LIQUIDACIONES ENERO 2024

fundación

Miembro conocido
Se ha realizado la actualización de las liquidaciones de la recaudación 02/2024
para adecuar las bases de cotización a lo establecido en la Orden PJC/281/2024,
de 27 de marzo, por la que se modifica la Orden PJC/51/2024, de 29 de enero.
.
Tal y como indica PJC/281/2024, estas diferencias podrán ser ingresadas
hasta el último día del mes siguiente a aquel en el que la Tesorería General
de la Seguridad Social comunique la actualización de las liquidaciones de
cuotas afectadas. Por ello, y una vez se ha comunicado la actualización de las
liquidaciones, el plazo para ingresar finalizará el último día del mes de
noviembre de 2024, por lo que ya pueden obtener el correspondiente documento
de ingreso. Finalizado dicho plazo sin que haya tenido lugar el ingreso,
se generará la correspondiente deuda.
.
El ingreso de dichas diferencias se debe realizar mediante el documento de
ingreso TC1/31 que se puede obtener mediante el servicio "Consulta de deudas
y obtención de documento de pago" disponible en la Sede Electrónica de la
Seguridad Social y la oficina virtual del sistema RED.
.
Recordamos que para el pago de estas diferencias no se van a efectuar cargos
en cuenta ni es posible pagar con el boletín electrónico previsto para plazo
reglamentario, solo se puede efectuar a través del mencionado TC1/31. Debe
tenerse en cuenta que este servicio ofrece información de las liquidaciones
de cuotas pendientes de ingreso en función del periodo de liquidación por lo
que, en este supuesto, dichas liquidaciones de cuotas tendrán el mismo periodo
de liquidación que la inicial que se ha actualizado, aunque podrán figurar con
un nº de liquidación diferente, en función de las actuaciones que se hayan
realizado en los sistemas de información de la TGSS.
.
También se recuerda que los ingresos por transferencia o tarjeta, conforme a
lo dispuesto en el Reglamento General de Recaudación, se entenderán realizados
en la fecha en que los fondos tengan entrada en la cuenta de destino del
ingreso, por lo que se recomienda realizar los ingresos antes del día 30 de
noviembre para evitar la aplicación de recargos por ingresar fuera de plazo.
 

yujurl

Miembro
Hola comentar, que las que veo que no entran por siltra son las que no hay bases implicadas, no lo he comprobado al 100% pero son en las que los trabajadores implicados en la rectificación son de los que no hay que enviar base (ej. becarios)

Tambien decir que solo han generado los de Enero, tengo regularizaciones de febrero que no han generado los pagos todavia.

Sergio
 

fundación

Miembro conocido
Por Siltra también me han entrado estos últimos meses unos casos de 2022 sin bases implicadas, solo situaciones, ej. una revisión por alcance de edad de jubilación, y una modificación que habían puesto pago directo en una reincorporación tras agotamiento de baja.
 

MarLo

Miembro conocido
Hola comentar, que las que veo que no entran por siltra son las que no hay bases implicadas, no lo he comprobado al 100% pero son en las que los trabajadores implicados en la rectificación son de los que no hay que enviar base (ej. becarios)

Tambien decir que solo han generado los de Enero, tengo regularizaciones de febrero que no han generado los pagos todavia.

Sergio
Mi idea sobre los de enero que no entran por siltra pero sí están en sistema red, son por cantidad a reclamar... son cantidades muy pequeñas de céntimos o que en el mayor de los casos, no llega a los dos euros. Pero la bala (la diferencia a favor de TGSS) está ahí en la recámara. Es mejor darle un repaso y pulir que no dejar algo pendiente que pueda joder más adelante alguna bonificación/ayuda
 
Última edición:

MarLo

Miembro conocido
vaya, acabo de ver que ha entrado por siltra una comunicación oficial

1730247193071.png

la que ha subido @fundación

dando de plazo para todo lo de enero hasta el 30 de noviembre, y un listado de las empresas con la regularización pendiente. por fin un poco de orden!

y yo a apurar a la gente de la que ya me había entrado el aviso a finales de septiembre para que pagasen antes de que acabase este mes
🤪
 
Última edición:

yujurl

Miembro
Por Siltra también me han entrado estos últimos meses unos casos de 2022 sin bases implicadas, solo situaciones, ej. una revisión por alcance de edad de jubilación, y una modificación que habían puesto pago directo en una reincorporación tras agotamiento de baja.
Si si, efectivamente, me refiero al caso de la regularizacion de enero y feb 2024

Sergio
 

yujurl

Miembro
vaya, acabo de ver que ha entrado por siltra una comunicación oficial

Ver el archivos adjunto 3713

la que ha subido @fundación

dando de plazo para todo lo de enero hasta el 30 de noviembre, y un listado de las empresas con la regularización pendiente. por fin un poco de orden!

y yo a apurar a la gente de la que ya me había entrado el aviso a finales de septiembre para que pagasen antes de que acabase este mes
🤪
Por cierto, apuntar que en este listado solo aparecen las de enero (y L13 de enero y febrero), pero tengo llegadas por Siltra de febrero que no aparecen en listado y que tampoco tienen generado la carta de pago

Sergio
 

BELEN

Miembro conocido
vaya, acabo de ver que ha entrado por siltra una comunicación oficial

Ver el archivos adjunto 3713

la que ha subido @fundación

dando de plazo para todo lo de enero hasta el 30 de noviembre, y un listado de las empresas con la regularización pendiente. por fin un poco de orden!

y yo a apurar a la gente de la que ya me había entrado el aviso a finales de septiembre para que pagasen antes de que acabase este mes
🤪
y yo...ya tienen los recibos hace 10 días jjjjjj
 
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