DUDA INDEMNIZACIÓN IRPF

PEDRO

Miembro conocido
Primero felicitaros la navidad a todos, espero que estéis disfrutando de la misma. Luego queriao consultaros un caso.
Tengo un cliente que en octubre despidio por causas objetivas a un trabajador, el cual ha vuelto a contratar ahora en navidad para sustituir a otro empleado que se encuentra de baja médica.
La cuestión es que ahora tengo la duda si la empresa tiene la obligación de retenerle ahora por la indemnización por despido, o debo dejarlo como está y que sea el trabajador quien lo haga en la su declaración de la renta.
Como dato informaros que este trabajador estaba a tiempo completo y que el contrato de sustitución que tiene ahora es a tiempo parcial por lo que en caso de tener que retenerle no iba a tener salario de donde detraer.
Gracias.
 

Mafaldasur2

Miembro activo
En la actual interinidad, no pondría indemnización.
Respecto a la reanudación del vínculo tras el despido , será una cuestión tributaria personal del trabajador, si es que hacienda le reclama lo que toque si lo considera des-exento por esta circunstancia.
 

PEDRO

Miembro conocido
Gracias por tu respuesta.
Yo veo el problema en que tanto el despido como la nueva contratación se han producido en el mismo ejercicio y no quiero problemas para mi cliente.
Me refiero a que no quiero recibir un requerimiento donde diga que el obligado a la retención era la empresa por encontrarnos aun en el ejercicio fiscal y le toque pagar y recargos.
Vamos que ocurra como cuando no aplicamos correctamente la retención y el requerimiento y la sanción le llega a la empresa y no al trabajador.
 
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