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Exacto. Lo que están haciendo ahora son esos casos en que la base ha de ser 1.000 sin tener en cuenta rendimientos declarados en renta. Lo otro vendrá más adelante.
Lo he leído en diagonal, pero en general me parece bastante correcto.
Especialmente me ha tranquilizado algo que me preocupaba. Que en caso de haber percibido rendimientos superiores al tramo correspondiente, la base que se aplicará de oficio será la MÍNIMA del tramo que corresponda. Me...
Francamente dudo que vaya a saltar nada por este tema
No es tan increíble que un trabajador al que se le despidió, pasado el tiempo se le dé una segunda oportunidad
A mi hace unos años, en un caso idéntico, por teléfono en la Seg Social: ese chico puede trabajar en cualquier empresa de España menos en la de su padre
Podría haber sanción de unos 90 euros y no hay ninguna necesidad de rectificarlo, porque los gastos son deducibles por el hecho en sí de haberse pagado, lo cual ya figura en otro apartado en los datos fiscales.
Coincido totalmente. En los embargos la cuestión es "qué se debe en este momento". Incluso suele haber avisos tipo "cualquier pago que se le haga a partir de este momento incumpliendo la orden de embargo...."
Totalmente de acuerdo. Alta nueva. Se supone que si estaba pidiendo la jubilación, ya no estaba trabajando ¿no? Decir ahora "anúlame la baja" es casi un reconocimiento implícito de un alta ficticia sin actividad. En cambio, es perfectamente lógico que reemprenda la actividad una vez sepa que...
NO veo ningún inconveniente en la deducción. Incluso hasta sería defendible que no tributara en IRPF, siendo un despido objetivo (a no ser que sea por causa del trabajador, como ineptitud sobrevenida)
No creo que vayan a hacer la igualación de fechas de alta. Recuerdo hace años, cuando se podía ir presencialmente, nos dijeron que solo lo harían si había vinculación entre las dos empresas. En su momento pude anular el alta mala con un escrito, y apañamos cursar el alta correcta en la fecha...
Esta posibilidad la comenté hace poco en otro hilo. Copio-pego lo que comenté en su momento:
"""""""""""""""""""Para los que "machacáis", la duda que me queda es: Si se modifica el importe de un concepto retributivo concreto, no tengo duda de que sustituye un importe por otro. Pero.... ¿y si...
Pues así es. La normativa es absolutamente ambigua, y abierta a varias interpretaciones, pero parecería lógico que las mutuas, que han tenido sus reuniones para adoptar criterios comunes, se hubieran puesto de acuerdo en esto. He tenido un caso hace poco, dos socios de la misma sociedad, pero...
Cierto, pero confío en que no tienen medios humanos para atender y resolver todos los expedientes dentro de sus plazos de actuación, y que por tanto no va a haber una inspección masiva de todos los Erte como se dijo en abril 2020. Quiero pensar que si hubiera esa intención, ya habrían empezado...
Es que depende de lo que hablemos. En anteriores correos de este hilo no hemos hablado de exoneraciones, sino de otras cosas. Una exoneración de cuotas... el plazo de inicio de los 4 años + 78 días empezaría efectivamente el último día del mes siguiente al que correspondan. Con lo que hasta...
Entiendo que dependerá de cada presentación.
Seguro que la mayoría de Ertes los presentamos en los últimos días de marzo. Pues el mismo día de marzo de 2024 cumplirían los 4 años, y a partir de ahí contar 78 días.
Por ejemplo, mi Erte más "cogido con pinzas" lo presenté el 27 de marzo. Pues he...
Entiendo que la prescripción irá por etapas......
Empezamos por la solicitud en sí, que entiendo que prescribirá a los 4 años + 78 días. YO estoy contando los días para esa primera etapa, pero por los mensajes de los compañeros, no parece que vayan a ponerse a discutir la resolución de los Ertes...
De todos modos, esta es una propuesta del "Grupo parlamentario mixto". Ojalá no tenga más recorrido que un simple brindis al sol de un grupo de inútiles aburridos
Ostras es verdad. Pues este proyecto nos devuelve a la era de la esclavitud. Solo que en este caso, los esclavos son los empresarios. Y es una incitación a la falta de calidad en el trabajo. Para qué me voy a esforzar en trabajar bien, si es prácticamente imposible que me despidan..... Y...
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