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Entiendo que es un caso muy improbable. Lo que quiere decir es que si el temporal acaba por ejemplo el 31/12/25 y el relevado cumple la edad de jubilacion el 31/08/2025 pues no se puede realizar el contrato relevo con el temporal
En parte puede que sí, pero yo veo diferentes formas de abordar el tema según qué mutuas. Algunas facilitan y limitan al máximo lo que les tenemos que remitir y otras piden y piden y piden como el conejito de duralex. Yo estos detallitos me los apunto en el disco duro
En el País Vasco las diputaciones emiten un certificado de históricos de IAE donde aparecen todas las altas y bajas con su fecha correspondiente. ¿No podéis sacar vosotros ese certificado en la estatal?
Yo apenas llevo empleadas de hogar. A veces me vienen preguntando lo que les costaría contratar una interna. Yo les hablo de 40 horas abonadas mínimo SMI; además un máximo de 80 horas de presencia abonadas al mismo precio que la hora normal; les comento que mínimo día y medio de descanso...
Así es. Empatía ninguna. A partir de ahora será recíproco.
Tampoco entiendo que, para las mismas circunstancias, unas mutuas te pidan unas cosas y otras mutuas, otras diferentes. Algunas tocan más las narices que otras, lo que también es para guardar en el disco duro.
Son unos sinvergüenzas. Aquí en el Pais Vasco hubo en noviembre del 2020 un decreto del GVasco que, entre otras medidas cerraba la hostelería. Se mandaron solicitudes de prestación por cese de actividad al amparo del rdl 30/2020, Art. 13, Apartado 1º que obligaba a los autónomos a tener...
Yo de toda esta historia lo que no comprendo y espero que no sea así es la idea inicial de reducir primero a 38 horas, pasado ya la mitad del año, con los calendarios y previsiones ya hechas. Eso es ganas de tocar las pelotas (a nosotros y a las empresas)
Pues yo sí voy a corregir parcialidades y, aprovechando el tema, a todas las empresas que se pasaban las horas del convenio por el forro de las narices a la hora de las parcialidades se lo voy a ajustar bien.
Les pregunto por el código de baja y me contestan lo siguiente:
"La Tesorería no informa de claves de baja, por tener todas ellas consecuencias laborales. Las claves de baja y su literal explicativo, se publicaron en el BOE de 05/10/2012 y en el boletín de noticias RED nº 8/2012 de 05/10/2012."...
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