llaves local estando de baja médica

Caslaboral

Miembro conocido
Buenas

Qué opináis de exigir y presionar a un empleado para que devuelva las llaves del local mientras está en una baja que se prevé larga? Hay base para hacerlo o puede ser más problemático para la empresa que otra cosa?

Yo me decanto más por problemas pero nose...
 

MarLo

Miembro conocido
Buenas

Qué opináis de exigir y presionar a un empleado para que devuelva las llaves del local mientras está en una baja que se prevé larga? Hay base para hacerlo o puede ser más problemático para la empresa que otra cosa?

Yo me decanto más por problemas pero nose...
quizás las palabras que empleas no son las más adecuadas 😊 de presionar nada de nada...yo veo razonable un burofax solicitando amablemente la devolución de las llaves: Si hay suspensión del contrato y el trabajador tiene materiales y herramientas u objetos que son de estricto uso profesional, veo posible la reclamación de los mismos
 

Caslaboral

Miembro conocido
quizás las palabras que empleas no son las más adecuadas 😊 de presionar nada de nada...yo veo razonable un burofax solicitando amablemente la devolución de las llaves: Si hay suspensión del contrato y el trabajador tiene materiales y herramientas u objetos que son de estricto uso profesional, veo posible la reclamación de los mismos
Yaya, pero es lo que destilaba la explicación que me hicieron sobre el tema hahaha por eso solo veía problemas. Si enviado el burofax se sigue negando que hacemos? Vamos a ser claros, la trabajadora quiere el despido, se lo dijo claramente antes de coger la baja, nos negamos, baja por depresión. Está haciendo un pulso y coaccionando porque quiere el paro para vivir la vida...
 

Nana

Miembro conocido
Yaya, pero es lo que destilaba la explicación que me hicieron sobre el tema hahaha por eso solo veía problemas. Si enviado el burofax se sigue negando que hacemos? Vamos a ser claros, la trabajadora quiere el despido, se lo dijo claramente antes de coger la baja, nos negamos, baja por depresión. Está haciendo un pulso y coaccionando porque quiere el paro para vivir la vida...
mandad el burofax y poned todas las herramientas a su disposición, tipo, te mandamos un mensajer para que ni tengas que salir de casa. Si sigue sin hacer caso, reclamadlos incluso vía judicial; una cosa es estar malo y otra impedir que por tu baja medica no se pueda realizar tu trabajo. Y si pasa tu cliente de movidas, cambio de cerradura y listo

Tema pulso empresa, tenéis pruebas de ese deseo navideño de pasar al paro? Si sí, hablad con la mutua claramente para que estén sobre aviso; tuvimos un caso hace 6-7 meses de una empleada que hizo lo mismo, y encima denunció a la ITSS por un retraso de 3 días en el pago de la extra :ROFLMAO:,
 

Caslaboral

Miembro conocido
mandad el burofax y poned todas las herramientas a su disposición, tipo, te mandamos un mensajer para que ni tengas que salir de casa. Si sigue sin hacer caso, reclamadlos incluso vía judicial; una cosa es estar malo y otra impedir que por tu baja medica no se pueda realizar tu trabajo. Y si pasa tu cliente de movidas, cambio de cerradura y listo

Tema pulso empresa, tenéis pruebas de ese deseo navideño de pasar al paro? Si sí, hablad con la mutua claramente para que estén sobre aviso; tuvimos un caso hace 6-7 meses de una empleada que hizo lo mismo, y encima denunció a la ITSS por un retraso de 3 días en el pago de la extra :ROFLMAO:,
Nos lo ha dicho ella y su abogada que ha contratado desde que está de baja, ahora solo nos comunicamos con ella, obviamente nada explícito por escrito... Pero bueno, no la vamos a echar, y menos estando de baja...
 

MarLo

Miembro conocido
A veces no es malo tener un abogado por el medio cuando se entra en situaciones como esta. Yo la carta se la enviaría a la abogada, en plan, "mira, esto es lo que se va a enviar a la trabajadora si no entrega las llaves..." las llaves no tardarían mucho en aparecer.

"Estimada empleada X: Desde el pasado día tal en el que ha quedado de baja por IT con suspensión del contrato de trabajo, no ha puesto a disposición de la empresa las llaves que abren tal y cual cosa. Al ser material exclusivo de trabajo no deberán estar en su poder el tiempo que dure su IT. En el caso de que no se nos hiciese entrega de las llaves o no nos indicase la forma y lugar en el que podamos recogerlas, nos veremos obligados, por motivos de seguridad, a cambiar la cerradura y sacar duplicados de llaves, todo ello por valor según presupuesto adjunto de 600 € que podrían serle reclamados, además de incurrir en una falta disciplinaria muy grave por quedarse material de trabajo que conlleva una sanción de XXX días de empleo y sueldo. Esperando pueda entender el motivo de esta notificación etc..."
 

Caslaboral

Miembro conocido
Reabro este tema, que opinais de contratar un medico privado para que realize una evaluacion del empleado (para ver si esta fingiendo la baja o no basicamente, pero sin decirlo asi) y que con eso podamos o no recurrir a inspeccion medica? Lo veis factible? Hay jurisprudencia a favor?
 

MarLo

Miembro conocido
Reabro este tema, que opinais de contratar un medico privado para que realize una evaluacion del empleado (para ver si esta fingiendo la baja o no basicamente, pero sin decirlo asi) y que con eso podamos o no recurrir a inspeccion medica? Lo veis factible? Hay jurisprudencia a favor?
Échale un ojo a este artículo, tiene algunas aportaciones interesantes:


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.Pérdida de complementos it o mejoras de convenio.
 
Última edición:

africallora

Miembro conocido
Opino que sería ilegal. Si acaso, a un investigador privado para que observe si se pasa el día levanatando pesas en un gimnasio o pintando la casa, en vez de recuperándose o, por lo menos, intentándolo, haciendo vida sedentaria.
En general, solo se le puede oblgar -no engañar- a un chequeo médico:
Art. 22. 1 PRL
«previo informe de los representantes de los trabajadores, en los supuestos en los que la realización de los reconocimientos sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores o para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para el mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa o cuando así esté establecido en una disposición legal en relación con la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad».

Sin prejuicio de los otros supuestos que aparecen en el.
 

toni

Miembro conocido
Que me decis del articulo 20.4 del ET?

4. El empresario podrá verificar el estado de salud del trabajador que sea alegado por este para justificar sus faltas de asistencia al trabajo, mediante reconocimiento a cargo de personal médico. La negativa del trabajador a dichos reconocimientos podrá determinar la suspensión de los derechos económicos que pudieran existir a cargo del empresario por dichas situaciones
 

toni

Miembro conocido
Y sentencia:

Verificación del estado médico del trabajador: Interpretación jurisprudencial del derecho a la no discriminación, integridad física, intimidad y dignidad personal.

El precepto citado ha sido examinado por la STS, Nº 62/2018, de 25 de enero de 2018. ECLI: ES:TS:2018:481, que confirmó SAN, Nº 114/2016, de 27 de junio de 2016. ECLI: ES:AN:2016:2633, extrayendo los siguientes extremos:

- Se enmarca dentro de las facultades de dirección y control de la actividad laboral que le corresponden al empresario como titular de la empresa, conforme a las reglas generales del art. 20 ET.


- La norma, de forma expresa (art. 20.3 ET), incluye dentro de este posible control el respeto las exigencias de la buena fe y el respeto a los derechos de los trabajadores, esencialmente, todos aquellos relacionados con la salvaguarda de su intimidad y la consideración debida a su dignidad.

- La potestad que otorga al empresario el art. 20.4 ET consiste en verificar del estado de salud del trabajador "mediante reconocimiento a cargo de personal médico", sin establecer restricción alguna salvo el respeto a los derechos básicos de los trabajadores en la relación de trabajo que recoge el art. 4.2 ET.


- En relación al control y supervisión del estado de salud de los trabajadores ha de serse especialmente respetuosa con el derecho a la no discriminación, a la integridad física, a la intimidad y a la dignidad personal.
 

africallora

Miembro conocido
Que me decis del articulo 20.4 del ET?

4. El empresario podrá verificar el estado de salud del trabajador que sea alegado por este para justificar sus faltas de asistencia al trabajo, mediante reconocimiento a cargo de personal médico. La negativa del trabajador a dichos reconocimientos podrá determinar la suspensión de los derechos económicos que pudieran existir a cargo del empresario por dichas situaciones

Pues que se podría aplicar @toni , pero es que el susudicho esta ya de IT , prescrito por un médico, osea que me da que no...
 

toni

Miembro conocido
Pues que se podría aplicar @toni , pero es que el susudicho esta ya de IT , prescrito por un médico, osea que me da que no...
Si que puede, el 20.4 faculta a la empresa que si no se fia de esa baja, vamos que si cree que la esta simulando para no trabajar, puede hacerle un control con un medico privado. Entra dentro del control empresarial, ademas avalado por sentencias. Desconozco si hay alguna posterior modificando el criterio.
 

africallora

Miembro conocido
Si que puede, el 20.4 faculta a la empresa que si no se fia de esa baja, vamos que si cree que la esta simulando para no trabajar, puede hacerle un control con un medico privado. Entra dentro del control empresarial, ademas avalado por sentencias. Desconozco si hay alguna posterior modificando el criterio.

Pero habla solo absentismo laboral -no estando ya de IT- y, a mi entender, se suscribe solo a eso. Por supuesto, podría ser que me equivoque, pero así lo interpreto. ..
«El empresario podrá verificar el estado de salud del trabajador que sea alegado por este para justificar sus faltas de asistencia al trabajo, mediante reconocimiento a cargo de personal médico. (...)»
 

toni

Miembro conocido
Pero habla solo absentismo laboral -no estando ya de IT- y, a mi entender, se suscribe solo a eso. Por supuesto, podría ser que me equivoque, pero así lo interpreto. ..
«El empresario podrá verificar el estado de salud del trabajador que sea alegado por este para justificar sus faltas de asistencia al trabajo, mediante reconocimiento a cargo de personal médico. (...)»
Hay lo tienes...

Ademas, porque puede meterle un detective para ver si se va al gym como dices y no puede hacerle un "chequeo"?
 

africallora

Miembro conocido
. El empresario podrá verificar el estado de salud del trabajador que sea alegado por este para justificar sus faltas de asistencia al trabajo, mediante reconocimiento a cargo de personal médico.
Pero, toni, lo mollar o medular del contexto, es lo que está subrrayado. ¿no lo ves así tú también?..
 

africallora

Miembro conocido
Si me contestas algo, luego te intento responder o dar la razón, toni, me entra una llamada urgente ahora. Desconecto ;)
 
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