Campaña de inspección "invitando" a transformar contratos temporales

fundación

Miembro conocido
Estoy viendo que en algunos casos de concatenación de contratos temporales se ha equivocado el robot...
 

fjr187

Miembro
Otro que ha recibido una carta aunque también recibí un par de ellas en Abril-Mayo invitando a las empresas a que hagan indefinido, lo cual me parece bien y más cuando a uno le duele la boca de decirle que no se peude tener en plantilla tanto temporal o concatenación, y encima te miran mal o que le quiere asustar y después ven que no leas pasa nada pues ITSS no actúa.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Yo tengo a uno que hay que hacer fijo, pero, el caso, es que lo voy a dar de baja. Mi experiencia me dice que inspección de trabajo no actúa: demasiado a controlar.
 

Manu.cc.

Miembro activo
👆 Otro más por aquí... una clienta acaba de recibir la cartita... entramos en ese 3,6% ouuuu yeaaaaah
 

Ignatius

Miembro activo
No tenéis que enviar la transformación a la Inspección de trabajo.
El pasado mes de marzo (en una campaña, no tan masiva como la de ahora), envié los documentos de la transformación, al mail genérico de la Inspección, y me contestaron:

Buenos días, en relación a su remisión de los contratos transformados, le informamos que no es necesario que remita a esta Inspección de Trabajo y Seguridad Social la documentación, ya que la comprobación del cumplimiento de lo requerido se llevará a cabo de forma centralizada, y los que no se hayan llevado a cabo serán comprobados por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, lo que se le informa en el escrito recibido.

Y copiaban el texto de la carta: "Se informa a la empresa que aquellos contratos que no sean transformados ….."

- Por cierto, como también están enviando a trabajadores del Régimen Agrario, no se puede transformar. No se puede pasar de "jornadas reales" a "cotización mensual". Obligatoriamente hay que hacer baja temporal y alta indefinido.
 

reb

Miembro conocido
No tenéis que enviar la transformación a la Inspección de trabajo.
El pasado mes de marzo (en una campaña, no tan masiva como la de ahora), envié los documentos de la transformación, al mail genérico de la Inspección, y me contestaron:

Buenos días, en relación a su remisión de los contratos transformados, le informamos que no es necesario que remita a esta Inspección de Trabajo y Seguridad Social la documentación, ya que la comprobación del cumplimiento de lo requerido se llevará a cabo de forma centralizada, y los que no se hayan llevado a cabo serán comprobados por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, lo que se le informa en el escrito recibido.

Y copiaban el texto de la carta: "Se informa a la empresa que aquellos contratos que no sean transformados ….."

- Por cierto, como también están enviando a trabajadores del Régimen Agrario, no se puede transformar. No se puede pasar de "jornadas reales" a "cotización mensual". Obligatoriamente hay que hacer baja temporal y alta indefinido.
También se nos dio ese caso de agrario y nos dijeron que había que pasarlo a fijo discontinuo..
 

Santiago

Miembro conocido
Recibidas 2 cartas más
Pues eso, a hacer contratos indefinidos contratos que hace tiempo habíamos dicho a las empresas que había que hacer indefinidos...
 

pablojcf

Nuevo miembro
yo tengo el caso de cartas que señalan contratos fijos en obra (de construcción). Me pregunto si el art. 24 del Convenio Colectivo Estatal (que los convenios provinciales reproducen literalmente) que permite un contrato de obra hasta 3 años en distintas obras (vamos... el fijo de obra de toda la vida) puede ser argumento válido ante la inspección para no hacer las transformaciones. Lo digo porque el Trib. Superior de la EU en sentencia n.º C-550/19, de 24 de junio de 2021 ha dicho que ese articulo contraviene la normativa europea...entendemos entonces que el fijo en obra debe tener los mismos limites que el resto de temporales desde ya
? como lo veis?
 

FERNANDO

Miembro conocido
Bueno, a ver, yo tengo muchos fijos de obra. De siempre, pensé que eximir a los fijos de obra del límite de 24 meses de 36, por mucho que la ley hablase de dicha posibilidad, era absolutamente discriminatorio e iba contra la legislación europea. He leído la sentencia que dices reitera que debe ser la legislación nacional la que debe decidir si la indemnización por fin de contrato es medida disuasoria para evitar la contratación temporal. Vamos, que la sentencia en sí, tampoco anula definitivamente cel contrato fijo de obra. Aunque, eso sí, este contrato está tocado de muerte en un próximo futuro, de acuerdo a por dónde van los tiros en cuanto a reforma laboral, donde prevalecerá el contrato indefinido. En im caso, tengo un fijo de obra al que me obligaban a hacer fijo, pero, como la obra donde trabajaba se había acabado, pues le he dado de baja. Ya mei dirán algo (si me lo dicen, que lo dudo). Aparte que las cartas no son ni certificadas, dudo mucho que puedan perseguir a todos.
 

pablojcf

Nuevo miembro
Bueno, a ver, yo tengo muchos fijos de obra. De siempre, pensé que eximir a los fijos de obra del límite de 24 meses de 36, por mucho que la ley hablase de dicha posibilidad, era absolutamente discriminatorio e iba contra la legislación europea. He leído la sentencia que dices reitera que debe ser la legislación nacional la que debe decidir si la indemnización por fin de contrato es medida disuasoria para evitar la contratación temporal. Vamos, que la sentencia en sí, tampoco anula definitivamente el contrato fijo de obra. Aunque, eso sí, este contrato está tocado de muerte en un próximo futuro, de acuerdo a por dónde van los tiros en cuanto a reforma laboral, donde prevalecerá el contrato indefinido. En im caso, tengo un fijo de obra al que me obligaban a hacer fijo, pero, como la obra donde trabajaba se había acabado, pues le he dado de baja. Ya mei dirán algo (si me lo dicen, que lo dudo). Aparte que las cartas no son ni certificadas, dudo mucho que puedan perseguir a todos.
Así lo entiendo también, el fijo en obra de momento no está anulado. pero efectivamente tiene sus días contados tal y como lo conocemos....
 
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