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Al hilo de esta conversación, los asimilados tienen que cotizar a la base mínima del grupo 1 del régimen general, pero tengo una duda ¿Pueden tener un salario inferior siempre y cuando se respete la cotización?.
Me explico, tengo una clienta que trabaja por cuenta ajena pero además es...
No soy un experto, pero no me cuadra mucho eso de una vez obtienes la base mensual incrementarla con la cuota de cotización del tramo. Me parece mucho mas lioso.
A ver si alguien nos puede ayudar que esto interesa mucho.
Una consulta os quiero hacer a ver si me podéis confirmar el dato. Para poder acceder a la tarifa plana de 80€ se tiene que elegir la base mínima del tramo 1 general, si eliges una superior no podrías tener ese beneficio ¿Es esto cierto? porque tengo una par de altas y no quería meter la pata.
A ver si me ayudáis. Voy a dar de alta a tiempo completo una empleada interna y tengo una duda en cuanto a la pernocta. Dado que como y duerme en el domicilio había pensado en ponerle 200€ como pernocta y cotizarlo como salario en especie, pero me no se si eso se puede hacer y además en el...
Tengo un alta en el RETA para la semana que viene. es de módulos me sale un rendimiento previo de 14.408,08 l divido entre 12 y me sale mensual 1200,67 ¿a esto le aplico el 7%?. Lo pregunto porque el simulador de la SS te pide que introduzcas tus ingresos mensuales pero no veo que aplique ese...
Esta muy bien , gracias, pero ¿no decían que el 5% de gastos de dificil justificación no se podía tener en cuenta? además lo aplica en los societarios tambien.
También pueden quedar con la base que tienen y cuando les regularicen con la renta dos opciones: que les devuelvan o renuncian y quedan con la que tienen a 31-12.
Yo de momento miro mas o menos el tramo y los clientes están optando por continuar con la base de diciembre.
Así es Aprion, si no entendía mal y no haces nada siguen en enero con la base del mes de diciembre
No se si es la hora o que estoy espeso. He entrado en la calculado le pongo el máximo de ingresos, superior a 6000€ y la cuota a elegir la mínima es correcta pero la máxima entiendo que no. Salen 1266,66€ y yo entiendo que sería de 1375,64.
Es claro y preciso, pero ya ves a este chico le envié el poder y me lo pasaron al RG sin desempleo. Que vamos tampoco digo nada pues sin ser socio y si administrador o apoderado es lo que te corresponde.
Pues el mes pasado tuve un trabajador con poderes que le confirió el administrador y no tiene participaciones, pues la TGSS me lo mandó al RG asimilado.
Tal cual te digo.
Me despista ese 10% del que habláis.
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