como dicen los compañeros, la propia TGSS ha aclarado que no es obligatorio notificar ingresos. ¿Es posible que el aviso sea para actualización de datos de actividades y participación en sociedades? sube uno de esos mensajes, porfa, si puedes. Un saludoBuenas tardes,
En cuanto a los rendimientos de los autónomos y adaptar las bases, que estáis haciendo vosotros? Ya que a algunos clientes,les está llegando un mensaje que se debe de adaptar antes del 31/10/2023.
Hola!! Me podéis decir dónde viene la aclaración de la Seg Social donde dice que no es obligatoria la comunicación de los rendimientos???como dicen los compañeros, la propia TGSS ha aclarado que no es obligatorio notificar ingresos. ¿Es posible que el aviso sea para actualización de datos de actividades y participación en sociedades? sube uno de esos mensajes, porfa, si puedes. Un saludo
Hola!! Me podéis decir dónde viene la aclaración de la Seg Social donde dice que no es obligatoria la comunicación de los rendimientos???
Muchas graciasOBLIGACIÓN DE NOTIFICAR INGRESOS: EL FORO ASESORLABORAL LO DIJO ANTES
Lo que hoy dice https://www.autonomosyemprendedor.es/ en portada, confirmado parece ser que por TGSS, ya se dijo antes en este foro de libertades :) , mucho debate y muchos hilos sobre este tema. Mente colmena, sangre, sudor y lágrimas que se vierten a diario por aquí para cubrir la ineficacia...foros.elasesorlaboral.com
el RD504/2022 de junio decía que había que comunicar todo antes del 30/10. pero el RDLey 13/2022 (julio), ya excluía la comunicación de rendimientos antes del 30/10. En otros hilos también lo tratamos https://foros.elasesorlaboral.com/t...-casos-antes-del-31-10-2023.32874/post-161521
Pero ¿quién envía este mensaje?Este es el mensaje que ha recibido uno de ellos:
*IMPORTANTE: Obligación autónomos límite 31 Octubre por nueva cotización Seguridad Social.*
Como os hemos venido informando, desde el pasado el 1 de enero entró en vigor el nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos. Es un nuevo modelo que se implantará de manera gradual en los próximos nueve años basado en el principio de que *los autónomos deben cotizar por los rendimientos netos reales obtenidos*, debiendo el autónomo seleccionar de entre 15 tramos la base de cotización provisional sobre la que se calcularán las cuotas a ingresar mes a mes. Posteriormente la Tesorería de la Seguridad Social regularizará anualmente la cotización previa información por parte de la Administración tributaria de los rendimientos netos computables.
A continuación, os informamos de *la nueva obligación de comunicación de sus rendimientos netos que deben llevar a cabo antes del 31 de OCTUBRE todos los AUTONOMOS QUE YA ESTABAN DADOS DE ALTA EL 01 DE ENERO DE 2023 (para los autónomos colaboradores y los autónomos societarios os informamos en el correo electrónico).*
*Dicha comunicación deben hacerla a través del portal importas en la página web de la Seguridad Social* (este trámite tienen que hacerlo el autónomo con su certificado digital), en el siguiente enlace:
Categorias
portal.seg-social.gob.es
-Si estas cotizando por debajo de esa horquilla tendrás que modificar la base y ajustarla a lo que te corresponde.
-Si estas cotizando dentro de la horquilla que te sale le das a confirmar y ya estaría.
-Si estas cotizando por encima de esa horquilla nuestro consejo es que confirmes la base que tienes, aunque sea superior para no perder de cara a la jubilación todo lo que has abonado.
En archivo adjunto, os facilitamos la tabla de rendimientos y bases de cotización para que os sirva de referencia previa.
pero este mensaje no está emitido por la Seguridad Social no???, la redacción no parece propia de ellos....Este es el mensaje que ha recibido uno de ellos:
*IMPORTANTE: Obligación autónomos límite 31 Octubre por nueva cotización Seguridad Social.*
Como os hemos venido informando, desde el pasado el 1 de enero entró en vigor el nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos. Es un nuevo modelo que se implantará de manera gradual en los próximos nueve años basado en el principio de que *los autónomos deben cotizar por los rendimientos netos reales obtenidos*, debiendo el autónomo seleccionar de entre 15 tramos la base de cotización provisional sobre la que se calcularán las cuotas a ingresar mes a mes. Posteriormente la Tesorería de la Seguridad Social regularizará anualmente la cotización previa información por parte de la Administración tributaria de los rendimientos netos computables.
A continuación, os informamos de *la nueva obligación de comunicación de sus rendimientos netos que deben llevar a cabo antes del 31 de OCTUBRE todos los AUTONOMOS QUE YA ESTABAN DADOS DE ALTA EL 01 DE ENERO DE 2023 (para los autónomos colaboradores y los autónomos societarios os informamos en el correo electrónico).*
*Dicha comunicación deben hacerla a través del portal importas en la página web de la Seguridad Social* (este trámite tienen que hacerlo el autónomo con su certificado digital), en el siguiente enlace:
Categorias
portal.seg-social.gob.es
-Si estas cotizando por debajo de esa horquilla tendrás que modificar la base y ajustarla a lo que te corresponde.
-Si estas cotizando dentro de la horquilla que te sale le das a confirmar y ya estaría.
-Si estas cotizando por encima de esa horquilla nuestro consejo es que confirmes la base que tienes, aunque sea superior para no perder de cara a la jubilación todo lo que has abonado.
En archivo adjunto, os facilitamos la tabla de rendimientos y bases de cotización para que os sirva de referencia previa.
a mí tampoco me lo parece. Algún iluminado (funcionario o no) con ganas de marear, para algo que tenemos claro...pero este mensaje no está emitido por la Seguridad Social no???, la redacción no parece propia de ellos....
Están informando mal, pero se entiende, vamos, que el desaguisado que está montando la TGSS es de aupa, igual la asociación o su gestoría lo preguntó por Casia y alguién le dijo que sí a todoUna asociación de transportistas se lo ha enviado al cliente