MÁS SOBRE LA REFORMA

Raquel GR

Miembro activo
Hombre, lo de encaje de bolillos, es una expresión, que para nada pretende desmerecer a quien es capaz de hacerlos, yo no.
No creo que nadie haya tenido esa intención.

Cuando digo que sentido tiene que se limite su voluntad? me refiero a eso, que parece que va en dar más "margen" al empresario en su empresa, por lo que no tendría sentido que limitaran su capacidad para llegar a un acuerdo que no perjudica a nadie, más bien beneficia.

No te enfades, hombre!!

Que aquí estamos adelantándonos y mucho y luego igual nos caemos con toda la caballería, yo la primera.
 

BSK

Miembro activo
Raquel GR dijo:
Hombre, lo de encaje de bolillos, es una expresión, que para nada pretende desmerecer a quien es capaz de hacerlos, yo no.
No creo que nadie haya tenido esa intención.

Cuando digo que sentido tiene que se limite su voluntad? me refiero a eso, que parece que va en dar más "margen" al empresario en su empresa, por lo que no tendría sentido que limitaran su capacidad para llegar a un acuerdo que no perjudica a nadie, más bien beneficia.

No te enfades, hombre!!

Que aquí estamos adelantándonos y mucho y luego igual nos caemos con toda la caballería, yo la primera.

Raquel, yo contigo no me voy a enfadar nunca, eso que quede claro.

Lo que si que no trago es con las injusticias, vengan de dónde vengan, y esto repito, no es una injusticia, es una CANALLADA. No se si nos caeremos o no con toda la caballería, lo que si se es que esta situación se produce por culpa de los que trincan, por culpa de los banqueros, por culpa de los defraudadores mayores, por los de los paraísos fiscales, por los que no pagan I.S., por los que no pagan IVA, también por los trabajadores que cobran el paro mientras trabajan, que sin querer disculparlos y mostrando mi repulsa, obviamente eso es pecata minuta respecto al movimiento de las macro cifras, y ¿a quien le recortan sus derechos?, al trabajador, al pensionista, al jubilado, al funcionario, educación, sanidad etc.. y esta Reforma Laboral no es otra cosa que el intento de que paguemos todos la factura dejada por los que trincan, los banqueros, los defraudadores mayores, los de los paraísos, los del i.s, los del iva, etc... y que ellos sigan manteniendo el estatus, eso es obvio y flagrante, ¿qué esta reforma laboral creará empleo?, pues a lo mejor dentro de tres años, según dice Mariano, lo creará, y será el día en que los trabajadores ya habremos pagado la factura de los que he citado, y habrá un marco legal favorable a los mismos, eso si, sin capacidad de decir "ni mu", tremendo. Por cierto, ¿alguien se ha parado a pensar (imagino que si) que esta Reforma abre una puerta perversa respecto a los convenios y los salarios?, teniendo en cuenta que cabe la gran posibilidad de que se denuncien todos los convenios y, casualmente, no se llegue a acuerdo alguno para crear nuevos ¿Qué pasa si mueren los convenios sectoriales?, nos vamos a los provinciales, ¿y si mueren los provinciales?, nos vamos a los nacionales ¿y si mueren los nacionales?, nos vamos al Estatuto de los Trabajadores, correcto, ¿Y SI EL EMPRESARIO DECIDE NO HACER CONVENIO DE EMPRESA, QUÉ SALARIO COBRARÍAN TODOS LOS TRABAJADORES DE ESPAÑA?.... RESPUESTA:  SMI. Faltan DOS AÑOS para eso, aunque Rosell el de la CEOE que ya se habrá dado cuenta de eso se ha dado prisa en decir que lo de los 2 años de espera le parece mucho, que se den prisa y lo cambien, junto con lo del derecho de huelga, normal, han abierto la barra libre y están que no se lo creen, y Mariano sigue poniéndoles copas. Imagino que el Gobierno cerrará la puerta, imagino.
 

Iker

Miembro
Hola a todos,

Creo que finalmente no sabemos si debido a la desaparición del despido "express", se debe de acudir, como mínimo, a conciliación o si, por el contrario, con la carta de despido ofreciendo la indemnización correspondiente es suficiente.

Me gustaría que se fuesen colgando las experiencias propias.

Gracias
 

FERNANDO

Miembro conocido
Vamos a ver, si no existen salarios de trámite en despido improcedente, no hace falta consignar nada. Si vas a pagar lo mismo.
 

Iker

Miembro
FERNANDO dijo:
Vamos a ver, si no existen salarios de trámite en despido improcedente, no hace falta consignar nada. Si vas a pagar lo mismo.

Obviamente, Fernando, pero en mi caso el despido "express", en supuestos de improcedencia no discutible me venía de perlas al evitar ir al SMAC y perder toda la mañana. A esto habría que añadirle, que con el actual sistema de igualas en asesoría se hace muy costoso traspasar al cliente de cuota nuestros justos honorarios por otros conceptos como el citado.
Supongo que como a mi a la gran mayoría de compañeros.

De todos modos, hoy leyendo un artículo publicado en el país por Antonio Bermudez de Cuatrecasas, viene a exponer que tras la reforma laboral surgen dudas sobre sobre las posibilidades de llegar a acuerdos privados (y sobre sus efectos fiscales) sin esperar a la conciliación administrativa o en su caso a juicio. Termina diciendo que esas dudas quizás deberían solventarse tras el trámite parlamentario.
 

Iker

Miembro
Hola de nuevo a todos,

Pues ya tengo delante de la mesa el primer despido.

En principio lo despidiré de forma disciplinaria por bajo rendimiento voluntario en el trabajo, y le ayudaré a preparar la documentación para presentar en el SMAC la papelta de conciliación, allí reconoceremos la improcedencia y le pagaremos la indemnización  que le hubieramos pagado mañana si no fuera por esta puñetera reforma.

Veis algún problema en el INEM??

Teneis alguna experiencia al respecto de éstos días??

Gracias
 

manolo

Miembro activo
Tengo un caso parecido, trabajadora que coge una baja medica, empresario que se cabrea porque de una gripe pasamos a una depresion, carta de despido disciplinario  por bajo rendimiento, la intencion es pagar, de hecho si esto pasa hace un mes, le hubieramos consignado la idemnizacion, pero ya no , esperaremos a que nos llegue la carta con la citacion al SMAC y alli supongo que llegaremos al acuerdo de pagarle, ya os contare.
 

archilla

Nuevo miembro
Pregunta tanto para Iker como para Manolo:

¿os habeis planteado, aunque sea remotamente, que no os "dejen" conciliar porque ya no se puede "reconocer" la improcedencia sino que ésta debe ser declarada y que a posteriori de indemnizar el demandante acuda al juzgado y el juez DECLARE la improcedencia del despido y considere vuestra "indemnizacion" no como una indemnizacion sino como un intento de freno para acudir al juzgado?

Es una empanada mental, que me lleva rondando... no os riais por favor, pensad un poco y escribid luego si os parece
 

Iker

Miembro
Sinceramente esa duda me asalta la cabeza desde hace tiempo. De hecho, si lees todo el post verás que es una de las hipótesis que planteo. Reconozco que sería absurdo porque colapsaríamos el sistema judicial, pero ésto es España para bien o para mal.

Sinceramente, supongo que en conciliación no debería de haber problemas.

Saludos
 

manolo

Miembro activo
La verdad es que me extrañaria mucho que tras llegar a un acuerdo indemnizatorio empresa-trabajador firmando ambas partes en prueba de conformidad y maxime con el letrado conciliador delante, un juez pueda tirarlo para atras,
 

manolo

Miembro activo
Me autocito de un comentario anterior:

"Pues recien llegado de unas jornadas sobre la reforma laboral impartidas por un catedratico de la Universidad de Murcia, la conclusion es que no va a haber ningun problema para conciliar un despido en el SMAC, es mas, si hubiera algun tipo de acuerdo extrajudicial con el trabajador éste tampoco podria denunciar posteriormente, con todo mirad lo que viene a decir el art. 19 de la reforma:
"No será de aplicación el resarcimiento por el Fondo de Garantía Salarial en las extinciones que hayan sido declaradas como improcedentes, tanto en conciliación administrativa o judicial como mediante sentencia".
 

Raquel GR

Miembro activo
Claro, es que si no... que me digan para que la conciliación...

Finalmente también me he apuntado a unas jornadas, nunca me gusta porque nunca me aclaran las dudas que yo personalmente tengo, pero bueno...preguntaré mis duditas y me vendré con las mismas, pero bueno es un buen profesional el que va a dar la jornada y no está mal ver que opinión tiene, siempre se te puede encender algún farolillo.
 

DAVIDIRU

Nuevo miembro
a ver entiendo que si se puede pagar la indemnizacion al trabajador pero es aconsejable un acto de conciliacion para no tener problemas con el fisco por la exencion de tributacion de la indem.eso nos ha dicho sempere navarro en una charla reciente
 

DAVIDIRU

Nuevo miembro
si no se puede reconocer la improcedencia en el acto de conciliacion para que sirve este? pues claro que se puede

saludos

BSK dijo:
Javie dijo:
Archilla,

2 dudas:

a)Pero ese  ofrecimiento debería ser en el Juzgado no? no vale en el smac verdad? pq la improcedencia sólo la puede dictar el juez.

b)Siempre que reconozca el despido en el juzgado como improcedente y abone la indemnización no existen salarios de tramitación verdad?

Graciasss

Vamos a ver porque esto es un tremendo lío.

Los conceptos básicos los voy entiendiendo, se acabó lo de depositar en el juzgado, la empresa no puede reconocer la improcedencia por lo que lo suyo, efectivamente, es plantear un despido por causas objetivas, sea verdad o no, e ir a CONCILIACIÓN primero o dejarlo correr e ir al JUZGADO después pagar la indemnización por improcedente si no podemos demostrar las causas objetivas y se acabó (como no hay salarios de tramitación). Ahora bien, yo tengo preguntas parecidas:

¿PUEDE LA EMPRESA PAGAR LA INDEMNIZACIÓN EN CONCILIACIÓN O TIENE QUE OPONERSE E IR AL JUZGADO?, si la empresa quiere quitarse de encima el tema ¿NO PUEDE PAGAR EN CONCILIACIÓN?.

¿PUEDE ACORDAR LA EMPRESA Y EL TRABAJADOR UN DESPIDO POR CAUSAS OBJETIVAS Y PAGAR 33 DÍAS EN EL MISMO ACTO (con lo cual el trabajador encantado, nadie va al SMAC)?
 

DAVIDIRU

Nuevo miembro
Raquel GR dijo:
Volveré a leerlo todo de nuevo, porque ...

Si te lo van a declarar como improcedente, para que hacer un despido objetivo?, otra cosa es que subas indem y se llegue a acuerdo de que no te va a denunciar y resarcirse de los 8 días del FOGASA, insisto, situación que ya se daba antes.

Entiendo que cuando se refieren a que "se elimina el despido espress" se están refiriendo a cuando se iba a consignar y demás, porque carece de sentido al no haber salarios de tramitación, pero es que no veo el problema en seguir haciéndolo pero sin consignar, me lo vuelvo a mirar todo, porque ya no se...

si segun el gobierno se elimina el despido express en de consignacion en el juzgado por haberse eliminado la autorizacion administrativa y darle a la empresa esa capacidad de aplicarlo lo mismo con el despido express. la empresa puede darle al trabajador la indemnizacion
 

archilla

Nuevo miembro
DAVIDIRU dijo:
si segun el gobierno se elimina el despido express en de consignacion en el juzgado por haberse eliminado la autorizacion administrativa y darle a la empresa esa capacidad de aplicarlo lo mismo con el despido express. la empresa puede darle al trabajador la indemnizacion

No llego a entender qué quieres decir y si hay alguna pregunta entre medias... ¿Entiendes lo que has escrito DAVIDIRU?
 

FERNANDO

Miembro conocido
La indemnización se puede pagar, claro. Pero mejor hacer un pacto extintivo firmado entre las partes y punto.
 
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