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Es que eso no lo puedes hacer; ellos no tienen ninguna empatía y tú has dado de alta tarde a un trabajador. Aquí lo mejor es hablar con la empresa y dar el alta en plazo el día 5. Y punto.
Creo que la sanción la tendrás sí o sí.
Yendo a malas, sí. Está forzando a la empresa a cometer un delito (fraude a la seguridad social),por lo que no estaría de más dennuncia penal y, después, despido.
Descontar en nómina. En principio puede que pongan problemas porque esto es una compensación de deuda. En todo caso, descuenta y si te pone demanda por cantidad, pues en conciliación anuncias reconvención y punto pelota.
Se puede pactar al inicion del contrato la irregularidad del contrato en función de las circunstancias y respetando el descanso diario y semanal. Ya se vería si el contrato es abusivo o no, pero no hay otra manera.
Esta tucán es muy mentirosa y enrevesada. Otra mentira: contrato fijo de obra de la construcción (contrato por obra); pues resulta que se convierte el contrato fijo de obra en contrato indefinido adascrito a obra, pero el contrato acaba cuando no hay más obras en la provincia con un pago del 7%...
Entiendo que las jubilaciones ya causadas no podrán ser objeto de revisión. Otra cosa es las pensiones que se hayan de causar en el futuro, donde entrará en vigor la nueva norma para todos los periodos cotizados.
A ver, a mí me ha llegado información conforme se revisan las liquidaciones. Estos hijos de puta no paran de cargarla.... Y nosotros de pagar las consecuencias. A ver cómo le dices a un cliente que la liquidación estaba mal, pero que es culpa de la administración.
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