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Gracias @Wastual por la aportación. Sé que en el caso de llevar ambos despidos a cabo, las cartas deben ir muy muy bien explicadas, aportando importes exactos del resultado negativo de los impuestos de este año.... etc etc ... y justificar muy bien el por qué los despidos se realizan a esos...
Buenos días, hoy os pido consejo porque tengo una empresa que quiere realizar dos despidos dos trabajadores que se encuentran desde hace un par de meses de BAJA IT por enfermedad común.
Os comento el caso:
Empresa de hostelería, 1 año y poco abierta.
El año pasado, en los dos trimestres...
Yo hice la consulta al menos un par de veces y me confirmaron que los cambios no había que comunicarlos... 🤷♀️
Tras hacer la comunicación por Redsara, ¿os llega algún justificante del cambio o teneis forma de ver que está correcto?
Yo hago lo mismo, ANEXO al contrato conforme de mutua acuerdo las partes han acordado la modificación de jornada y por lo tanto el tipo de contrato.
Modificación en sistema red y en el SEPE no hago nada.
Entonces tú le haces una nómina mensual por su trabajo, por tablas de convenio y tablas de IRPF pero cotizando como mínimo por la base del grupo 1, y ¿en diciembre es cuando haces 2 nóminas, la de todos los meses y a mayores una como administrador con IRPF del 19/35?
Si es así, cómo va esa...
Gracias por la información.
En cuanto a la primera nómina como trabajador todo ok.
En cuanto a la segunda nómina como administrador, ¿por esa nómina también debe cotizar?
Gracas @Cielo, yo estoy en una situación similar y no me queda claro la forma correcta de hacer la nómina, si sería 1 o 2 (una por el cargo de administrador y otra por su trabajo). Tú que has hecho el cambio tras una inspección de trabajo, ¿no te han dicho nada en cuanto a esto?
En cuanto a esto... ¿me podrías indicar por favor cómo sería?
Es decir, entiendo que la nómina por el cargo de administrador, sería cotizando por el grupo 1, es decir por mínimo 1.929,00 euros .
La nómina por el trabajo que realiza en la empresa, ¿cómo la encuadras en cuanto a jornada... etc...
Hola @Cielo , ¿finalmente pasaste a la hija a régimen general asimilado? y en ese caso, ¿te han indicado la forma correcta de hacerle la nómina si trabaja y además es la administradora única de la sociedad?
Tengo el caso de un administrador único de una SL, no tiene participaciones en la misma...
Yo a todos los contratos temporales, incluso los que son de muy pocos días, si terminan por FIN DE CONTRATO les pongo la indemnización y las vacaciones generadas correspondientes con lo que nunca se me ha dado el caso de que puedan reclamar algo así...
No sé si revisan de oficio esas cosas, pero...
Muchas gracias por las referencias @Wastual.
La indemnización clarísimo. Siempre salario fijo en la fecha de fin del contrato + Media anual del salario variable. Percepciones no salariales o extrasalariales no entran y a la hora de calcular el tiempo a abonar, redondeamos a meses completos.
El...
Opino lo mismo, una empresa que no tiene un convenio colectivo de aplicación, debe ir por Estatuto de los trabajadores. Por lo tanto yo aplicaría la normativa de Bajas IT según todo lo que indica el Estatuto de los trabajadores.
Y si, si ha estado de Baja solo 3 días, entonces esos 3 días no...
Vale, entonces según tú lo haces, si al finalizar está a jornada completa, salario a fecha de fin de contrato
Si durante todo el tiempo que dura el contrato está a jornada parcial pero van cambiando las parcialidades, calculas una media, es lo más justo... pero a la hora de cotizar, el mínimo...
y en el caso de un trabajador a jornada parcial con varias jornadas, ejemplo: 2 meses a 20h/sem., 1 mes a 30 h/ sem. y último mes a 10h/sem., ¿haríais una media o directamente salario diario que hay en la fecha del fin de contrato?
he estado leyendo por el foro y no sé si estoy ya saturada...
Es decir, para el primer caso la indemnización tal cual la calculo
Y en cuanto al pago de las vacaciones quedándole solo 2,5 días pendientes,
Entre las opciones de:
1 - Tomar en cuenta el salario diario del último mes, que serían 1.400 € brutos/mes - 46,67 €/diarios
2 - Tomar en cuenta el...
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