Caslaboral
Miembro conocido
Aquí también han llegado, parecen los reyes magos pero en malo
No...Cuando se pasan a fijos, hay que enviarle copia a inspección?
Yo no lo haria amigo mio... Es como invitarles a tu casa!!!Bueno yo... en función de lo que haga al final enviaré un mensaje de correo por cortesía.
Coincido completamenteYo no lo haria amigo mio... Es como invitarles a tu casa!!!
Yo no lo haria amigo mio... Es como invitarles a tu casa!!!
También se nos dio ese caso de agrario y nos dijeron que había que pasarlo a fijo discontinuo..No tenéis que enviar la transformación a la Inspección de trabajo.
El pasado mes de marzo (en una campaña, no tan masiva como la de ahora), envié los documentos de la transformación, al mail genérico de la Inspección, y me contestaron:
Buenos días, en relación a su remisión de los contratos transformados, le informamos que no es necesario que remita a esta Inspección de Trabajo y Seguridad Social la documentación, ya que la comprobación del cumplimiento de lo requerido se llevará a cabo de forma centralizada, y los que no se hayan llevado a cabo serán comprobados por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, lo que se le informa en el escrito recibido.
Y copiaban el texto de la carta: "Se informa a la empresa que aquellos contratos que no sean transformados ….."
- Por cierto, como también están enviando a trabajadores del Régimen Agrario, no se puede transformar. No se puede pasar de "jornadas reales" a "cotización mensual". Obligatoriamente hay que hacer baja temporal y alta indefinido.
Así lo entiendo también, el fijo en obra de momento no está anulado. pero efectivamente tiene sus días contados tal y como lo conocemos....Bueno, a ver, yo tengo muchos fijos de obra. De siempre, pensé que eximir a los fijos de obra del límite de 24 meses de 36, por mucho que la ley hablase de dicha posibilidad, era absolutamente discriminatorio e iba contra la legislación europea. He leído la sentencia que dices reitera que debe ser la legislación nacional la que debe decidir si la indemnización por fin de contrato es medida disuasoria para evitar la contratación temporal. Vamos, que la sentencia en sí, tampoco anula definitivamente el contrato fijo de obra. Aunque, eso sí, este contrato está tocado de muerte en un próximo futuro, de acuerdo a por dónde van los tiros en cuanto a reforma laboral, donde prevalecerá el contrato indefinido. En im caso, tengo un fijo de obra al que me obligaban a hacer fijo, pero, como la obra donde trabajaba se había acabado, pues le he dado de baja. Ya mei dirán algo (si me lo dicen, que lo dudo). Aparte que las cartas no son ni certificadas, dudo mucho que puedan perseguir a todos.