ya de entrada en el CRA que enviaré ahora? ¿Creéis que va a dar error porque automáticamente dectecten una posible incoherencia con las liquidaciones (cotizaciones) presentadas y pendientes aún dd presentar la complementaria???
No se... ,pero no creo que sea algo así tan automático.
¿No es posible informar ya el CRA correntamente de entrada, contando que de aquí a mayo presentaré las oprtunas complementarias y ya todo será coherente?

Pregunto, vaya...
 

signifer

Miembro
Nando_bcn, yo creo que de aquí al 31 de mayo se pongan a comprobar nada.

Mandar ahora  el CRA bien y luego hacer la complementaría sería posible y no tendrían dónde rascar.

Saludos
 

shg

Miembro
Según A3

4)    Si no ha cotizado por el concepto de Plus Transporte en diciembre o en enero, ¿cómo lleva esa información al fichero CRA?
Al no cotizar por este concepto, no traslada nada al fichero CRA. Únicamente aparece la parte que supera el 20% que cotizó en su día.

5)    Como se muestran en el Excel los conceptos parcialmente exentos de cotización, como plus transporte?
En el Real Decreto-Ley 16/2013 indicaba que a partir del 22 de diciembre algunos conceptos, hasta ahora exentos o parcialmente exentos, pasarían a formar parte de la base de cotización (por ejemplo: pluses de transporte y de distancia).
Si usted calculó la nómina de los meses de diciembre y enero sin que esos conceptos formaran parte de la base de cotización, en el listado en Excel verá lo siguiente:
• el concepto con el código CRA 0032 y con la letra E de excluido de la base de cotización,
• y el código CRA 0032 con la letra I de incluido en la base de cotización, en el caso que supere el 20 % del IPREM.
Sin embargo, en el código CRA 0032 la Tesorería General de la Seguridad Social no admite el valor de excluido. En consecuencia, el programa solo rellenará en el fichero CRA la parte incluida.
Si, posteriormente, ha calculado una complementaria por la diferencia de estos conceptos, el programa los recogerá en el fichero CRA del mes de cobro de dicha complementaria.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Si, yo también tengo A3 (y no me vale el cálculo que me hace en diciembre sobre los conceptos que pasaron a cotizar a partir del día 22, ya que en su momento ya informé justo el importe que, con mis medios, calculé que correspondía cotizar por cada uno de esos concetos y por ese periodo, Ahora me prorratea esos importes de forma que sólo me hace cotitzar un tercio), pero, respecto a lo que comentamos ahora (quiero presentar el CRA pero aún no he presentado la liquidación  complementaria por las cotizaciones que me han quedado pendientes), nada te impide que recalcules las nóminas de diciembre a febrero y presentes ya el CRA con todos los conceptos debidamente informados.
Aunque en ese caso, si ya procuras implementar todas las novedades de cotización desde diciembre, de cara a tener el CRA ya, en principio, definitivo, también podrías presentar ya las complementarias, sin necesidad de esperar a mayo.
Pero en fin, allá cada uno. Imagino que mientras se regularice todo de aquí a mayo no habrá problema. Pero yo prefiero ahorrarme ya más trámites, sacarlo todo ahora y si se evidencia alguna incidencia, mejor saberlo ahora, que aún tengo margen.

Saludos
 

shg

Miembro
Para aquellos que no cotizaron en su totalidad el Plus de Transporte (por ejemplo) en diciembre 2013:


- Si la nómina de diciembre 2013 se calculó sin tener en cuenta la cotización del Plus de Transporte en su totalidad, sólo aparecerá en el fichero como 32I la parte que supere el 20% IPREM. Por ejemplo: de un PT de 150 €, sólo figurará en el CRA 43,50 € como 32I, de los 48,39 € que se por los que se tendrían que haber cotizado desde el 22 de diciembre hasta el 31 de diciembre.

150 - (20% IPREM = 106,50 €) = 43,50 € por los que se cotizó.

150 / 31 * 10 = 48,39 € = Por lo que se tendría que haber cotizado.

Lo ven correcto?

A3 sólo rellenará en el fichero CRA la parte incluida, tal y como comentan en uno de sus FAQS.


Por lo tanto, para un PT que no superó el 20% del IPREM, por ejemplo 100 € de PT, A3 no generará nada en el fichero CRA. (según entiendo de la nota que figura en la web).

Una vez hecha la liquidación complementaria, se deberá enviar un CRA por la parte del 22 al 31, esto es según el ejemplo de los 100€ un importe de 32,26 €.-

grrrr me voy a volver loco con el "sin sentido" del 22 de diciembre  :mad: :mad: :mad: :mad: :mad:
 

campus34

Miembro conocido
SIgNIFER dijo:
Sergei dijo:
Me acaban de llegar las respuestas de los envíos del día 24...

Una cosa que me descoloca:

Hace unos días hice el envío de alguna empresa en pruebas para comprobar si daba error y me dio todo correcto. El caso es que anteayer volvía a hacer el envío pero con todas las empresas (incluidas las ya enviadas) sin indicar que fueran complementarias ni nada y me ha venido la respuesta del CRA sin errores.
En esa situación no debería dar un error el segundo envío puesto que no he indicado que fuese complementario? O pasa como los de cotización que los "machaca" y se dan por no enviados los anteriores?


Saludos

Cuando lleva el campo tipo de actuación en blanco y se vuelve a enviar algo ya enviado, da por hecho que es un tipo de actuación M.

Del Boletín RED 03-14

En los envíos ordinarios, normales, y primeras transmisiones de cada concepto retributivo, el indicador de TIPO DE ACTUACIÓN debe ir en blanco. Con el objeto de posibilitar la corrección de importes remitidos y que deban regularizarse posteriormente, se han creado los indicadores M, B y C en el campo TIPO DE ACTUACIÓN:
o Indicador M –Modificación-: Permite modificar el importe comunicado previamente. Su anotación implicará la sustitución del importe existente hasta ese momento por el nuevo comunicado.
El mismo resultado se obtendrá si, habiendo enviado información de un concepto retributivo abonado, se remite uno nuevo sin contenido en el indicador TIPO DE ACTUACIÓN.
o Indicador B –Baja o Eliminación-: Permite eliminar el importe comunicado previamente. Su anotación implicará dejar el concepto retributivo abonado sin contenido.
o Indicador C –Complemento-: Permitir complementar el importe comunicado previamente. Su anotación implicará el incremento del importe existente hasta ese momento con el nuevo comunicado, de tal forma que el importe resultante en el correspondiente concepto retributivo abonado será la suma de ambos importes.

Saludos

Muy buenas,
Una duda.
Cuando indicas: "Cuando lleva el campo tipo de actuación en blanco y se vuelve a enviar algo ya enviado, da por hecho que es un tipo de actuación M."
¿Qué significa?

Es decir, imaginemos que envio una empresa con su CCC. Después envío el CCC incluyendo otros empleados que por ejemplo no incluí en el primer envío o bien incluyo conceptos no incluidos en el primer envío.
¿Se considera que machaca todo el CCC o al ser nuevos conceptos y/o nuevos empleados se supone que lo añade?

Es que tengo que envíar de un CCC dos empleados que no incluí las indemnizaciones y no sé si me machacará todo el CCC o bien me lo añadira.

Muchas gracias
 

signifer

Miembro
campus34 dijo:
SIgNIFER dijo:
Sergei dijo:
Me acaban de llegar las respuestas de los envíos del día 24...

Una cosa que me descoloca:

Hace unos días hice el envío de alguna empresa en pruebas para comprobar si daba error y me dio todo correcto. El caso es que anteayer volvía a hacer el envío pero con todas las empresas (incluidas las ya enviadas) sin indicar que fueran complementarias ni nada y me ha venido la respuesta del CRA sin errores.
En esa situación no debería dar un error el segundo envío puesto que no he indicado que fuese complementario? O pasa como los de cotización que los "machaca" y se dan por no enviados los anteriores?


Saludos

Cuando lleva el campo tipo de actuación en blanco y se vuelve a enviar algo ya enviado, da por hecho que es un tipo de actuación M.

Del Boletín RED 03-14

En los envíos ordinarios, normales, y primeras transmisiones de cada concepto retributivo, el indicador de TIPO DE ACTUACIÓN debe ir en blanco. Con el objeto de posibilitar la corrección de importes remitidos y que deban regularizarse posteriormente, se han creado los indicadores M, B y C en el campo TIPO DE ACTUACIÓN:
o Indicador M –Modificación-: Permite modificar el importe comunicado previamente. Su anotación implicará la sustitución del importe existente hasta ese momento por el nuevo comunicado.
El mismo resultado se obtendrá si, habiendo enviado información de un concepto retributivo abonado, se remite uno nuevo sin contenido en el indicador TIPO DE ACTUACIÓN.
o Indicador B –Baja o Eliminación-: Permite eliminar el importe comunicado previamente. Su anotación implicará dejar el concepto retributivo abonado sin contenido.
o Indicador C –Complemento-: Permitir complementar el importe comunicado previamente. Su anotación implicará el incremento del importe existente hasta ese momento con el nuevo comunicado, de tal forma que el importe resultante en el correspondiente concepto retributivo abonado será la suma de ambos importes.

Saludos

Muy buenas,
Una duda.
Cuando indicas: "Cuando lleva el campo tipo de actuación en blanco y se vuelve a enviar algo ya enviado, da por hecho que es un tipo de actuación M."
¿Qué significa?

Es decir, imaginemos que envio una empresa con su CCC. Después envío el CCC incluyendo otros empleados que por ejemplo no incluí en el primer envío o bien incluyo conceptos no incluidos en el primer envío.
¿Se considera que machaca todo el CCC o al ser nuevos conceptos y/o nuevos empleados se supone que lo añade?

Es que tengo que envíar de un CCC dos empleados que no incluí las indemnizaciones y no sé si me machacará todo el CCC o bien me lo añadira.

Muchas gracias

Con la poca  experiencia práctica que existe ahora mismo es dificil dar una respuesta absolutamente correcta.

Lo importante es que tu programa ya tenga implementado la opción de rectificar CRA ya enciados.

Lo CRA que estamos mandando van con el tipo de actuación en blanco. Los interpreta como un alta de ese CRA para el periodo mandado( diciembre, enero o febrero) y "da de alta" los CRE que van en el envío-

En tu caso mandarías un nuevo CRA que yo entiendo que se podría mandar solo con el nuevo CRE con las indemnizaciones para que sea dado de alta este CRE que no estaba en el primer envio.

Lo que decía de machacar es que si mandas un nuevo CRA con todos los conceptos que ya mandaste con el tipo de actuación en blanco es como si lleva M , para esos conceptos, y los modifica machacándolos. Aunque quedaría igual al ser la misma cantidad ya mandada en el primer envio.

Salvo mejor opinión.

Saludos
 

martel

Miembro
Buenas..........aquí sigo luchando contra este muro que es, por un lado, los ficheros CRA de diciembre, y por otro los ficheros que ha hecho A3 en diciembre:
1) Doy la razón a nuestro compañero, efectivamente a mi me sale el reparto de 1/3 de lo que está incluido, lo vuelvo a repartir¡¡¡¡
106,50 (74,54 estaría sin cotizar y 31,96 seria cotizable al dividirlos entre 30 días), el fichero me sale así:
CRE0032I0000959                                                     
CRE0032E0002237
¿no debería ser I00003196 ??
2) Por que me sale en el fichero el personal que he dado de Baja, por ejemplo, el 02/12/13???, debe estar incluido??? a pesar de que solamente debo enviar los datos desde el 22 de diciembre??? :-\ :-\ :-\ :-\ :-\
 

signifer

Miembro
martel dijo:
Buenas..........aquí sigo luchando contra este muro que es, por un lado, los ficheros CRA de diciembre, y por otro los ficheros que ha hecho A3 en diciembre:
1) Doy la razón a nuestro compañero, efectivamente a mi me sale el reparto de 1/3 de lo que está incluido, lo vuelvo a repartir¡¡¡¡
106,50 (74,54 estaría sin cotizar y 31,96 seria cotizable al dividirlos entre 30 días), el fichero me sale así:
CRE0032I0000959                                                     
CRE0032E0002237
¿no debería ser I00003196 ??
2) Por que me sale en el fichero el personal que he dado de Baja, por ejemplo, el 02/12/13???, debe estar incluido??? a pesar de que solamente debo enviar los datos desde el 22 de diciembre??? :-\ :-\ :-\ :-\ :-\

En mi opinión si se creo sos conceptos separados para diciembre, uno que no cotiza y otro que si y el usuario ya hizo un reparto dl plus, el programa debería llevar la parte cotizada a 0032I y "olvidarse" del concepto no cotizado. Además no es posible un 0032E eso no lo"ampara" la tabla T-84.

Sobre la segunda pregunta. Yo creo que los que acabaron la relación laboral  antes del 22, no deberían aparecer. Pero ya veremos porque ya se ha hablado de que la TGSS parece "opinar" que se debe cotizar "todo" diciembre" según la norma 16-13. Precisamente esta opinión se enfrenta con este problema de los que se dieron de baja antes de la entrada en vigor de la norma. ¿Qué se debe hacer en este caso?

Saludos
 
Arriba