No es obligatorio comunicar rendimientos netos, en todos los casos, antes del 31/10/2023

MarLo

Miembro conocido
Jolín te los ha trabajado y bien, pero el problema está en que ni las administraciones se aclaran ellas. Como os he comentado en Oviedo me llamaron desde la propia administración y me dijeron que había que presentar declaración si o si para todo el mundo. Por contrato fíjate en Raquelcs a ella le llega un correo de su administración coincidiendo con lo que tu expones.
El caso es que yo ya he realizado un montón de comunicaciones, vamos que si la final no es necesario hacerlo en aquellas personas cuyas bases sean superiores a sus rendimientos netos he trabajado para nada, o la menos me he pegado la "pechada". Espero que luego no de problemas auqnue no veo en que dado que solo es una declaración, pero ya no me fio de nada, no me inspiran confianza.
No vas a tener problemas, pero cómo tú dices... cuando hay dudas, nos ponen a trabajar... para ellos es lo más fácil y a nosotros nos va la salud en ello
 

PEDRO

Miembro conocido
No vas a tener problemas, pero cómo tú dices... cuando hay dudas, nos ponen a trabajar... para ellos es lo más fácil y a nosotros nos va la salud en ello
Pues ahora por cabezonería lo presento todo, he estado tomando datos y calculando así que a la porra, lo presento todo. Es que he sacado los datos de todo los autónomos porque los he ido llamando pro si querían o no modificar la base en marzo, ya ahora esto, si son superiores las bases que los rendimientos no hay problema.
gracias por el apunte Marlo, muy trabajado.
 

PEDRO

Miembro conocido
No te rías Toni, que no me he tirado horas sacando datos, llamando por teléfono, y ahora estos memos que no hace falta en determinados casos. Pues no, ahora lo envío para todo el mundo.
 

toni

Miembro conocido
Nooooo, no me rio, es que me a hecho gracia lo de cabezoneria...
 
Última edición:

Ferinho

Miembro activo
He presentado 3 CASIAS hoy preguntando por tres situaciones distintas que me generan dudas sobre si comunicar o no los RN:

- TARIFAS PLANAS DESDE AÑO 2022
- BONIFICACION CUOTAS REINCORPORACION TRAS MATERNIDAD
- COMUNICAR RN EN LOS CASOS DE BASES CONSOLIDADAS SUPERIORES A 31/12/2022

En los tres casos me han contestado lo siguiente: Todos los trabajadores autónomos SÍ deberán, en cualquier caso, comunicar sus RN antes del 31/10/2023.
 

MarLo

Miembro conocido
He presentado 3 CASIAS hoy preguntando por tres situaciones distintas que me generan dudas sobre si comunicar o no los RN:

- TARIFAS PLANAS DESDE AÑO 2022
- BONIFICACION CUOTAS REINCORPORACION TRAS MATERNIDAD
- COMUNICAR RN EN LOS CASOS DE BASES CONSOLIDADAS SUPERIORES A 31/12/2022

En los tres casos me han contestado lo siguiente: Todos los trabajadores autónomos SÍ deberán, en cualquier caso, comunicar sus RN antes del 31/10/2023.
🤷‍♂️ si quieres pelearles las respuestas, mándales esto de Álava. También sería interesante saber en qué se basan para decirte sí a todo, al menos que te referencien un boletín red, un artículo de algún RD, una disposición transitoria... los de casia son de gatillo rápido y se la pela que estemos criando dioptrías, sino te contestó directamente un chatbot... Por lo menos la nota aclaratoria de Álava va firmada por la directora provincial, (clara y firme la firma de la señora Amaia Palacios Ruiz de Aguirre) . Un casia, desgraciadamente, no lo firma ni dios

1676375175828.png
1676375455674.png
 
Última edición:

PEDRO

Miembro conocido
¿
He presentado 3 CASIAS hoy preguntando por tres situaciones distintas que me generan dudas sobre si comunicar o no los RN:

- TARIFAS PLANAS DESDE AÑO 2022
- BONIFICACION CUOTAS REINCORPORACION TRAS MATERNIDAD
- COMUNICAR RN EN LOS CASOS DE BASES CONSOLIDADAS SUPERIORES A 31/12/2022

En los tres casos me han contestado lo siguiente: Todos los trabajadores autónomos SÍ deberán, en cualquier caso, comunicar sus RN antes del 31/10/2023.
¿Me puedes decir de que administración por favor? porque yo la semana pasada puse un casia y me llamaron desde la administración de Oviedo, y me dijeron como a ti, todos los autónomos deben presentar declaración para el 2023 con independencia de que disfruten la tarifa plana, estén de baja médica o sean colaboradores.
 

PEDRO

Miembro conocido
🤷‍♂️ si quieres pelearles las respuestas, mándales esto de Álava. También sería interesante saber en qué se basan para decirte sí a todo, al menos que te referencien un boletín red, un artículo de algún RD, una disposición transitoria... los de casia son de gatillo rápido y se la pela que estemos criando dioptrías, sino te contestó directamente un chatbot... Por lo menos la nota aclaratoria de Álava va firmada por la directora provincial, . Un casia no lo firma ni dios. Un saúdo

Ver el archivos adjunto 1259
Marlo, yo estoy esperando respuesta desde ayer en que se lo envié. Cuando tenga algo os comento.
Pero fíjate la confusión que hay pues lees la prensa y en La Vedad de Murcia aparece este artículo:

Autónomos dados de alta antes de 2023​

En el caso de los autónomos que ya estuvieran dados de alta antes del 1 de enero de 2023 tendrán que comunicar los rendimientos antes del 31 de octubre. Este es el último día para la comunicación de actividades y, en su caso, participación en sociedades. Este nuevo trámite obligatorio se hace a través del servicio 'Modifica tus datos de trabajo autónomo'. Para acceder debes entrar en el portal Importass y seguir la siguiente ruta: 'Altas, bajas y modificaciones' y 'Modificación de datos de trabajo autónomo'.
Podrás decir que es un artículo de prensa y esta a veces sus artículos son bastante segados.

Pero por contra vas a una página como INFOAUTONOMOS que supuestamente está especializada en el sector y te lees:

Si a 1 de enero de 2023 ya figurabas de alta como autónomo, debes realizar la comunicación de tus rendimientos antes del 31 de octubre de 2023 a través del servicio “Modifica tus datos de trabajo autónomo”.
Y en caso de que tengas que comunicar un cambio de base de cotización, porque tus rendimientos supongan una base de cotización diferente a aquella por la que venías cotizando, tendrás que solicitar dicho cambio y comunicar tu previsión de rendimientos netos anuales, en promedio mensual, antes del 28 de febrero.

A donde vamos ir a parar si esto es todo de lo mas confuso.
 

Ferinho

Miembro activo
¿

¿Me puedes decir de que administración por favor? porque yo la semana pasada puse un casia y me llamaron desde la administración de Oviedo, y me dijeron como a ti, todos los autónomos deben presentar declaración para el 2023 con independencia de que disfruten la tarifa plana, estén de baja médica o sean colaborado
Provincia A Coruña
 

Ferinho

Miembro activo
Hablando ahora con mi direccion provincial de A coruña me indican que en estos casos especiales hay mucha confusión y que están esperando a recibir instrucciones, que es mejor esperar a que se aclaren las cosas y total no comunicar nada ya que no hay prisa hasta el 31/10/2023. Yo es lo que pienso hacer..
 

PEDRO

Miembro conocido
¿Confusión? confusión no, esto ocurre porque gestionan como el culo. Que si, que no hay prisa pero tiene un autónomo que le cambia la base y si lo haces ahora en marzo no es lo mismo que en mayo, porque a pagar menos bien, pero si tiene que pagar mas cuota se la tienes que incrementar en mayo en lo que haya dejado de pagar estos meses atrás.
Son un desastre.
Yo lo dicho, esté por en el tramo, por encima o debajo ya lo tengo mirado y voy a comunicarlo de todos mi autónomos. Después Dios dirá.
 

MarLo

Miembro conocido
Todas estas contestaciones de casias diciendo que sí es obligatorio presentar rendimientos netos antes del 31/10/2023, salen de aquí:

RD de junio 504/2022 (entrada en vigor 2023) :

1676377579921.png

PEROOOOO.... Esta disposición transitorio única se modificó en el RD- Ley de julio 13/2022 en su artículo sexto.

1676379268206.png

Como véis lo que según el RD 504/2022 era obligatorio presentar antes del 31 de octubre para todos los autónomos dados de alta antes del 2023: puntos 1 a 10 del artículo 30.2. b) Reglamento General sobre inscripción de empresas, pumba!! en el Real Decreto Ley 13/2022 lo recortan a los puntos 1 a 8. Deján fuera expresamente la notificación de rendimientos... no me cabe la menor duda de que todos los Casias habidos y por haber no tienen en cuenta esta modificación

1676379526954.png
 

Cachilipox

Miembro conocido
Esta derogación de la obligación, en solo 1 mes, se hizo para dar "garantía" legal de lo establecido en las Disposiciones Transitorias Segunda y Sexta, la posibilidad legal de mantener durante 2023 una cotización "Provisional" idéntica a la del 2022, y de mantener sobrecotización.

Y claro, no cuadra esas posibilidades legales con la obligación de comunicar rendimientos, si estos deben ser "realistas y verosímiles".

Podrían haber dicho: "la previsión de rendimiento se desvinculará de la base de cotización elegida provisionalmente, con independencia de su posible regularización", o "la previsión de rendimientos se adecuará a la base de cotización elegida", pero eso indicaba que lo de la previsión era paripé.
Así que tumbaron la obligación, pero no del todo.

En definitiva, "puto caprichito político", ya que lo único que realmente importa es la gestión y cotización efectiva.
 

PEDRO

Miembro conocido
Marlo y Cachilipox que no os entiendo y vuestra exposición es mas que clara y contundente, pero la cuestión es que la información que nos transmiten es otra, y como no hay rigor pues esta confusión.
Espero no tener problemas con las declaraciones de ingreso que he realizado y voy a seguir realizando, pues son solo eso una declaración porque las bases de cotización no las he tocado salvo en las personas que si me solicitaron cambiar la base. Espero no me toquen las narices.
 

Rosa2018

Miembro activo
En una charla de asepeyo de hoy decían que solo hay que comunicar Rn de altas iniciales y en cambios de base...el resto no y aquellos autónomos que quieran mantener base a 31 de diciembre 2022 lo único que tendrán que hacer es renunciar a la regularización el próximo año
 

Cachilipox

Miembro conocido
Marlo y Cachilipox que no os entiendo y vuestra exposición es mas que clara y contundente, pero la cuestión es que la información que nos transmiten es otra, y como no hay rigor pues esta confusión.
Espero no tener problemas con las declaraciones de ingreso que he realizado y voy a seguir realizando, pues son solo eso una declaración porque las bases de cotización no las he tocado salvo en las personas que si me solicitaron cambiar la base. Espero no me toquen las narices.
Es lo bueno de legislar con los pies, tapándose los ojos, y haciéndolo de oídas....
Se establece una obligación en junio 2022, que de iure se deroga en julio 2022 (pero no de facto), para permitir que de facto, se puedan dar ciertas situaciones peculiares y contrarias a la nueva norma (de julio), aunque de iure no se permite.

Durante este primer trienio, TODO es provisional.
La norma, la conocemos todos.
Su espíritu, más o menos lo entendemos.
Cualquier incumplimiento "bienintencionado", casi casi seguro que no tendrá absolutamente ninguna consecuencia.
Incumplimientos dolosos, o abiertas indisciplinas, ya es otro asunto.
 

PEDRO

Miembro conocido
No, no voy a presentar :ROFLMAO: 🤣 lo que no quita que tenga que llamar a los clientes igualmente porque a algunos les han revalorizado las cuotas y me dicen que quieren seguir pagando lo mismo. Vamos, que aquí no me queda mas remedio que declarar rendimientos para poder modificarla.
Me contestaron desde Oviedo, o eso creo, porque ahora ya no sabes ni desde donde te responden. Ya ves lo que me dice "Disculpe" la molestia. Vamos la semana pasada me dice uno y si no es por ti sigo en el limbo.
Estaba revisando tus notas y quedamos en que los tarifas planas anteriores al 2023 no se declara nada. Y por otra parte tengo un cliente con rendimientos negativos, si negativos porque tiene que hacer unos pagos y de momento esta "gaga", ¿En este caso podría ponerle unos ingresos inferiores a 670 mensuales para que pudiera cotizar por la base reducida y luego mas tarde si le va mejor aumentarla, ó dejarla? ¿Sería correcto?
 
Arriba