CRA DUDAS

InmaRase

Miembro activo
Jolin, y cuando nos sale un Naf con error, como sabemos donde esta el error??? hay que llamar al sistema red para que nos lo digan o.que, porque yo tengo uno y no.idea vamos, la explicacion podia ser cualquier cosa
 

CUICS

Nuevo miembro
Buenos días!

en mi trabajo nos ha surgido una duda.
Tenemos un concepto en la nómina "ayuda a comedor".
Este concepto sí cotiza pero no se abona en la nómina del trabajador. El trabajador percibe este dinero a través de una empresa dedicada a ayudas de comedor (el típico ticket comedor de toda la vida).

Este concepto debería figura en el fichero CRA?

Muchísimas gracias!!!
 

Nando_bcn

Miembro conocido
CUICS dijo:
Buenos días!

en mi trabajo nos ha surgido una duda.
Tenemos un concepto en la nómina "ayuda a comedor".
Este concepto sí cotiza pero no se abona en la nómina del trabajador. El trabajador percibe este dinero a través de una empresa dedicada a ayudas de comedor (el típico ticket comedor de toda la vida).

Este concepto debería figura en el fichero CRA?

Muchísimas gracias!!!

Yo lo veo como un código 36, como fórmula indirecta de servicio de comedor (vaya, como los vales-comida).

Saludos
 

INMARRHH

Miembro
Buenas tardes,

Alguien sabe que tipo de liquidación hay que indicar para enviar las complementarias de los ficheros CRA?

Muchas gracias !!!
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Desde hace unos días está disponible en la web del Ministerio de Empleo y S.S. una circular o manual que da unas pautas bastante claras respecto al fichero CRA

http://www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/SistemaRed/conceptosretributivosabonadosCRA/index.htm#documentoPDF

Así, a bote pronto, y respecto a la codificación  de conceptos, hay varias cosas que contradicen el criterio que venia aplicando (y que, en algunos casos, se trató en el foro y llegando, al menos mayoritariamente, a la misma conclusión a la que yo habá llegado):

- Vales Comida: no le corresponde el código 36 (Productos Prec. Reb.-Cantin.Comed.Econom) si no el 22, "Manutención y similares"

- Tickets Guardería, que yo estaba codificando como 13 (Ret. en especie no incluída en otros apartados) le correspondería el código 25, como "Ret. Esp. Gastos de estudio y manutneción"

Por otro lado, me ha hecho reparar en una incidencia que al menos se nos da en el caso de usuarios de A3 (aunque verificaré si se trata de algo parametirzable).  Es respecto a las mejoras relativas a prestaciones distintas a la IT.
Si se trata de complementos de IT le corresponde claramente el código 55, pero para mejoras de otras prestaciones será el 56. El caso es que nuestro prgrmam de nómina (A3Nom o A3 Asesor) utiliza el mismo concepto tanto para la propío complemento de IT como el que en nuesto caso tenemos, por ej.para las situaciones de paternidad, maternidad (aunque la prestación sea el 100% de la base reguladoraa, por la existencia de topes, ésta puede ser inferior al salario y nosotros complementamos al 100% del salario). Todo va como compelento de IT, por tanto, codifica esos complementos como 55, aunque se trate de complementos reptativos a otras prestaciones, tal como he comentado. Sí, podemos rectificarlo manualmente, pero sería cuestión de que A3 lo haga bien de entrada (aunque, repito, comprobaré si es algo parametrizable. ¿no os sucede eso al resto de usaurios de A3?)

Saludos
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Efectivamente, Black, opino lo mismo, no acabo de ver esos cirterios en la codificación (lo de gastos de estudio lo veo más como formación del propio empleado, que, a su vez, y en función de una serie de circunstancias, podrá estar exenta o no, pero la guarderia del hijo...).
Y lo de los vales comida igual. Es cierto que inicialmente tambien pensé en codificarlo como  "manutención...", pero luego, creo que en base a lo que alguie comentó en este mismo foro, lo consideré como código 36 ya que en la propia normativa, cuando se hace referencia a las "fórmulas indirectas" (como pueden ser los vales comida) se hace en el mismo apartado en el que se mencionan y los comedores de empresa, cantinas, etc.

Y si, el tema de los complementos en A3 es que todos los mete como 455, sin diferencias a qué prestaciones corresponden, tal como el CRA sí exige.

 
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