Pero eso es porque le mantienen las que tenia en 31/12/2022, si ha pagado mas, es lo que estan devolviendo, entiendo yo.Me está pasando con TODOS los que comunicamos MANTENER la Base Superior
Pero eso es porque le mantienen las que tenia en 31/12/2022, si ha pagado mas, es lo que estan devolviendo, entiendo yo.Me está pasando con TODOS los que comunicamos MANTENER la Base Superior
el otro día hice un curso en el colegio de gestores de mi provincia y pregunté sobre esto, me dijeron que se declararía como un ingreso en el año que lo abonen o si tienen que pagar pues como un gasto, es decir que para el año que viene. (No me convenció demasiado..)Y al autónomo que le devuelven, ¿entiendo que se tendrá que rectificar la declaración de la RENTA 2023
Es correcto. En la resolución definitiva ya se dice que optaron por mantener la cotización. Lo que pasa es que la cotización que te dejan mantener no es la que tuvieron de promedio en el 2023, sino la que tenían a fecha diciembre de 2022. Lo que te devuelven es el exceso de cuota entre lo abonado en el 2023 y lo correspondiente a la base de cotizacion de diciembre de 2022Yo acabo de recibir también dos comunicaciones que les devuelven, cuando optaron por mantener la cotización.
a mi tambien...Me está pasando con TODOS los que comunicamos MANTENER la Base Superior
ExactoNo se puede cotizar por encima del tramo. Cuando se habla de renunciar a la devolución y mantener base, se refieren a la que transitoriamente te dejan mantener. Que es la de dic 2022. Entonces, aun así devuelven dinero. Las diferencias entre la base de 2023 y la de diciembre de 2022
Gracias, a mi tampoco me convence pero estaría bien que no mareen másel otro día hice un curso en el colegio de gestores de mi provincia y pregunté sobre esto, me dijeron que se declararía como un ingreso en el año que lo abonen o si tienen que pagar pues como un gasto, es decir que para el año que viene. (No me convenció demasiado..)
Pienso igual, pero tened en cuenta que nosotros lo recibimos como USUARIO RED autorizado, pero ellos si tienen certificado tambien lo reciben y lo abren (porque ya nos ha pasado) ....Texto de una regularización que me ha entrado y que hay que pagar:
Dicho importe podrá ser ingresado en la entidad financiera colaboradora BBVA, sin recargo, hasta el
último día del mes siguiente a aquel en que se notifique la presente resolución, utilizando para ello el
documento de pago que se adjunta.
No los abráis el lunes 31/3( pago límite 30/04); abrirlos el martes 01/04( pago límite 31/05) se gana un mes para pagar y por si hay que recurrir...etc.
Digo yo...
Una pregunta ¿El recurso de alzada suspende el pago? es no miré nada la verdad. Supongo que no, pero es por confirmar con vosotros.Pienso igual, pero tened en cuenta que nosotros lo recibimos como USUARIO RED autorizado, pero ellos si tienen certificado tambien lo reciben y lo abren (porque ya nos ha pasado) ..
pero.... si la abren ellos..... a nosotros no aparece como abierta???? o si no nos lo dicen no nos enteramos????Pienso igual, pero tened en cuenta que nosotros lo recibimos como USUARIO RED autorizado, pero ellos si tienen certificado tambien lo reciben y lo abren (porque ya nos ha pasado) ....
Adjunto Resolución CASSIA en esos términos: (por tanto, se acabó lo del "autónomo que se sube la base a lo que quiera pagar", con los límites que había para todos; AHORA los límites son por "tramo de rendimientos personales")Es correcto. En la resolución definitiva ya se dice que optaron por mantener la cotización. Lo que pasa es que la cotización que te dejan mantener no es la que tuvieron de promedio en el 2023, sino la que tenían a fecha diciembre de 2022. Lo que te devuelven es el exceso de cuota entre lo abonado en el 2023 y lo correspondiente a la base de cotizacion de diciembre de 2022
Te refieres a la que tiene actualmente?Alguien sabe si los autónomos que le está viniendo que la cotización fue inferior y tienen que pagar más se le actualiza la cuota de oficio? o tenemos que ir actualizando uno a uno todos los autónomos que cotizaban por una base inferior?