DIFERENCIAS SMI

MiriamSR

Miembro conocido
efectivamente reclaman igual y entonces te toca hacer escritos y pagar de toda formas esa diferencia si no recuerdo mal y eso me supuso además un enorme trabajo. Como sabia que iba a salir y iba a ser un Real Decreto que no necesita convalidación pues las cambie el mes pasado y este año me ha salido bien.
Cambiarías el SMI para enero ¿Pero y las bases mínimas?
 

TMT

Miembro activo
Cambiarías el SMI para enero ¿Pero y las bases mínim
Los trabajadores a tiempo completo tendrán la base correcta ya que es smi la mayoria de ellos ya que no tengo ninguno de grupo 1 y 2 que cobre smi. Los de tiempo parcial seguramente habrá diferencias pero como a todo el mundo pague o no pague smi pero por lo menos el trabajador lo ha cobrado y después las diferencias son mínimas en esos tiempo parciales
 

aliciaig

Miembro
Pues es así, deben mirar sólo L00. Te lo digo porque no fue que calculase atrasos por SMI, sino que coincidió con atrasos convenio, y con estos ya superaba SMI. Pues aún así llego diferencias. Esto es lo que tenemos.
Por eso, si se puede, yo prefiero recalcular enero o calcular paga de diferencias en febrero (que A3 lo permite), pero que básicamente es lo mismo, te recalcula de forma automática la nómina de enero para que sea ok y te añade diferencia al líquido en la de febrero (ya sea positiva o negativa).
Hola! Yo uso A3, pero nunca había usado lo de la paga de diferencias. ¿Me puedes explicar como se hace?
 

MCS

Miembro activo
Nosotras no vamos a hacer nada que ya tengo los seguros confirmados. Cuando lleguen las regularizaciones en septiembre/octubre como otros años ya veremos.
Para pagar al trabajador lo que ha cobrado de menos ahí estoy en duda de como proceder porque si lo añado en febrero lo cotizan doble y aunque sean a veces importes ridículos otros años he tenido problemas. Así que aun estoy en duda de como proceder para pagar esa diferencia al trabajador...
Porque hacer nómina de atrasos y no cotizarla hasta que llegue la regularización es muy descabellado?
La verdad no sé qué sería mejor, si añadir las cantidades en la nómina de febrero o hacer lo que tu has dicho... no tengo ni idea
 

MarLo

Miembro conocido
Nosotros ya no tocamos Enero, regularizaremos sin cotizar y a esperar a que la TGSS haga la regularización de oficio como los últimos años.
coincido una vez más. Por temas:

1) BASES MÍNIMAS
Esperando Boletín, pero si enero recalculan ellos las bases mínimas, esperaré a regularización de oficio (igual nos dicen que enero lo presentemos de nuevo... un mes nos hicieran esa jugada... creo que fuera unas cotizaciones de noviembre para diciembre (del 2022?). Febrero toca actualizar programa y recalcular liquidaciones de las bajas que fui dando.

2) SALARIO MÍNIMO
En cuanto a actualizar salarios a SMI (que con la subida de ahora tengo bastantes convenios que en las categorías más bajas (ayudantes, auxiliares...) van por debajo), empezaré de forma inmediata en febrero (que coñazo repasar las liquidaciones ya tramitadas de febrero... pero se hará...)

3) DIFERENCIAS DE SALARIOS DE ENERO POR INCREMENTO DEL SMI ¿cómo afrontarlo?
Este es el gran dilema y tengo que estudiarlo con el programa con el que trabajo. Lo suyo sería recalcular nóminas de enero (sin olvidarse de los que fueron baja durante el mes).

Que nos manden regularización de bases de oficio, es compatible con darle al botón de generar las nóminas, y que las empresas paguen las diferencias como quieran... durante la primera quincena de marzo podría ser un buen momento para ver esto. Es decir, si antes se pagó en enero 1250 liquido y ahora la nómina sale 1280, pues toca mandar la nueva nómina y decir a la empresa que pague la diferencia del líquido como le venga en gana. Va a haber una diferencia entre las bases confirmadas y las nuevas que nos salgan al recalcular el programa... pero en todo caso será un tema contable que se arregle cuando en octubre/noviembre recalculen de oficio si finalmente lo hacen así...
 

toni

Miembro conocido
Tengo enero conciliado y confirmado, ahora en febrero actualizare salarios y esperare a que dentro de unos meses cuando ya no me acuerde me manden la regularizacion como vienen haciendo desde hace un par de años. Falta por salir la Orden de cotizacion y algun NOTIRED con instrucciones y plazos y en cuanto a los atrasos las diferencias vas a ser minimas y seguramente las incluya este mes sin cotizacion...
 
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TMT

Miembro activo
Esto es más fácil de lo que parece. Cambiar las nominas de enero y solo habrá diferencias de cotización en los t parciales g 1 y 2. Diferencia minimas
O hacéis lo que dices Toni. Metéis la diferencia sin cotizar
Porque seguro que hacen lo de todos los años de regularización.
Porque si hacéis atrasos os van a reclamar las diferencias igualmente y os toca solucionarlo con escritos y trabajo. Yo el primer año hice atrasos y no hago mas porque al final o pagas 2 veces o trabajas un montón para solucionarlo
 

Sucman1

Miembro activo
Tengo enero conciliado y confirmado, ahora en febrero actualizare salarios y esperare a que dentro de unos meses cuando ya no me acuerde me manden la regularizacion como vienen haciendo desde hace un par de años. Falta por salir la Orden de cotizacion y algun NOTIRED con instrucciones y plazos y en cuanto a los atrasos las diferencias vas a ser minimas y seguramente las incluya este mes sin cotizacion...
Y no te llegarán sin cuadrar los .CRA luego y te pedirán que lo regularices, con recargo, no me ha pasado pero me cuido de conceptos sin cotizar porque he visto casos ...
 

MarLo

Miembro conocido
Y no te llegarán sin cuadrar los .CRA luego y te pedirán que lo regularices, con recargo, no me ha pasado pero me cuido de conceptos sin cotizar porque he visto casos ...
sí, ojo a esos conceptos que pagan y no cotizan con los jodidos CRA. Por eso me inclino por recalcular enero cuando pueda (en marzo seguramente) y enviarle a las empresas las nómimas que me salgan con líquidos mayores de los ya calculados, para que paguen las diferencias si quieren. No tendré atrasos ni cantidades que bailan de un mes para otro.
 

toni

Miembro conocido
Y no te llegarán sin cuadrar los .CRA luego y te pedirán que lo regularices, con recargo, no me ha pasado pero me cuido de conceptos sin cotizar porque he visto casos ...
sí, ojo a esos conceptos que pagan y no cotizan con los jodidos CRA. Por eso me inclino por recalcular enero cuando pueda (en marzo seguramente) y enviarle a las empresas las nómimas que me salgan con líquidos mayores de los ya calculados, para que paguen las diferencias si quieren. No tendré atrasos ni cantidades que bailan de un mes para otro.
Pues no, me llegan cuadraditos...
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
entiendo que CRA se refiere a importes abonados..no a los cotizados..cuando ajustan de oficio smi lo hacen en función de bases no de retibuciones hasta que no se tocan las retribuciones supongo que no afecta al cra por eso puede que no afecte a cra porque solo incide en la cotización... en tiempo parcial y salarios próximos a smi suele darse tramos donde retribución<basecotizado🙈
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Eso es lo que pienso yo también... no sé como hacéis para atarlo todo, por eso que prefiero modificar nominas de enero, y cotizar (no había confirmado, pero aun así) y hacer ya los CRA bien y olvidarme. Al final tampoco he tenido tantos y, salvo que las bases mínimas me den algún problema, ya me olvido (las bases las he redondeado para arriba, me sorprendería que salieran mal). Pero vaya, según como hubiera venido el trabajo o los astros igual hubiera optado por no hacer nada, o de otra forma ....
 
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fundación

Miembro conocido
¿Y qué pasa con los contratos de formación? si mandas bases según nuevo SMI ¿están actualizados en SS para que no te manden cotizar el exceso?
 
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