Con la derogación del RD-ley 9/2024 se ven afectadas medidas laborales tan importantes como la prórroga del SMI, la cuantía de las pensiones y las cotizaciones a la Seguridad Social en 2025
El RD decaído contenía la
prórroga del SMI de 2024 para el año en curso, esto supone, al menos mientras duren las negociaciones en la materia, la inexistencia de una referencia legal para el SMI 2025. No obstante, ante lo inusual de la situación, se recomienda mantener el valor fijado para el al año 2024 por el
Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, hasta la publicación del nuevo valor mínimo.
Las
revalorizaciones en las cuantías de las pensiones contributivas, mínimas, no contributivas e IMV para 2025 (en un 2,8%, 6% y 9%) también se verán afectadas. Hasta cubrir el vacío normativo los prestacionistas seguirá recibiendo las cantidades aprobadas en su momento por el
Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre.
La propia Seguridad Social ya había integrado las referencias al
tope máximo de cotización, cotización adicional de solidaridad y otras existentes en los decaídos arts. 80-84 del Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre (BNR n.º 01/2025, de 13 de enero de 2025). Con probabilidad el vacío legal en la materia será aclarado mediante un boletín de noticas red en el que se optará por mantener los topes de las cotizaciones sociales establecidos por la
Orden PJC/51/2024, de 29 de enero, para el ejercicio 2024.
Como viene siendo habitual, esta normativa se adaptará con efectos retroactivos a enero de 2025.