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Ya nos han colado esta labor, era de esperar...
Poder no es deber.
Por ahora no pienso participar, haciendo un trabajo de funcionarios, sobre el que no tenemos ningún control, ni linea directa , etc.. que luego nos tocará dar explicaciones al ciudadano. Eso no está pagado. Saludos!
Yo no veo obstáculo. simplemente el trabajador quiere ejercer una derecho de suspensión dentro de su suspensión actual de su contrato de trabajo.
La empresa recoge la comunicación, sin hacer nada en TGSS.
Vaya tela!
Por esas fechas estaban siendo ATACADOS, sin acceso a internet ni teléfonos los propios inspectores, (por cierto la reanudación de los plazos de los procedimientos en curso se sabe algo?¿). las fechas de liquidación tampoco cuadran, te debió saltar en el Seguro de Mayo y el de Junio...
Hola. pues si se sabe cierta la fecha eventual y si no se puede preveer, obra/servicio. al curso siguiente, fijo /discontinuo.
apuesto por esta figura. Debe ser buena, la UE nos la quiere suprimir por el tema de competencia entre empresas.
A priori no le tienes que pedir nada.
supongo que será porque si es a un particular no le aplicas retención IRPF a tu factura y si a empresa entonces, sí estás obligado a facturar con retenión.
Pero no cada vez, ni actuar a modo inquisitorio.
Buenos días, creo que es mejor que comuniques el cambio de relevista y el nuevo contrato, ya que en su momento hubo que identificar al relevista.
salvo mejor opción más ilustrada 🤣
hola!
siempre y cuando el importe a cotizar no exceda el tope máximo 4070€ del mes en que lo abones, yo no me complicaría.lo importante es que todo cotice en cómputo anual.
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