El RD 1620/2011, Art. 8.5, dice que para trabajadores por horas "en régimen externo", hay que estar a lo que diga cada año el RD del salario mínimo.
El RD 231/2020, Art. 4, diferencia entre eventuales y temporeros, en su apartado 1, de trabajadores del hogar, apartado 2.
Dicho apartado 2 del RD...