ABANDONO DEL PUESTO DE TRABAJO

PEDRO

Miembro conocido
Gracias Fernando, porque estuve leyendo en el foro y parece que hay un poco de confusión en lo mismo. Mi idea coincide con la tuya, el día en que le envío la carta es el día de los efectos del despido y por consiguiente su baja en la SS. Por contra hay compañeros que demoran los efectos del despido al momento de la notificación, lo que es una faena porque si el trabajador tarda en recogerla mas tiempo de cotización y salarios.
Gracias
 

africallora

Miembro conocido
En cuanto a la fecha, a mí me gusta proceder acorde a los tiempos que marca Correos, para no pillarme los dedos. La primera notificación de burofax se notifica al trabajador al de 24 horas desde que la recibe Correos/Otros... Por tanto, la carta la pongo en fecha del día siguiente. Y así toda cuadra.
 

Caslaboral

Miembro conocido
En cuanto a la fecha, a mí me gusta proceder acorde a los tiempos que marca Correos, para no pillarme los dedos. La primera notificación de burofax se notifica al trabajador al de 24 horas desde que la recibe Correos/Otros... Por tanto, la carta la pongo en fecha del día siguiente. Y así toda cuadra.
Depende, en Barcelona si se envia antes de las 13 se entrega el mismo dia. Yo suelo preguntar cuando se va a enviar e intento hacer como tu, cuadrar la fecha con el momento de primer intento de entrega, pero sin esperar nunca a que se reciba.
 

PEDRO

Miembro conocido
Depende, en Barcelona si se envia antes de las 13 se entrega el mismo dia. Yo suelo preguntar cuando se va a enviar e intento hacer como tu, cuadrar la fecha con el momento de primer intento de entrega, pero sin esperar nunca a que se reciba.
Eso si está bien pensado. Gracias
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Depende, en Barcelona si se envia antes de las 13 se entrega el mismo dia. Yo suelo preguntar cuando se va a enviar e intento hacer como tu, cuadrar la fecha con el momento de primer intento de entrega, pero sin esperar nunca a que se reciba.
Sí, si efectivamente, yo también intento indicar un a fecha de efecto que sea acorde con la previsión de entrega del burofax, al menos del primer intento de entrega.
Pero lo dicho por Fernando es correcto, aunque indiques una fecha y la entrega o primer intento de entrega sea posterior, eso no tendría porque invalidar o alterar la fecha de efecto, pero sí la del inicio del cómputo del plazo para accionar contra el despido.
Creo que hay 30 días para ir a recoger un burofax. Sería a partir de la fecha de recepcion efectiva mientras haya sido en ese plazo.
 

MarLo

Miembro conocido
En cuanto a la fecha, a mí me gusta proceder acorde a los tiempos que marca Correos, para no pillarme los dedos. La primera notificación de burofax se notifica al trabajador al de 24 horas desde que la recibe Correos/Otros... Por tanto, la carta la pongo en fecha del día siguiente. Y así toda cuadra.
igual, yo lo hago así. con algún cliente me tengo peleado por meter un día más, pero yo trabajo con ese día de margen. Sobre el plazo para que el trabajador impugne, alguna sentencia hay sobre la imposibilidad de hacerlo, cuando es el propio trabajador el que deja el burofax "dormido" en el buzón y no hace caso a los avisos ni muestra diligencia "debida".
 

Nando_bcn

Miembro conocido
igual, yo lo hago así. con algún cliente me tengo peleado por meter un día más, pero yo trabajo con ese día de margen. Sobre el plazo para que el trabajador impugne, alguna sentencia hay sobre la imposibilidad de hacerlo, cuando es el propio trabajador el que deja el burofax "dormido" en el buzón y no hace caso a los avisos ni muestra diligencia "debida".
Exacto, pero mientras haya ido a recogerlo en el plazo de esos 30 días (cito de memoria) no se considerará, en principio, que no ha sido diligente.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pero, en todo caso, como hemos dicho, estamos hablando respecto al "dies a quo" (para impugnar...), no de la fecha de efecto de despido, que puede ser válida igualmente aunque se ha a indicado la del propio día de envío del burofax (otra cosa es que, por si nos quedemos más traquilos, pongamos como fecha de efecto la del dia siguiente al envío, pero que tampoco es garantía de que se recepcione en esa fecha).
 
Última edición:

MarLo

Miembro conocido
Yo lo daría de baja voluntaria y listo, aunque al no ser por escrito es más complicado, incluso podrías reducirle el finiquito que le corresponde. De esrto no entiendo mucho más, yo suelo conusltarlo siempre con mi asesor y me resuñeve las dudas en 10 minutos, te lo recomiendo, es https://crisostomoasesores.online/ y es genial
10 minutos no está mal, la verdad... a mi a veces, escuchar al cliente ya me lleva media hora
 

Nando_bcn

Miembro conocido
No sé si este hilo ha reflotado por la sentencia reciente del TSJ de Canarias... (se puede acceder a la sentencia en un enlace dentro de la noticia)


Ver el archivos adjunto 2027
Es que, y sin haber leído la sentencia pero sí el artículo un poco en diagonal, dar de baja voluntaria por faltar 3 días y mediando un simple aviso de la empresa por email, es una temeridad.
Es una sentencia totalmente lógica (repito, sin haberla leído, en base a la noticia y de una lectura rápida de la misma).
 

MarLo

Miembro conocido
Es que, y sin haber leído la sentencia pero sí el artículo un poco en diagonal, dar de baja voluntaria por faltar 3 días y mediando un simple aviso de la empresa por email, es una temeridad.
Es una sentencia totalmente lógica (repito, sin haberla leído, en base a la noticia y de una lectura rápida de la misma).
La sentencia tiene más chicha, Nando, correos, teléfono, burofax...

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Caslaboral

Miembro conocido
La sentencia tiene más chicha, Nando, correos, teléfono, burofax...

Ver el archivos adjunto 2028
Si no leo mal, ni recibio los burofax, ni los correos ni atendio las llamadas. En ese caso, como si le envian 1000 que la persona no sabe lo que hay y por tanto no se puede presuponer que quiera dejar la empresa voluntariamente...

Sin embargo, hay una sentencia del 2019 algo similar (un caso que a mi parecer es pero que este), en que el trabajador si recibe los burofax y acaba en nulo (porque el dia antes de darle de baja hablaron con el y por telefono les dijo que estaba operado de la boca y no sabia cuando volveria, dejo la puerta abierta hehe). Total, que o es una situacion perfecta o despido y te quitas problemas.
 

MarLo

Miembro conocido
Si no leo mal, ni recibio los burofax, ni los correos ni atendio las llamadas. En ese caso, como si le envian 1000 que la persona no sabe lo que hay y por tanto no se puede presuponer que quiera dejar la empresa voluntariamente...

Sin embargo, hay una sentencia del 2019 algo similar (un caso que a mi parecer es pero que este), en que el trabajador si recibe los burofax y acaba en nulo (porque el dia antes de darle de baja hablaron con el y por telefono les dijo que estaba operado de la boca y no sabia cuando volveria, dejo la puerta abierta hehe). Total, que o es una situacion perfecta o despido y te quitas problemas.
hay que estar al caso concreto, por ejemplo, en esta sentencia...


el trabajador también faltó al trabajo, pero se comió con patatas la baja voluntaria porque en unos correos y por escrito, manifestaba que lo que buscaba era que lo despidieran para cobrar el paro...

Pero yo creo que, en lineas generales: falta a trabajo sin explicación = despido disciplinario. Las empresas "castigan" despidiendo, no quitando el paro tramitando una baja voluntaria.
 

Caslaboral

Miembro conocido
hay que estar al caso concreto, por ejemplo, en esta sentencia...


el trabajador también faltó al trabajo, pero se comió con patatas la baja voluntaria porque en unos correos y por escrito, manifestaba que lo que buscaba era que lo despidieran para cobrar el paro...

Pero yo creo que, en lineas generales: falta a trabajo sin explicación = despido disciplinario. Las empresas "castigan" despidiendo, no quitando el paro tramitando una baja voluntaria.
Exactamente, en ese caso se ve la voluntad del trabajador de irse. Pero en general despido es lo facil y menos problematico en casos asi... (pero entiendo que molesta mucho ceder a las amenazas del trabajador que no quiere seguir trabajando pero quiere cobrar paro...)
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Vaya, ya veo, como dices, MarLo, que la sentencias tiene "chicha". Ya veo (ocurre a menudo) que tanto el titular como el artículo con poco rigurosos, no has sido solo 3 días, no se ha remitido un simple email.
Aun así, el plazo entiendo que ha sido muy breve, especialmente dando únicamente 24 horas para reincorporarse o justificar la ausencia al advertir de que, de lo contrario, se procedería a extinguir la relación laboral como baja voluntaria.
Es un tema, como vemos, muy casuístico, más allá de la discrecionalidad por parte de jueces y tribunales y es por ello que hay que ser prudentes.

En estos casos yo siempre he defendido (pero cada uno conoce sus circunstancias y las particularidades de cada caso concreto) que, ante el posible chantaje, o estratagema (que suele motivar a menudo estas situaciones de "desaparecer") para conseguir despido y paro, el intentar ir por la vía de la baja voluntaria por abandono del puesto de trabajo (por mucho que la opción de despido, que suele ser lo que precisamente a menudo busca el trabajador desaparecido nos pueda parecer la opción más cómoda y segura.

Pero hay que hacer las cosas bien. Plazos, requerimientos sucesivos (los últimos y más de uno) siempre por burofax y en términos cada vez más contundentes, y ya al final dejando claro la intención de dar de baja voluntaria al trabajador desaparecido si no se reincorpora en cierto plazo (pero no a las 24 horas ni tras haber pasado solo 3 dias desde la primera ausencia)... Y aún así... no está exenta de riesgos. Pero trato de no ceder ante estos chantajes, accediendo justo al premio que se pretende conseguir, esto es, el despido (que encima, incluso nos podemos encontrar con una improcedencia y correspondiente indemnización, auque es cierto que normalmente lo único que se pretende es conseguir la prestación de desempleo).

Trataré de leer la sentencia completa.
Gracias y saludos.
 
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PEDRO

Miembro conocido
Retomo el temo para recabar vuestra ayuda.
Me llama un cliente que tiene una empleada que no puede venir a trabajar, que tiene a la madre enferma que es quien le cuidaba la niña que si la despidiese.
Lo jocoso es que no ha venido a trabajar y no se que hacer, si enviarle el burofax ya , pues ha pasado ya 3 dias, o que hacer porque me huelo que se pilla la baja.
Y claro, lo que no quiero es "hacerle el favor" del despido por no venir a trabajar para que luego me venga la inspección de trabajo.
 
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