elchuske dijo:Pues la primera en la frente. declaración responsable 069 sin problema, tipo de inactividad D6 va a ser que no. valor incorrecto o no permitido. El trabajador esta trabajando normalmente, es decir reincorporado desde junio. A alguien le ha pasado???
quedarán exoneradas del abono de la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta respecto de las personas trabajadoras afectadas por dichos expedientes que reinicien su actividad a partir del 1 de diciembre de 2020, o que la hubieran reiniciado desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo, en los términos de su artículo 4.2.a), por los periodos y porcentajes de jornada trabajados en dicho mes; y respecto de las personas trabajadoras que tengan sus actividades suspendidas en el mes de diciembre de 2020 o en el mes de enero de 2021, por los periodos y porcentajes de jornada afectados por la suspensión
a) Respecto de las personas trabajadoras que reinicien su actividad a partir de la fecha de efectos de la renuncia y de los periodos y porcentajes de jornada trabajados desde ese reinicio, la exención alcanzará el 85 % de la aportación empresarial devengada en mayo de 2020 y el 70 % de la aportación empresarial devengada en junio de 2020, cuando la empresa hubiera tenido menos de cincuenta trabajadores o asimilados a los mismos en situación de alta en la Seguridad Social a 29 de febrero de 2020. Si en esa fecha la empresa hubiera tenido cincuenta o más trabajadores o asimilados a los mismos en situación de alta, la exención alcanzará el 60 % de la aportación empresarial devengada en mayo de 2020 y el 45 % de la aportación empresarial devengada en junio de 2020
toni dijo:Pues así lo veo yo. Los de marzo prorrogados hasta enero que reinicien en 1-12-2020 o que lo hubieran hecho a partir del RDL 18/20 de 12 de mayo. DR 069 de 01-12-2020 a 31-12-2020 y D6 trabajadores desde 1-12-2020. Yo acabo de hacer una DR 069 y D5 y me sale el 85% en el IDC de un reincorporado parcial que dejo de exonerarse el 30-09-2020 (hostelería)
PEDRO dijo:Esto es un sinsentido, muchos tenemos empresas en ERTE por limitación del sector de la hostelería, y ahora vienen y nos dicen que de pueden aplicar exenciones tanto los a los reincorporados como a los que siguen afectados, con la excepción de los regulados por el Real Decreto Ley 30, vamos ERTEs por limitación e impedimento, que tienen exenciones menores. Esto es una vergüenza.
Y vas a aplicar exoneraciones con el trabajador trabajando normalmente desde junio...? Yo tengo mis dudas de si hacerlo con los trabajadores que estan reincorporadoselchuske dijo:Pues la primera en la frente. declaración responsable 069 sin problema, tipo de inactividad D6 va a ser que no. valor incorrecto o no permitido. El trabajador esta trabajando normalmente, es decir reincorporado desde junio. A alguien le ha pasado???
Saralaboral, yo tengo la duda por cuanto que el Real Decreto Ley 35/2020 excluye a las empresas que estén aplicando un ERTE por el Rd ley 30/2020, vamos por limitación o impedimento, pero si finaliza la limitacion o el impedimento y necesito mantener algunos trabajadores ¿puedo acogerme a estas nuevas exoneraciones aunque sea solo por unos días hasta el 31 de enero?Saralaboral2 dijo:os leo y me surge la duda
El bar de Pepito que lleva desde marzo con erte FM cerrado , ahora en diciembre y enero si puede exonerarse.
Pero bar Manolito que no renunció al erte de FM, abrió y tuvo que hacer un erte de limitación, no puede exonerarse por el rdl35
Sería así? Supongo que pretenden compensar que en octubre y noviembre no se aplicaron exoneración pero otros están haciendo un esfuerzo muy grande.
El mantenimiento de empleo para llorar. Lo temo.Saralaboral2 dijo:Pedro, en tu caso lo veo factible porque ya ha finalizado el erte de limitación, y no has renunciado al erte de FM. Y si te dan la opción de poder exonerar pues adelante.
En el tema del mantenimiento de empleo, no creo que sea 6+6+6. Por lo que explico AL en Catalunya, según indicaron que por varios ertes que se hicieran solo se computaría 6 meses más. Es decer 6 (marzo-sept)+ 6 (octubre-enero)
Pero claro ya hemos visto que para la administración 1+1 no son 2
MISMO CASOelchuske dijo:Pues la primera en la frente. declaración responsable 069 sin problema, tipo de inactividad D6 va a ser que no. valor incorrecto o no permitido. El trabajador esta trabajando normalmente, es decir reincorporado desde junio. A alguien le ha pasado???