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Mi consulta a CASIA Y SU RESPUESTA:
Descripción:
El boletín Red 5/2022 estableció el procedimiento para la liquidación de las diferencias producidas por el incremento del SMI con efectos del 1 de septiembre, siendo la TGSS quien gire las liquidaciones complementarias para su ingreso por la...
Inicialmente abrí este tema porque me encontraba confundido, pero ahora al avista de que ellos van a girar las liquidaciones, y que nos dijeron que nada enviásemos, lo tengo claro: Le pago diferencias al trabajador y me olvido de las cotizaciones. Que miren ellos el convenio, además tienen datos...
Si, así es, pero al final ¿que hacemos? porque para esta año 2022 nos han dicho lo mismo que para el 2021, que no hagamos nada. pero se ha publicado un convenio colectivo.
El 5 de mayo ha sido publicado el convenio colectivo de peluquerías para los años 2021, 2022 y 2023. ¿Hacemos a atrasos o esperamos a que gire diferencias la TGSS del 2021 y este 2022 pues este convenio, salvo el plus extrasalarial, va a a SMI?
No te digo nada, porque así estamos todos dudando, pero yo en una situación así, sí me encajaría en la medida que las vacacione se repiten todos los años y lo normal sería hacerlo a través de esta modalidad. Pero ... a esperar a ves si se dignan a publicar un reglamento que pueda clarificar algo.
Yo entiendo que se puede hacer un contrato para cubrir las vacaciones de varios trabajadores siempre, como dices Tronchacadenas que no se supere el periodo máximo. Lo único que veo aquí, es que si es para varios y se repite para todos los años, habría que acudir al fijo discontínuo.
Gracias Nando, las vacaciones toda la razón del mundo y el empresario lo sabe.
En cuanto a la causa por la que no se hace por la vía disciplinaria. Responde a que se intenta evitar que el trastorno que supone al trabajador tenga que "gastarse" un dinero en buscar un abogado para que el prepare...
Aun abonándole 33 días, si no se pasan de estos no se tiene que tributar el exceso cuando es un despido objetivo. Hay una consulta vinculante de la DG de tributos que así lo indica.
Lo sé, lo sé, se hizo por lo que te comento, pero es su voluntad, si no las quiere que venga a trabajar y se le abonan. Esa es una cuestión que no me preocupa en exceso.
Gracias
El darles vacaciones solo es porque después de despedirle tampoco vendrán con muchas ganas al trabajo y así se evita una situación violenta para las partes. Por eso el empresario me pidió que lo indicase en la carta.
Pero entiendo que no hay menoscabo para ellos.
Gracias Charo.
Hola tengo un cliente con la plantilla que me dice que está sobredimensionada. Hemos tratado el tema y al final se vamos a proceder a realizar un despido objetivo pero mejorando la indemnización abonándoles 33 días.
Las causas que he descrito en la carta serán serán bastantes genéricas, pues...
Las repercusiones lo desconozco, pero cuando lo consulté en la TGSS fue como me indicaron. Supongo que los hacen así al tratarse de un régimen asimilado como pasa con agentes comerciales, deportistas o empleados de hogar.
Sí, sí, me he autorizado el CCC de la persona y después he ido a la opción de "seguimiento de comunicaciones" y no me aparece.
En cuanto al contrato lo tengo por escrito, no se quería decir eso cuando dices "hazlo por escrito", pues cuando tengo un alta de hogar siempre preparo el contrato.
Toni el día 16-03-2022 cursé el alta de una empleada de hogar, acabo ahora de entrar en el SEPE y no me aparece el contrato. ¿tendré que enviar copia a la TGSS¿
Estamos todos igual y con el desastre legislativo del gobierno no queda mas remedio que buscarse la vida. Yo el el convenio nacional de enseñanza no reglada tomé una interpretación muy extensiva:
"Los trabajadores afectados por el presente Convenio podrán ser contratados a tenor de cualquiera de...
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