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A ver para cuando Robots políticos que empiecen a legislar con inteligencia, aunque tenga que ser artificial, que de la otra, parece que ya no les queda.
Lo que yo me pregunto, si no hay alta de 036 no hay alta de autónomos porque no hay actividad, entonces, como das de alta a un trabajador??????????????
Opino lo mismo, empiezan a contar a partir de la desafectación, igual que ocurriría en cualquier otra duración de contrato en la que haya una maternidad, it.... dentro de ese período.
Supongo que habrá que quitar tooooooooooodas las letras de toooooooodosssssssss los trabajadores que hayan estado alguna vez en ERTE desde marzo 2020 independientemente de la fecha en que hayan dejado de estarlo no????
Para mi, si contrata si que tendría problemas con la pensión. Yo haría un contrato de alquiler de las tierras a un familiar, y que sea él el que contrate.
Exacto, es verbalmente y aunque he insistido en que me remitiera algún documento que lo avalase, que si quieres arroz catalina, de todas formas he abierto otro CASIA explicando que telefonicamente me han dado otra información que es contradictoria y han transferido el caso :ROFLMAO: :ROFLMAO...
Buenos días compañeros. Tengo una duda sobre un alta de familiar colaborador SIN convivencia. Hecha la consulta en Casia, me dicen que no es posible de no existir convivencia, sin embargo haciendo la misma consulta directamente a TGSS me dicen que no es condición indispensable si el familiar...
Espero que las borren ellos de oficio, porque como tenga que entrar en todos los trabajadores de todos los ERTES que hemos tenido desde marzo de 2020, nos vamos a volver locos.
Bueno, es una manera de irse quitando faena hasta que aciertas con el camino :ROFLMAO: :ROFLMAO: :ROFLMAO: ya ves tú lo que les costaría derivar la consulta a quién corresponda que a mi en algunas ocasiones me lo han hecho, pero claro, todo depende con el tipo de funcionario con el que des.
Muy buenas a todos. Hice la consulta a CECOT que es el gremio que participa de las negociaciones de los convenios e increíblemente me han llamado por teléfono para aclararme el tema. Como bien decíais el complemento por accidente es el 100% y es un añadido a otro párrafo que venía escrito de la...
No sale tu respuesta, no. De lo que dices, si es tanto para IT como AT, no tendría ningún sentido si el segundo párrafo dice que hay que complementar el accidente al 100%, porque ya se estaría haciendo independientemente de que hubiera hospitalización o no.
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