Información de 901

FERNANDO

Miembro conocido
Y hoy he acabado hasta los cojones de informar datos de autonomos. Lo hago por actividades red y pongo fecha uno de marzo, que es la que me deja. Ojito: si una empresa tiene varias actividades, todas se informan..... Cágate.
 

PEDRO

Miembro conocido
Gestión varias actividades RETA.. Indicas TROE 2 colectivo 524 (miembro órgano admón SL o SA).
Ya pero eso para los RETA, no para las sociedades.
Efectivamente por esa opción debemos anotar todas las actividades de los mismos, pero el sistema no tiene implementado para hacerlo para las empresas ¿O estoy confundido?
 

PEDRO

Miembro conocido
La empresa lo haces por modificación de empresas y allí indicas las personas vinculadas.
Si, si, eso estoy haciendo. Revisando los datos por modificación de empresas y vinculando a los RETA. Luego reviso estos por declaración de actividades y les grabo todas.
Gracias Fernando
 

FERNANDO

Miembro conocido
Y, claro, las de antes de 1-1-2023 con la fecha que te deje. Nada de casias. Eso sí, si una empresa tiene varias actividades, se informarn tantas comot tenga.
 

Inma.2

Miembro conocido
Hoy he llamado al 901, sobre la duda si se han de incluir todos los socios o solamente los RETA en el fichero de personas vinculadas, y una vez me han dicho que sólo los autónomos y otra que todos los socios (sean o no autónomos).:cool:

seguimos....
 

MarLo

Miembro conocido
Hoy he llamado al 901, sobre la duda si se han de incluir todos los socios o solamente los RETA en el fichero de personas vinculadas, y una vez me han dicho que sólo los autónomos y otra que todos los socios (sean o no autónomos).:cool:

seguimos....
hombre... a quien se le ocurre llamar dos veces preguntando lo mismo... 😅 es broma...
 

IVO

Miembro activo
Y, claro, las de antes de 1-1-2023 con la fecha que te deje. Nada de casias. Eso sí, si una empresa tiene varias actividades, se informarn tantas comot tenga.
Si una empresa tiene varias actividades ¿las actividades las registras a traves de gestion de actividades de los socios?
Y otra preguunta ¿Alguien sabe como se puede conocer las actividades de autonomos ya comunicadas? O podemos repetir la comunicacion al no acordarnos de lo que hayamos comunicado?
 

PEDRO

Miembro conocido
He puesto un casia para por dudas y no me han contestado, esto es un dolor pasan de todo. A vosotros si me aclaráis algo.

1. Los socios que no está de alta en el RETA ¿Se graban o no?
2. Hay un apartado donde debe indicar si tiene atribuciones de DIRECCIÓN y GERENCIA, para luego preguntar mas adelante prueba en CONTRARIO, y ahí te indica que debes informar SI cuando se pretenda aportar prueba en contrario de control efectivo de la sociedad aludiendo a lo dispuesto por el art. 305 b) o e) de la LGSS. familiares, participaciones superiores a la tercera parte etc...
No entiendo nada, si estoy grabando los datos de una persona que está de alta en el RETA será porque cumple con los requisito del 305, porque si digo que NO tiene control efectivo ¿Que se refiere a los asimilados?
 

FERNANDO

Miembro conocido
1.- Yo no los grabo. Ya me los pedirán
2.- Es cuando puedes probar que, a pesar de tener un 33% de acciones, no tiene control efectivo. Es decir, siempre has de decir no.
3.- Así es, a los asimilados. Ye tengo uno en una empresa y lo he grabado así. PEro en mi caso el tipo es administrador con un 1% de acciones.

A ver, si hilamos tan fijo, al final no haremos nada. Yo ya he pasado todos los datos. Y en lo que dudo, como en TGSS no me van a contestar son seguriudad, utilizo el sentido común.

Por ejemplo: que la sociedad titne acciones de una empresa, pues yo pongo a la persona física que tiene control sobre dicha sociedad. Y punto.
 

PEDRO

Miembro conocido
1.- Yo no los grabo. Ya me los pedirán
2.- Es cuando puedes probar que, a pesar de tener un 33% de acciones, no tiene control efectivo. Es decir, siempre has de decir no.
3.- Así es, a los asimilados. Ye tengo uno en una empresa y lo he grabado así. PEro en mi caso el tipo es administrador con un 1% de acciones.

A ver, si hilamos tan fijo, al final no haremos nada. Yo ya he pasado todos los datos. Y en lo que dudo, como en TGSS no me van a contestar son seguriudad, utilizo el sentido común.

Por ejemplo: que la sociedad titne acciones de una empresa, pues yo pongo a la persona física que tiene control sobre dicha sociedad. Y punto.
Gracias por responder Fernando, pero me ha llegado una respuesta de CASIA a varias consultas que hice la semana pasada, y la verdad la valoré con 1 porque es que se no aclaran nada. Mira lo que me responden por el tema de anotar a los socios:
CONSULTA CASIA:
Les preguntaba por si tenia que anotar a los socios. Esta fue la respuesta:

En la base de datos de personas vinculadas a la empresa se registrará la información de aquellas personas físicas o jurídicas vinculadas a la empresa o por su condición de socio o comunero. Un saludo.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Nada. Solo citan lo que dice el BNR. De hecho, no tienen ni idea.

A mí en los casias me dicen que siempre ponga la persona física. Cada uno dice lo que le da la gana.
 

PEDRO

Miembro conocido
Tienes toda la razón Fernando, estoy revisando la Disp. Transitoria Única del Real Decreto 504/2022 y entiendo que solo se graban administradores y/o socios, QUE TRABAJEN, nada dicen de quien sea un mero socio.
Y es que en el BNR 1/2023 (pagina 14) dice:
Por otra parte, para dar cumplimiento a lo establecido en el RD 504/2022, las comunicaciones que deben realizarse respecto de la condición de administrador, consejero o apoderado, o respecto del porcentaje de acciones o participaciones de los socios de las empresas colectivas, que pasen a tener la condición de trabajadores por cuenta propia o autónomos, se deberán realizar en una nueva base de datos asociada con la anterior –BASE DE DATOS DE PERSONAS VINCULADAS-, incardinada en el Fichero General de Afiliación.

A la vista de lo mismo los socios no entran pero si los administradores y socios que estén de alta.
 
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