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Ponente: García Márquez, Petra.
Nº de Sentencia: 162/2022
Nº de Recurso: 169/2021
Jurisdicción: SOCIAL
Diario La Ley, Nº 10045, Sección Jurisprudencia, 7 de Abril de 2022, Wolters Kluwer
ECLI: ES:TSJCLM:2022:69
14 min
Se reconoce a un camionero autónomo la contingencia laboral de un infarto sufrido durante una ruta internacional
ACCIDENTE LABORAL. AUTONOMO. Incapacidad temporal. Contingencia derivada de accidente de trabajo. Infarto de miocardio cuando el trabajador autónomo, transportista, se encontraba realizando las funciones propias de su profesión, en el tiempo y lugar de prestación de la misma. Inaplicación en el RETA de la presunción de laboralidad. Evidencia de efectiva conexión entre el infarto y el trabajo realizado por cuenta propia, pues la conducción de un camión, en si misma considerada, supone una actividad de claro estrés, máxime cuando se realiza llevando a cabo rutas internacionales, en las que se invierten prolongados periodos de tiempo, lo que acarrea irregularidades en la realización de las actividades cotidianas. No se desvirtua por el hecho de que en el accionante concurriesen factores de riesgo acumulados a través del tiempo, puesto que si ello no es obstáculo para la apreciación de la existencia de la contingencia profesional en el caso de trabajadores por cuenta ajena, tampoco lo deberá ser en los casos de trabajadores por cuenta propia.
El TSJ Castilla La Mancha estima el recurso de suplicación interpuesto por el trabajador, revoca la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de Ciudad Real y declara que el proceso de incapacidad temporal deriva de accidente de trabajo condenando a las entidades gestoras a tal declaración y a sus consecuencias.